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MALDITO DATO

Interior desobedece al Consejo de Transparencia y no desvela cuánto costó el dispositivo de seguridad para la visita del rey emérito a Sanxenxo

Publicado
Claves
  • Interior negó a Maldita.es el coste del dispositivo de seguridad solicitado vía ley de transparencia amparándose en un acuerdo del Consejo de Ministros de 1986 que declara secretos los planes de seguridad
  • El Consejo de Transparencia resolvió que el coste del dispositivo de la visita de Juan Carlos no estaba declarado secreto bajo ese acuerdo del 1986 y que el ministerio debía conceder la información porque es “de interés público”
  • El Gobierno se ha vuelto a negar a publicar los datos porque afecta a la seguridad y a la integridad física de los agentes, "incumpliendo" la ley de transparencia
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El Ministerio del Interior incumple una resolución firme del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) que le instaba a hacer público el coste del dispositivo de seguridad que puso en marcha para la visita del rey emérito Juan Carlos a Sanxenxo. El rey emérito visitó esta localidad gallega entre el 19 y el 23 de mayo de 2022, en la que fue su primera aparición en España desde que se fue a vivir en agosto de 2020 a Abu Dhabi (Emiratos Árabes Unidos).

Interior en un primer momento ya se negó a entregar esta información ante una solicitud vía ley de transparencia realizada por Maldita.es. Pero este medio reclamó, el CTBG nos dio la razón e instó al Ministerio del Interior a entregar la información “en un plazo máximo de 10 días hábiles” indicándose “los gastos desglosados por partidas, así como los gastos de alojamiento, gastos de desplazamiento, gastos en comidas, dietas y otros gastos para cada una de las personas que conforman el dispositivo”, no así el número de agentes desplegados, que también se había solicitado.

Fuente: Resolución del CTGB sobre la reclamación de Maldita.es.

Tras el requerimiento del Consejo de Transparencia, el Gobierno sigue sin dar la información porque alega que el coste del dispositivo está incluido en los presupuestos destinados a la seguridad ciudadana y conocer esos datos “puede poner en riesgo tanto la seguridad de las personas objeto de protección como de los agentes encargados de la misma”.

El experto en Transparencia y doctor en Derecho Miguel Ángel Blanes ha detallado a Maldita.es que esta segunda negativa de Interior supone un incumplimiento de la ley de transparencia puesto que “las resoluciones del Consejo son de obligatorio cumplimiento”. En caso de que el organismo no quisiera entregar la información, añade Blanes, “debe recurrir la resolución del CTBG ante los tribunales”, algo que Interior, a fecha de publicación de este artículo, no ha hecho.

El Consejo de Transparencia consideró que las razones de Interior eran 'escuetas' y resolvió que tenía que hacer pública la información

El departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska, en su respuesta a Maldita.es, se amparó para denegar la información en un acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de noviembre de 1986, durante el Gobierno de Felipe González que, aseguran, “otorga la calificación de reservado a los planes de seguridad de Instituciones y organismos públicos, y a los planes de protección de todas aquellas personas sometidas a la misma, [...] lo que implica la necesidad de restringir aquella información cuya divulgación a personas no autorizadas pudiera generar riesgos o perjuicios graves para la seguridad y defensa del Estado”.

Ante la negativa del Gobierno por hacer pública la información, esta redacción reclamó ante el Consejo de Transparencia, que estimó parcialmente la reclamación y puso un límite de diez días hábiles al Ministerio del Interior para que remitiera tanto a Maldita.es como al CTBG la información que se le había pedido.

El Consejo argumentó en su resolución que Interior debía otorgar el coste del dispositivo pero no el número de agentes que lo conformaba. En su respuesta, el órgano calificó la argumentación del ministerio de “escueta”. Añadió, además, que la jurisprudencia existente remarca que la aplicación de los límites para denegar el derecho de acceso a la información pública deben ser “proporcionales” y “justificados”. Tal y como destaca el Consejo, Interior se escudaba en su resolución en el acuerdo del Consejo de Ministros de 1986 sin aportar pruebas de que la información solicitada haya sido realmente clasificada ni justificar por qué la clasificaría.

Fuente: Resolución del CTGB sobre la reclamación de Maldita.es.

