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MALDITO DATO

Es falso que el Congreso vaya a "prohibir las manifestaciones durante los próximos 6 meses" el jueves 29 de octubre como dice Macarena Olona

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En un tuit, la diputada de Vox, Macarena Olona, ha asegurado que el próximo jueves el Congreso “va a prohibir las manifestaciones durante los próximos 6 meses” en referencia a la posible aprobación de la prórroga del estado de alarma presentada por el Gobierno.

FALSO.

https://twitter.com/Macarena_Olona/status/1321219335373922304?s=19

El decreto del estado de alarma que entró en vigor el pasado 25 de octubre, cuya duración se estableció en 15 días, recoge en su artículo 7.3 que las manifestaciones “podrán limitarse, condicionarse o prohibirse cuando en la previa comunicación presentada por los promotores no quede garantizada la distancia personal necesaria para impedir los contagios”.

Este texto, con las modificaciones realizadas en el Consejo de Ministros del martes 27 de octubre, se presentará el jueves 29 en el Congreso por parte del Gobierno para solicitar una prórroga de 6 meses de este decreto. En él se incluiría también ese artículo 7.3 sobre las manifestaciones, ya que la ministra portavoz, María Jesús Montero, no ha anunciado su modificación.

Sin embargo, en ningún caso se trata de una prohibición de las manifestaciones en general como asegura la diputada Olona. Ese artículo del decreto sólo recoge una posible prohibición de una manifestación “cuando en la previa comunicación presentada por los promotores no quede garantizada la distancia personal necesaria para impedir los contagios”. Es decir, la prohibición de manifestaciones se supedita a que los organizadores garanticen el distanciamiento social en sus celebraciones.

Desde Maldita.es hemos contactado con Xavier Arbós, catedrático de Derecho Constitucional de la Universitat de Barcelona (UB), para preguntarle si considera que este artículo del decreto de estado de alarma prohíbe las manifestaciones. Arbós opina que “no se trata de una suspensión del derecho de reunión sino de una restricción”, ya que se permiten las manifestaciones pero condicionadas a que se presente un plan para garantizar la distancia personal.

En España las manifestaciones no necesitan autorización previa, tan solo deben ser comunicadas. Pero si las autoridades competentes (delegaciones del Gobierno o consejerías de interior en Cataluña o País Vasco) consideran que “existen razones fundadas de que puedan producirse alteraciones del orden público”, pueden prohibirlas [art. 5 de la Ley 9/1983 del derecho a reunión], hayan sido estas comunicadas o no.

Según Arbós, si las autoridades competentes prohíben una manifestación porque creen que no han argumentado suficientemente que se vaya a cumplir la distancia social, no significa que se suspenda el derecho de reunión. En caso de que los promotores no estuvieran de acuerdo con la decisión, podrían "pedir tutela [del derecho a manifestación]" e interponer un recurso ante la Audiencia competente y sería un juez el que tendría que decidir si esta manifestación tenía derecho a poder realizarse. 

Arbós también nos ha explicado que existe una presunción de veracidad por parte de las autoridades y para saber si en la práctica se está suspendiendo el derecho, es decir, si se estuvieran prohibiendo todas las manifestaciones, habría que examinar caso por caso

Hemos hablado con Joan Lluis Pérez, catedrático de Constitucional de la Universidad Autónoma de Barcelona, que tampoco cree que se esté suspendiendo este derecho. Pérez opina que “no pueden suspenderse manifestaciones”. Aclara que “pueden establecerse medidas de distanciamiento social o de cuantificación de personas, pero nada más”. 

Maldita.es se ha puesto en contacto con Vox para conocer el punto de vista de la formación sobre las declaraciones de la diputada Olona y nos han indicado que Olona se refiere a que mediante esta disposición “el Gobierno pretende blindar la prohibición de manifestaciones”. Según Vox, una prohibición que el Gobierno “ya hizo en el anterior estado de alarma donde hubo resoluciones judiciales con resultado favorable a los convocantes [de manifestaciones inicialmente prohibidas y luego permitidas]”. Según nos explican desde Vox, “al incluir el texto del 7.3 el Gobierno pretende soslayar esa acción de la Justicia”.

Desde Maldita.es hemos preguntado a Vox a qué se refieren con "blindar" la prohibición de manifestaciones pero en el momento de publicación de esta información no hemos obtenido respuesta.

Como os decimos, las manifestaciones no quedan prohibidas sino sometidas a condiciones durante el estado de alarma como recoge el Real Decreto 96/2020 del estado de alarma. Además si una manifestación se vetara aludiendo al incumplimiento de dichas condiciones por parte del convocante estos "podrían pedir tutela [del derecho a manifestación] y un juez tendría que pronunciarse" tal y como ha explicado el catedrático Xavier Arbós a Maldita.es.

Por lo tanto, es falso que el Congreso vaya a “prohibir las manifestaciones durante los próximos 6 meses” como dice Macarena Olona.

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