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Preguntas y respuestas sobre la ley de amnistía: de las negociaciones a su tramitación en el Congreso

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Claves
  • La ley de amnistía fue uno de los ejes centrales de la negociación del PSOE con Junts y ERC en los pactos de investidura
  • El 13 de noviembre, el PSOE registró en el Congreso la proposición de la ley orgánica de amnistía y empezó su tramitación parlamentaria por la vía de urgencia, que acorta los plazos
  • Durante su tramitación se han hecho varios cambios respecto al texto original sobre los delitos que quedan fuera de la amnistía, sobre todo en lo relacionado con el terrorismo
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La ley de amnistía fue uno de los ejes de negociación que terminó con la investidura de Pedro Sánchez como presidente de Gobierno el 16 de noviembre de 2023, y ha sido uno de los temas políticos más relevantes desde entonces. El PSOE registró en el Congreso de los Diputados una proposición de ley de amnistía el 13 de noviembre de 2023 titulada ‘Ley orgánica de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña’. Se trata de un texto que, durante su recorrido parlamentario, quedaba abierto a cambios en su tramitación, como así ha ocurrido.

Desde entonces, se han aprobado dos tandas de enmiendas en la Comisión de Justicia: la primera en enero de 2024 sobre las condiciones en las que se excluían los delitos de terrorismo y las medidas cautelares de la amnistía –que rechazó Junts y devolvió a esa comisión– y la segunda, ya en marzo, sobre la interpretación de esos delitos a la luz de la legislación europea que está pendiente de votación en el pleno del Congreso. Este texto de la proposición de ley de la amnistía es la que se aprobó el 14 de marzo.

En pocas palabras:

Sobre la proposición de ley de amnistía

Sobre la amnistía y las negociaciones

¿En qué punto de la negociación está la ley de amnistía?

El Partido Socialista presentó el 13 de noviembre de 2023 la proposición de ley de amnistía en el Congreso de los Diputados. Un texto que la Mesa del Congreso admitió a trámite ocho días después, para que se iniciara así su tramitación parlamentaria. En la Comisión de Justicia, se aprobaron varias modificaciones a la ley, entre ellas dos enmiendas transaccionales que, como explicamos en Maldita.es, están relacionadas con los delitos de terrorismo y con las medidas cautelares.

 

La Comisión de Justicia envió su dictamen, que es el texto que recoge los acuerdos alcanzados en esa comisión, la proposición de ley al Pleno, pero el voto en contra de Junts a la ley (que sin embargo había votado antes a favor del dictamen), hizo que la proposición de ley de amnistía volviera a la Comisión de Justicia para que se siguiera negociando.

Vencido el plazo, y con una prórroga, el 7 de marzo se aprobaron en la Comisión de Justicia cuatro enmiendas transaccionales más pactadas por el PSOE, Junts y ERC y salió adelante un nuevo dictamen que se someterá a la votación del Pleno este jueves 12 de marzo.

Este texto de la proposición de ley de la amnistía es la que se aprobó el 14 de marzo, que tendrá ahora que pasar al Senado, donde tiene mayoría absoluta el PP y, si decide vetarlo o introducir enmiendas, volvería al Congreso para su ratificación.

¿Quién quedaría amnistiado según la versión actual de la ley?

La proposición de ley extingue la responsabilidad penal, administrativa o contable de los actos producidos en el marco del procés, los eventos ocurridos alrededor de la consulta del 9 de noviembre de 2014 y la consulta del 1 de octubre de 2017.

En los artículos 1 y 2 del texto se detallan los plazos de los delitos y procedimientos que se van a amnistiar y entre la primera versión del texto y el dictamen aprobado en marzo hay cambios. La horquilla de los delitos comprendidos adelanta la fecha de inicio del periodo a amnistiar del 1 de enero de 2012 al 1 de noviembre de 2011 y deja la fecha de cierre en el 13 de noviembre de 2023. 

Entre las acciones afectadas se incluyen:

  • Actos cometidos con intención de reivindicar, promover, procurar o convocar la celebración de las consultas del 9-N de 2014 y el 1-O de 2017. 

  • Actos de desobediencia, desorden público, atentado contra la autoridad o funcionarios públicos o resistencia con el objetivo de permitir la celebración de las consultas, mostrar apoyo a los objetivos independentistas o a los encausados y condenados por el procés.

  • Acciones policiales dirigidas a dificultar o impedir la realización de los actos amnistiados.

Por lo tanto, esta ley de amnistía no sólo beneficia a quienes promovieron actos relacionados con el proceso independentista, sino también a los policías que intentaron impedir este tipo de actos, como los procesados por las cargas del 1-O. En este artículo también se dice que estos actos serán amnistiados cualquiera que sea grado de ejecución, incluidos los actos preparatorios, y cualquiera que fuera la forma de autoría o participación. 

En la versión de marzo también se dice que “no se considerará enriquecimiento” el envío de fondos públicos a actos a favor de la independencia de Cataluña o a celebrar consultas si no existía un “propósito de obtener un beneficio personal” patrimonial.

¿Qué delitos se quedan fuera de la amnistía?