Interior incumple la resolución del Consejo y no hace pública la información saltándose la ley de transparencia

La Secretaría de Estado de Seguridad, en lugar de cumplir con la resolución y entregar la información (o en su defecto reclamar ante los tribunales), respondió a Maldita.es y al CGTB dando a entender que no cumplirían con la resolución porque, según argumentan, aunque el Consejo no les haya dado la razón, el coste está incluido en la partida de los Presupuestos Generales del Estado dedicada a la Seguridad Ciudadana y no pueden dividirlas en “partidas concretas” destinadas a los “distintos ámbitos” de actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. De hecho, el ministerio ni siquiera respondió al Consejo de Transparencia durante la reclamación cuando este le pidió que alegara lo que considerara oportuno.

Respuesta de Interior a la resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

Tras la resolución, el Gobierno ha defendido en su respuesta que dar a conocer el número de integrantes del dispositivo, que también solicitaba Maldita.es en su petición, podía “poner en riesgo” tanto la seguridad de las personas objeto de protección como de los agentes encargados de la misma. El Consejo de Transparencia explica que hay diferencias entre dar a conocer el número de efectivos de un dispositivo de seguridad y publicar el coste, un “dato relevante” que “presenta un mayor interés público”.

Fuente: Respuesta de Interior para no dar a conocer el coste del dispositivo de seguridad de la visita del rey emérito a Sanxenxo.

El Ejecutivo considera que dar a conocer el importe concreto del dispositivo de seguridad de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado afecta al artículo 17 de la Constitución, relativo a la seguridad, y al 15, que versa sobre la vida e integridad física. El experto Miguel Ángel Blanes, en cambio, explica a Maldita.es que esta razón no se sostiene puesto que “es fácilmente desglosable” y que “de este modo no podrían dar ninguna información económica porque todos los datos están ya en los presupuestos”.

En su segunda respuesta, el ministerio hace referencia, de nuevo, al acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de noviembre de 1986. Blanes explica que “un acuerdo general declarando secreto determinados asuntos no puede ser razón para no dar esta información y que esta argumentación ya había sido desestimada en un primer momento por el CTBG.

Blanes añade que el ministerio no reconoce motivos sobrevenidos que puedan justificar ese incumplimiento, viene a reiterar esos motivos como si el Consejo de Transparencia no se hubiera pronunciado, cuando se ha pronunciado para decir que no procede denegar el acceso a la información y le obliga a darlo”. El experto en transparencia considera que es “un claro incumplimiento de la resolución, como el Ministerio del Interior ha cogido como costumbre”.

Como ya contamos en Maldita.es, el Gobierno se ha amparado en dicho acuerdo en otras ocasiones para denegar información. El CTBG lo consideró erróneo en relación con los viajes de la familia real, formada por los reyes Felipe VI y Letizia, la princesa Leonor, la infanta Sofía y los reyes eméritos Juan Carlos I y Sofía, porque a su juicio, no son información clasificada de forma automática y debe haber una clasificación previa de la información del viaje en concreto sobre el que se solicita información para poder considerarla secreta o clasificada. Un argumento que el Ejecutivo también ha utilizado para denegar información sobre los viajes del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

Las Administraciones Públicas deben cumplir con las resoluciones del Consejo de Transparencia. Blanes insiste en que el Ministerio del Interior, en su respuesta, “está saltándose la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno”. La ley les obliga a cumplir con la resolución o interponer un recurso ante los tribunales, que, en este caso y, a 25 de enero, tras consultar al Consejo de Transparencia, que es el órgano que habría recibido la notificación, Interior no ha hecho.

Acudir a la Justicia es una opción que tienen las administraciones para defender que el Consejo de Transparencia no tiene razón y hacer que un tribunal sea quien tenga que decidir. El plazo para recurrir la resolución sobre el coste del dispositivo en la visita del rey emérito expiró este 18 de enero, aunque se podría dar el caso de que Interior hubiera recurrido en ese plazo y que al Consejo de Transparencia aún no haya recibido la notificación.

Consulta aquí la denegación de la solicitud de acceso de Maldita.es y la respuesta completa del Ministerio del Interior tras la resolución del Consejo de Transparencia:

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