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MALDITA EXPLICA

Las personas que dieron positivo en coronavirus por antígenos no podrán obtener el certificado COVID de recuperación: sólo podrán acceder a uno temporal haciéndose PCR o antígenos

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En los últimos días hemos visto cómo personas a las que detectaron la COVID-19 mediante pruebas de antígenos han mostrado su malestar por tener que pagar una prueba PCR o de antígenos para obtener el certificado COVID de la UE, como se puede ver en esta petición de Change.org. Además, este certificado, que se corresponde con el de prueba diagnóstica, tiene una validez de máximo 72 horas, a diferencia de los otros que son de larga duración (180 días en el caso del certificado de recuperación y hasta el 30 de junio de 2022 el de vacunación).

Según la Comisión Europea , “al viajar, todo titular de un Certificado COVID Digital de la UE tendrá los mismos derechos que los ciudadanos del Estado miembro visitado que hayan sido vacunados, se hayan sometido a diagnóstico o ya estén recuperados”. Por tanto, no hará falta guardar cuarentena al llegar al país. En España, hasta el 11 de agosto se pedía el certificado de la UE en los municipios con más contagios de Galicia para entrar en el interior de la hostelería y locales de ocio nocturno, pero el día 12 de agosto el Tribunal Superior de Justicia de Galicia tumbó esta medida. *

Sobre el tipo de certificado que pueden obtener aquellos que han sido diagnosticados con pruebas de antígenos, desde el Consejo de la Unión Europea explican a Maldita.es que, de acuerdo con el Reglamento del certificado COVID digital de la UE, sólo podrán obtener el certificado de prueba diagnóstica, puesto que para obtener el de recuperación, se exige haber sido diagnosticado con una prueba PCR.

Tampoco podría obtener el certificado de vacunación, ya que en España, de acuerdo con las recomendaciones de la Estrategia de Vacunación, se debe esperar seis meses para vacunarse después de haber sido diagnosticado con coronavirus. 

Reglamento del certificado COVID digital de la UE

El certificado de prueba diagnóstica tiene una validez de 72 horas para las pruebas PCR y de 48 para las de antígenos, pero puede variar dependiendo del país

El certificado de prueba diagnóstica tiene una duración de entre 48 y 72 horas, en función de si nos hacemos un test de antígenos o una PCR, respectivamente. No obstante, desde el Consejo de la Unión Europea aclaran a este medio que, aunque el plazo recomendado por la UE es el mencionado (72 horas para PCR y 48 para antígenos), “la validez de los certificados de test no está coordinada a nivel de la UE; por lo que, cada estado miembro puede decidir por sí mismo”

Por tanto, si tienes pensado viajar a otro país de la UE, es recomendable visitar la página Re-open EU y comprobar cuál es la validez del certificado tanto en el país de origen como en el de destino. Por ejemplo, si viajamos desde España a Italia, podemos ver que para entrar en este último país, debemos cumplir con alguno de los tres requisitos anteriores y, si optamos por entrar con una prueba negativa, ya sea PCR o de antígenos, este certificado tiene una validez de 48 horas.

Re-open EU

A la vuelta a España, se amplía el margen de la PCR hasta las 72 horas y las pruebas de antígenos se mantienen en 48.

Re-open EU

También, desde el Ministerio de Sanidad se remiten al Reglamento de la Unión Europea y explican que si una persona dio positivo en un test de antígenos, la única opción es obtener el certificado de prueba diagnóstica mediante un test PCR o de antígenos negativo.

Para obtener el certificado de pruebas diagnósticas deberá solicitarse a través de la página web de las comunidades autónomas y no desde la del Ministerio de Sanidad

Si una persona quiere obtener el certificado COVID de la UE, puede tramitarlo en la página web del Gobierno de su comunidad autónoma, o bien, directamente desde este enlace del Ministerio de Sanidad. Pero desde esta página, sólo podrán solicitarlo aquellas personas que estén vacunadas o que hayan pasado la enfermedad y puedan acreditarlo con un resultado positivo de PCR. Para obtener el certificado de pruebas, se tendrá que recurrir a la página web de la comunidad autónoma a la que pertenezca el usuario, como indica la página web del Ministerio de Sanidad.

Página web del Ministerio de Sanidad

Según indica la página web de la Junta de Andalucía, “la cartera básica del Sistema Nacional de Salud no incluye la realización de pruebas diagnósticas con estas indicaciones”, es decir, con el objetivo de obtener una prueba negativa, por lo que indican que “existe la opción de realizarse la prueba en un centro privado y que desde el propio centro se pueda tramitar y entregar dicho certificado de la forma más ágil posible”.

Página web de la Junta de Andalucía

En cambio, en comunidades como Aragón y Galicia, los certificados de prueba diagnóstica se pueden conseguir en farmacias, sin necesidad de acudir a un centro privado.

¿Podemos vacunarnos aunque no hayan pasado seis meses desde que nos diagnosticaron la COVID-19?

Según la Estrategia de Vacunación , las "personas de 65 o menos años de edad con diagnóstico de infección por SARS-CoV-2 antes de recibir la primera dosis”, recibirán “sólo una dosis preferentemente a partir de los seis meses después del inicio de síntomas o el diagnóstico de infección, pero en caso de que se administre antes de haber transcurrido esos seis meses, la dosis se considerará válida y no será necesario administrar más dosis.

En Maldita.es también hemos preguntado al Ministerio de Sanidad si aquellas personas que sólo pueden obtener el certificado de prueba diagnóstica y que por motivos de estudios o trabajo, o por otras causas, tienen que viajar a otro país, pueden adelantar la vacunación y no tener que esperar seis meses. Desde este ministerio se remiten a la recomendación que indica la Estrategia de Vacunación, es decir, a la espera de seis meses. No obstante, “si una persona quiere hacerlo antes, debe consultar con su comunidad autónoma el motivo de la excepcionalidad para su valoración”, añaden.

Por otro lado, hay que tener en cuenta que tener una dosis de la vacuna y haber pasado la COVID-19 en 8 países de la Unión Europea no se considera pauta completa y no es suficiente para poder entrar en ellos, como ya os hemos contado en Maldita.es.

*Inforación actualizada el 12 de agosto para indicar que el Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha tumbado la medida por la que se podía pedir el Pasaporte COVID par entrar en los locales de hostelería en esta comunidad autónoma


Primera fecha de publicación de este artículo: 11/08/2021

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