Desde que el texto de la ley echó a andar en el Congreso hasta su votación del 14 de marzo en la Cámara Baja, ha habido varios cambios en los delitos que quedan excluidos del paraguas de la amnistía, sobre todo en lo relacionado con el terrorismo.

La primera versión, que empezó su tramitación en diciembre, dejaba fuera los delitos de terrorismo con sentencia firme relacionados con el procés. No salió adelante en una primera votación en enero.

En la segunda, tras la aprobación de enmiendas en la Comisión de Justicia en enero, se eliminaba la mención a la sentencia firme y quedaban fuera los delitos de terrorismo que suponían “violaciones graves” de los derechos humanos. También dejaba suspendidas medidas cautelares, como órdenes de búsqueda y captura. Tampoco salió adelante, Junts se opuso y mandó el texto de vuelta a la Comisión de Justicia.

Y en la tercera, ya en marzo y previo acuerdo entre ERC, Junts y el PSOE, se define que los delitos de terrorismo se interpretarán según la legislación europa y no el Código Penal español.

¿Qué períodos abarca la amnistía?

La proposición de ley fija en su artículo 1.1 el periodo dentro del cual todos los delitos relacionados con las consultas del 9N de 2014 y del 1O de 2017 quedarían amnistiados. Con las enmiendas de marzo de 2024, ese periodo va del 1 de noviembre de 2011 al 13 de noviembre de 2023 [pag. 16].  En la primera versión del texto se fijó en el 1 de enero de 2012.

Como contamos en Maldita.es, la primera redacción de la proposición de ley ya abría la puerta a que los delitos anteriores al 2012 que terminaran ya dentro de esa horquilla temporal y los delitos posteriores a noviembre de 2023 que se iniciaran durante las fechas marcadas, quedasen también cubiertos por la amnistía.

¿Aparece el término ‘lawfare’ en la proposición de ley de la amnistía?

En el texto registrado el 13 de noviembre no aparecía el término ‘lawfare’, que como ya explicamos en Maldita.es, sí se incluyó en el acuerdo entre Junts y PSOE que presentaron el 9 de noviembre y que hace referencia a los casos de procedimientos judiciales con fines de persecución política. Tampoco ha aparecido en el dictamen que se votó en enero ni en el de marzo.

Este fue un debate previo a la tramitación de la ley y que según explicaba Europa Press, podía haber llevado a que quedaran fuera de la amnistía algunas personas como Laura Borràs, Gonzalo Boye o el clan de los Pujol, porque tienen causas judiciales no relacionadas por el procés:

¿Qué puede pasar con Puigdemont según la proposición de la ley de amnistía?

Puigdemont estaba implicado a 13 de noviembre de 2023 en tres causas: tenía una condena por malversación y desobediencia por los hechos del 1-O, se dirigió una investigación en su contra por el caso de Tsunami Democràtic en 2019 tras la sentencia del procés y tenía pendiente un juicio ante el Tribunal de Cuentas por los gastos derivados del 1-O y la acción exterior.

A lo largo de la tramitación de la ley de amnistía hay que añadir nuevos movimientos :

¿A cuántas personas beneficia la amnistía según la proposición de ley?

El texto de la proposición de la ley de amnistía dice en qué casos se aplicaría pero no da cifras. Algunos medios, como El País, han publicado el cálculo del número de personas que estarían afectadas por la amnistía. Este medio dice que, según cálculos de los “negociadores” de la norma, afectaría a “más de 300 personas” que colaboraron con el procés, además de a 73 policías implicados en procesos por la represión violenta durante la consulta ilegal del 1-O.

Otros, como laSexta, sin embargo dicen que afectaría a “cerca de 400 personas” y “exactamente a 382 personas del independentismo y a 73 policías, según fuentes parlamentarias”.

¿Seguirá estando inhabilitado Oriol Junqueras según la proposición de la ley de amnistía?

Pese a que Oriol Junqueras, presidente de ERC, fuera indultado parcialmente en 2021 de los delitos de sedición y malversación, aún mantiene la pena de inhabilitación hasta julio de 2031, la cuál le impide aspirar a cargos públicos.

Según el artículo 4 del texto, la entrada en vigor de la ley supondrá la “finalización de las penas impuestas” por acciones que hayan sido amnistiadas y por lo tanto la pena de inhabilitación de Junqueras quedaría extinguida y podría optar a estos cargos públicos.

Europa Press recoge que, aunque se apruebe la ley, Junqueras podría estar inhabilitado durante dos meses más como máximo, ya que es el tiempo que tienen los tribunales para estudiar el caso, según dice el artículo 10. Durante su debate parlamentario, este artículo ha sufrido modificaciones para evitar posibles recursos judiciales de la norma.

Junqueras también es uno de los encausados del procés por el Tribunal de Cuentas, entre los que también se encuentran Puigdemont y Artur Mas. La ley de amnistía también ampara a las personas que estén en procedimientos tramitados ante el Tribunal de Cuentas según el artículo 8, por lo que Junqueras también quedaría amnistiado de estos cargos.

¿Cómo afectaría a los policías encausados?

