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MALDITA EXPLICA

Qué dicen el Código Penal español y la legislación europea sobre el delito de terrorismo

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Claves
  • La Comisión de Justicia aprobó un nuevo dictamen sobre la ley de amnistía que introduce, entre otras modificaciones, que los delitos de terrorismo se interpretarán según el derecho europeo y no según el Código Penal
  • De salir adelante el texto y aprobarse definitivamente, los jueces tendrán que evaluar con esta directiva europea si una persona que se pretenda acoger a la amnistía ha cometido un delito de terrorismo o no
  • Los expertos en derecho constitucional consultados por Maldita.es no coinciden en qué norma de las dos es más punitiva, pero sí subrayan que el texto aún puede continuar cambiando
 
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Este artículo está escrito con la información recabada hasta el 12 de marzo de 2024. A fecha del 8 de julio, el juez que investigaba el caso de ‘Tsunami Democràtic’ archivó la causa después de que la Audiencia Nacional anulara todo lo investigado desde julio de 2021 por un error procesal.

Los cambios en el texto de la ley de amnistía acordados en la Comisión de Justicia del Congreso, que aún no es el definitivo y todavía está sujeto a trámite parlamentario, incluyen que los delitos de terrorismo se interpretarán según la legislación de la Unión Europea y no con lo que recoge el Código Penal. El Código Penal español y la directiva europea 2017/541 tienen diferentes definiciones de terrorismo, y los expertos consultados por Maldita.es no coinciden en qué norma de las dos es más punitiva. 

Cronología básica para no perderse en la tramitación de la ley de amnistía hasta las últimas enmiendas anunciadas

  • El PSOE presentó una primera versión de la ley de amnistía el 13 de noviembre de 2023 al registrar la proposición de ley. En ese texto se planteaba que quedaran fuera del paraguas de la amnistía los delitos de terrorismo con sentencia firme relacionados con 'el procés'. 

  • Esta versión se sometió a votación en el Congreso de los Diputados el 10 de enero y no salió adelante.

  • La Comisión de Justicia aprobó varias modificaciones a la ley, entre ellas dos enmiendas transaccionales acordadas entre el PSOE, Sumar, ERC, EH Bildu, PNV, Junts y Podemos relacionadas con los delitos de terrorismo: se eliminó la mención explícita sobre la sentencia firme y quedaron excluidos de la amnistía los delitos de terrorismo en "violaciones graves" de los derechos humanos. 

  • A finales de enero de 2024, el juez Manuel García Castellón, encargado del caso Tsunami Democràtic, por el que se está investigando a Puigdemont, de Junts, y a Marta Rovira, de ERC, y su relación con las protestas del procés, cuestionó que con estas nuevas modificaciones se pudiera aplicar la amnistía al expresidente catalán, entre otros.

  • El texto permanecía así en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados para someterse a modificaciones, un plazo que venció el 7 de marzo con una prórroga y que dará pie a una nueva votación en el Congreso. 

La Comisión de Justicia del Congreso aprobó un nuevo dictamen sobre la ley de amnistía tras el acuerdo alcanzado entre PSOE, Junts y ERC el 6 de marzo 

Para que continuase su trámite parlamentario, PSOE, Junts y ERC anunciaron el 6 de marzo un acuerdo tras haber sido rechazada por el pleno del Congreso de los Diputados el pasado 10 de enero. La Comisión de Justicia aprobó el 7 de marzo un nuevo dictamen que incluye cuatro enmiendas transaccionales e introducen los siguientes cambios:

  • Los delitos de terrorismo se aplicarán según el derecho internacional europeo según la directiva 2017/541 relativa a la lucha contra el terrorismo, y no según el Código Penal de España

  • Se amplía el plazo de actuación de los delitos que serán amnistiados: desde el 1 de noviembre de 2011 hasta el 13 de noviembre de 2023. Antes se fijaba en el 1 de enero de 2012. 

  • Se introducen las recomendaciones del borrador del informe de la Comisión de Venecia, que está aún pendiente de ser aprobado de forma definitiva por este órgano del Consejo de Europa tras su visita a España

    El Código Penal y la legislación europea recogen el delito de terrorismo de forma diferente 

    • El Código Penal recoge, tras su reforma del año 2015, que terrorismo es "cualquier delito grave" contra la vida, libertad, integridad moral, libertad e indemnidad sexuales, patrimonio, recursos naturales o el medio ambiente, salud pública, de riesgo catastrófico, incendio, falsedad documental, contra la Corona, de atentado y tenencia, tráfico y depósito de armas, municiones o explosivos, y el apoderamiento de medios de transporte colectivo o de mercancías. 

    • El Código Penal detalla que estos actos serán terrorismo cuando su finalidad sea "subvertir el orden constitucional", "alterar gravemente la paz pública", "desestabilizar gravemente el funcionamiento de una organización internacional", o "provocar un estado de terror en la población o en una parte de ella". 

    • La directiva europea 2017/541 considera terrorismo los "atentados contra la vida de una persona que puedan tener resultado de muerte", "contra la integridad física de una persona", el secuestro o la toma de rehenes, la destrucción masiva de instalaciones, el apoderamiento ilícito de medios de transporte colectivo o de mercancías, el tráfico de explosivos o armas de fuego y su investigación, la liberación de sustancias peligrosas, o la provocación de incendios, inundaciones o explosiones cuyo efecto sea poner en peligro vidas humanas, la perturbación o interrupción de los suministros de servicios básicos y la interferencia ilegal en los sistemas de información. 

    • La directiva europea 2017/541 detalla que estos actos serán terrorismo cuando su fin sea "intimidar gravemente a una población", "obligar indebidamente a los poderes públicos o a una organización internacional a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo" o "desestabilizar gravemente o destruir las estructuras políticas". 

    Los expertos consultados por 'Maldita.es' no coinciden en qué norma es más restrictiva a la hora de interpretar qué es terrorismo y subrayan que no se trata del texto definitivo

    Joaquín Urias, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla, detalla a Maldita.es que con este cambio los jueces que tengan que valorar si una persona que se acoja ley de amnistía ha cometido un delito de terrorismo o no, lo tendrán que interpretar con la directiva europea 2017/541 relativa a la lucha contra el terrorismo

    Urias indica que con este "cambio de criterio" en los tipos que se recogen en la directiva son más restrictivos que los que recoge nuestro Código Penal. También señala que, en caso de que se termine abriendo una investigación tras considerar que una persona no se puede acoger a la amnistía por haber cometido un delito de terrorismo según el derecho europeo, al iniciarse en España, tras ese momento sí que podría empezar a interpretar según recoge el Código Penal.

    Gerardo Sánchez, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de La Laguna, expone a Maldita.es que con esta modificación se da la "impresión" de que lo que recoge nuestro Código Penal respecto al terrorismo fuese "más punitivo", y con la interpretación de la directiva europea 2017/541 relativa a la lucha contra el terrorismo se fuesen a quedar fuera algunos casos. "No creo que pueda defenderse que la normativa internacional de la Unión Europea es más beneficiosa que el Código Penal"

    Sánchez también insiste en que estas enmiendas no conforman el texto definitivo que se publicará en el Boletín Oficial del Estado. Este aún tiene que continuar su tramitación parlamentaria en el Congreso y el Senado y "no es descartable que el texto siga cambiando".

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