La ministra de Defensa, Margarita Robles, dijo en una entrevista en el programa ‘Fin de semana’ de la Cadena COPE [min. 20:50] que “quizá convendría que la gente supiera que lo del indulto exige que alguien lo pida”.
FALSO.
El Gobierno puede plantear y otorgar un indulto por una decisión propia y de forma unilateral, sin que se lo haya pedido ningún organismo o persona. Así lo recoge la normativa que regula esta medida, la ‘Ley de 18 de junio de 1870 estableciendo reglas para el ejercicio de la gracia de indulto’ en su artículo 21, donde dice que “podrá también el Gobierno mandar formar el oportuno expediente [...] para la concesión de indultos que no hubiesen sido solicitados por los particulares ni propuestos por los Tribunales de Justicia”.
De la misma forma se expresa el propio Ministerio de Justicia en su página web donde dedica un apartado a la petición del indulto y recoge que “puede solicitarlo el mismo penado, sus parientes o cualquier otra persona en su nombre”, pero también dice que “puede promover el indulto” el propio Gobierno, sin que haya habido una petición previa, por lo tanto, de otra persona u organismo.
Maldita.es también ha contactado directamente con el Ministerio de Justicia para preguntarles si existe la posibilidad de que el Gobierno conceda indultos sin que haya habido una petición previa y nos han respondido que sí es así. “Es una posibilidad que contempla la ley”, resumen, aunque añaden que “es algo muy excepcional, que no se ha hecho muchas veces y que este Gobierno no ha hecho nunca”.
La tesis doctoral ‘El derecho de gracia: Indultos’ de Ireneo Herrero Bernabé por la UNED y dirigida por la doctora Isabel Serrano Maillo también aclara que “la Ley de la Gracia de Indulto señala que, también podrá solicitar el Gobierno la formación del oportuno expediente de indulto cuando no haya sido solicitado el mismo”.
Esta tesis, además, explica antecedentes históricos y señala, a fecha de su publicación en 2012, que “la última vez que se ha utilizado la iniciativa gubernativa fue en 1998, previa a la reforma del Código penal que suprimía la pena de prisión para aquellos objetores que se negaban a cumplir la prestación social sustituoria. Se utilizó para indultar a ‘Insumisos’ que se encontraban, cumpliendo condena privativa de libertad y no habían solicitado indulto”.
Lo mismo que nos ha confirmado Eva Belmonte, periodista, directora de la Fundación Civio y creadora de ‘El indultómetro’, que explica que “no hace falta” que el Gobierno tenga una petición previa de alguien. “El Gobierno puede conceder el indulto sin que nadie lo pida”, remacha. Por lo tanto, es falso lo que ha dicho Margarita Robles.
Maldita.es ha contactado con el equipo de la ministra Robles para recoger sus aclaraciones al respecto de su declaración, pero en el momento de esta publicación no hemos obtenido respuesta.