El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado este miércoles que está valorando si seguir o no al frente del Gobierno de España ante las informaciones vinculadas a su familia. Según ha indicado, el próximo lunes comparecerá para anunciar su decisión final, pero ¿qué opciones tiene Pedro Sánchez?
Seguir en el cargo
El presidente del Gobierno puede anunciar el lunes que continúa en el cargo después de "parar y reflexionar". El presidente explicó en su carta a la ciudadanía que necesitaba responderse "a la pregunta de si merece la pena, pese al fango en el que la derecha y la ultraderecha pretenden convertir la política". "Si debo continuar al frente del Gobierno o renunciar a este honor". En este artículo de Maldita.es explicamos algunas de las claves con las que el presidente del Ejecutivo se ha dirigido a la ciudadanía.
Presentar cuestión de confianza
Pedro Sánchez puede presentar una cuestión de confianza para ver con qué apoyos cuenta en el Congreso. Si la pierde, el Gobierno cesa y, por lo tanto, entra en funciones. ¿Qué es la cuestión de confianza? Es una herramienta reconocida en la Constitución que tienen disponibles los presidentes del Gobierno, que pueden plantear al Congreso de los Diputados si mantienen su apoyo “sobre su programa o sobre una declaración de política general”.
El presidente del Gobierno puede presentarla, previa deliberación en Consejo de Ministros, a lo largo de su mandato, tal y como recoge el Reglamento del Congreso de los Diputados. Para ganar esta cuestión de confianza necesita los votos de la mayoría simple (que haya más votos a favor que en contra) de los diputados del Congreso. Si la pierde, el presidente debe presentar su dimisión al rey. Por lo tanto, el Gobierno cesa y hasta que se forme otro Ejecutivo pasa a estar en funciones.
Dimitir
Si Pedro Sánchez dimite, el Gobierno cesa y queda en funciones. El artículo 101 de la Constitución regula que “el Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su presidente”. El Gobierno en funciones estará limitado al despacho ordinario de los asuntos públicos y tiene que facilitar la toma de posesión del siguiente gobierno
¿Qué ocurre entonces? Comienza una nueva investidura.
Tras cesar, la Constitución indica que “el Gobierno cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno”. En el artículo 99 se regula que el Rey deberá proponer un nuevo candidato a la Presidencia del Gobierno. En esta investidura entran en juego los plazos habituales: la Presidencia del Congreso convocará el pleno de investidura. El candidato tendrá que conseguir en primera votación la mayoría absoluta del Congreso para ser investido, o la mayoría simple en una segunda votación 48 horas después.
No puede adelantar elecciones, por ahora
Para que un presidente del Gobierno adelante las elecciones, antes debe disolver las Cortes, y en este momento esa es una jugada que Pedro Sánchez no puede hacer. La Constitución Española, en su Artículo 115, impide que se puedan convocar elecciones hasta que no haya pasado un año desde la anterior disolución de las Cortes Generales. La última vez que esto ocurrió fue el 29 de mayo de 2023, por lo que no podría disolverlas y, por tanto, convocar a un adelanto electoral hasta el 29 de mayo de 2024.
Se plantea una excepción a este principio: si transcurren dos meses de la primera votación de investidura y ningún candidato es investido como presidente del Gobierno sí se pueden convocar elecciones. Esto habría sucedido si, por ejemplo, Pedro Sánchez no hubiera conseguido la confianza del Congreso de los Diputados en la sesión de investidura tras las elecciones del 23 de julio de 2023.