Aparte de los representantes políticos y a los ciudadanos encausados por el procés independentista, la amnistía también beneficia a los policías nacionales y a los guardias civiles con procedimientos abiertos en la justicia, principalmente por las cargas policiales llevadas a cabo en octubre de 2017.

En el apartado e) del artículo 1 se dice que quedan amnistiadas “las acciones realizadas en el curso de actuaciones policiales dirigidas a dificultar o impedir la realización de los actos determinantes de responsabilidad penal o administrativa”.

Sin embargo, quedan fuera del ámbito de la amnistía los “actos dolosos contra las personas” que hubieran provocado “muerte, aborto o lesiones al feto, pérdida o inutilidad de un órgano o miembro o de un sentido” o también cuando hubieran causado ”impotencia, la esterilidad o una grave deformidad”. Es el caso, por ejemplo, de cinco policías encausados por la pérdida de un ojo de un manifestante a causa del impacto de una pelota de goma durante el 1-O que están siendo procesados en la Audiencia Provincial de Barcelona.

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¿Qué es una amnistía?

Es una medida de gracia que se concede a un colectivo de personas. A diferencia del indulto, que también es una medida de gracia, constituye un olvido legal de los delitos y lo hace sin que haya existido juicio, sentencia o condena. También elimina los antecedentes legales de los afectados.

Su definición no está recogida en el ordenamiento jurídico español y en el pasado ha requerido de un acuerdo en el Congreso y se ha formulado mediante una ley en 1977 (un año antes de la Constitución) para represaliados políticos durante el franquismo. La ley eliminó la responsabilidad penal de estos delitos, estuvieran condenadas las personas o no.

¿Qué papel jugó la amnistía en las negociaciones de investidura entre el PSOE con Junts y ERC?

El debate sobre una posible amnistía ha sido el eje de la negociación del PSOE con Junts y ERC desde las elecciones del 23-J:

¿Hay miembros de ERC y Junts con causas judiciales abiertas por hechos relacionados con el ‘procés’?

Entre los encausados por el procés están algunos de los líderes de Junts y ERC como Carles Puigdemont o Marta Rovira. Verificat publicó en 2022 un recopilatorio de las causas judiciales del procés con base en un informe realizado por la asociación independentista Òmnium Cultural, que también incluyen a los implicados en la causa contra el Tsunami Democràtic o los procesados en la Operación Judas por su vinculación a los CDR acusados de terrorismo.

En el marco de las negociaciones para la investidura de Sánchez, ha habido movimientos en algunas de estas causas judiciales. El 6 de noviembre el juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón, ha reavivado la causa sobre el Tsunami Democràtic y ha presentado un auto en el que imputa a Marta Rovira y dirige la investigación hacia Carles Puigdemont.

¿Ha habido otras propuestas anteriores de leyes de amnistía?

En marzo de 2021, la Mesa del Congreso rechazó la tramitación de una proposición legislativa a favor de la amnistía, para lo cual se apoyó en el dictamen contrario que hicieron los letrados, que argumentaron que la norma podría interpretarse como un “indulto general” según refleja Servimedia, algo que va en contra del artículo 62 de la Constitución. Este artículo, aunque no menciona la amnistía, recoge el derecho de gracia y prohíbe “autorizar indultos generales”.

Los indultos son la única medida de gracia que se ha aplicado con los procesados del movimiento independentista. En junio de 2021 el Gobierno indultó parcialmente a nueve condenados por el procés librándoles de la pena de prisión, aunque estas personas mantienen las penas de inhabilitación para ejercer cargos públicos.

En la actualidad también hay un debate abierto con posturas a favor y en contra del encaje constitucional de las amnistías en base a la jurisprudencia pasada. Sin embargo, el texto que se está negociando para la investidura de Sánchez ni es público ni ha sido registrado y mucho menos aprobado en el Congreso, por lo que no es posible consultar ni valorar su adecuación a la Constitución.

En la actualidad también hay un debate abierto con posturas a favor y en contra del encaje constitucional de las amnistías en base a la jurisprudencia pasada. Sin embargo, el texto que se está negociando para la investidura de Sánchez ni es público ni ha sido registrado y mucho menos aprobado en el Congreso, por lo que no es posible consultar ni valorar su adecuación a la Constitución.

* Esta información se ha actualizado el 10/11/2023 para incluir el acuerdo alcanzado entre PSOE y Junts.

* Esta información se ha actualizado el 13/11/2023 para incluir el texto de la proposición de ley filtrada a medios de la proposición de ley de amnistía.

* Esta información se ha actualizado el 14/11/2023 para incluir el documento del texto de la proposición de ley de amnistía registrado en el Congreso por el PSOE.

* Esta información se ha actualizado el 21/11/2023 para indicar que la Mesa del Congreso ha admitido a trámite la proposición de ley.

*Esta información se ha actualizado el 31/01/2024 para incluir la votación del pleno sobre el dictamen de la Comisión de Justicia y se ha cambiado el titular para incidir en el proceso legislativo de la ley.

*Esta información se ha actualizado el 14/3/2024 para incluir las enmiendas de marzo y la votación en el Congreso.


Primera fecha de publicación de este artículo: 07/11/2023

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