Productos castigados: ¿por qué a veces la UE refuerza los controles alimentarios y cómo vuelven a la normalidad?

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Es frecuente encontrar contenidos en redes sociales que hablan de la disminución de controles a ciertos productos o de la restricción de ciertas importaciones por los riesgos que estas podrían suponer para la salud. Ahora bien, esto no quiere decir que los controles sanitarios “se quiten o pongan” aleatoriamente. La UE establece los criterios de seguridad alimentaria que debe cumplir cualquier producto para ser distribuido dentro de sus fronteras, sea de producción interna o importado. 

En ocasiones, para proteger la salud de los consumidores, si se detectan vulneraciones de estos estándares de forma repetida, estos controles se refuerzan. Este fortalecimiento de los controles es temporal y dura hasta que desaparece el riesgo para los consumidores que hizo que se reforzarán las medidas.

Las opiniones y puntos de vista expresados solo comprometen a su(s) autor(es) y no reflejan necesariamente los de la Unión Europea. Ni la Unión Europea ni la autoridad otorgante pueden ser considerados responsables de ellos.

¿Qué significa que los controles “se refuerzan”? 

No es que normalmente no haya controles, claro que los hay, tanto en productos que la UE importa desde terceros países como en los que se producen dentro de ella. Que estos controles “se refuercen” quiere decir que, en ocasiones, estos se vuelven más estrictos o más frecuentes. Es decir, las autoridades aumentan el nivel de vigilancia y de exigencia sobre los productos agrícolas y pesqueros (AAP) destinados al mercado europeo. De esta manera, y aunque el riesgo en seguridad alimentaria nunca sea cero, se aumentan las medidas para proteger la salud de los consumidores, revisando que los productos cumplen los requisitos de seguridad establecidos en base a la evidencia científica. 

Estas medidas de protección de la seguridad alimentaria son imprescindibles dentro del modelo agroalimentario europeo y desempeñan un importante papel en áreas como el fomento de la competitividad, uno de los objetivos estratégicos de la Política Agraria Común (PAC). El Ministerio de Agricultura afirma que este impacto se observa en la relación de las normativas europeas en materia de medio ambiente, sanidad y bienestar animal con las de otros mercados no comunitarios, que “cuentan con estándares y requisitos a la producción y costes menos elevados”. Al mismo tiempo, el modelo europeo de control está diseñado para proteger a los consumidores, exigiendo los mismos estándares comunitarios a todos los productos que se importan, independientemente de los requisitos que cada país establezca en su mercado interno.

¿Por qué ocurren estos “refuerzos” en controles a productos agroalimentarios y pesqueros? 

Según el reglamento europeo, hay ocasiones en las que se aplica un aumento temporal de los controles oficiales a productos concretos procedentes de países concretos cuando existen indicios de “un riesgo potencial para la salud humana o animal”. La Comisión Europea se encarga de decidir si aplicar o no estos aumentos si ha ocurrido, por ejemplo, un “incumplimiento grave generalizado de la legislación” dentro de la cadena agroalimentaria o si en el país desde donde se importa se da un “riesgo conocido o emergente”. 

Imaginemos, por ejemplo, que un cargamento de naranjas procedentes de Egipto supera los Límites Máximos de Residuos (LMR) que establece la normativa europea para un determinado pesticida. Imaginemos también que no ocurre solo en un cargamento, que podría ocurrir de forma puntual, sino que vuelve a pasar en otro, en otro y en otro. Aquí entra en juego la Comisión que, para reducir el riesgo de que los productos con estas cantidades de fitosanitarios lleguen a la nevera del consumidor, decide aumentar la frecuencia de los controles de las naranjas que procedan de Egipto: ahora, en vez de controlar el 10% de las partidas que entran en la UE, controlará el 20%. Eso sí: de forma temporal.  

Por lo tanto, en casos como este, la Comisión establece “nuevas” normas más rígidas sobre la frecuencia de los controles de identidad y los controles físicos para estos productos, teniendo especialmente en cuenta el nivel de riesgo asociado con el peligro en cuestión y la frecuencia de los rechazos en frontera.

¿Cómo puedo saber qué productos están ahora sujetos a controles reforzados? 

La Comisión elabora una lista con todos los alimentos y piensos que están sujetos al refuerzo de controles. Este listado se revisa y actualiza al menos cada seis meses, y se publica en el mismo reglamento que establece la frecuencia de los controles y los requisitos de muestreo.

Para que un producto llegue a esta lista tiene que haber sido seleccionado por la Comisión tras recopilar pruebas e indicios suficientes de que pueden suponer un riesgo. Para ello, el órgano encargado de la comisión revisa notificaciones a través del RASFF, datos de rechazo en frontera procedentes de los Estados miembros, conclusiones de las auditorías e inspecciones de la UE y opiniones científicas y evaluaciones de riesgos de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA).

¿Qué debe ocurrir para que los controles vuelvan a la frecuencia habitual? 

Cada vez que la Comisión revisa y actualiza la lista de productos ‘castigados’ las medidas se van adaptando a la evolución de la situación sanitaria y a los resultados de los controles oficiales de cada caso. Es decir, para que un producto salga de la lista, tiene que haber dejado de suponer el riesgo potencial para los consumidores que lo metió en la lista. 

Volviendo a nuestro ejemplo, si desde las autoridades sanitarias pertinentes se reporta que los controles de las naranjas de Egipto cumplen continuamente los requisitos establecidos por la Unión Europea y que sus resultados son adecuados, ese 20% de partidas que se empezaron a controlar por seguridad, vuelve a su 10% inicial

¿Pasa solo en productos importados o también de producción nacional?

Los controles para garantizar la seguridad alimentaria en productos españoles se rigen bajo los criterios de la regulación europea, pero el procedimiento es distinto al que ya hemos explicado. Amaia de Ariño, directora técnica de la Fundación Vasca para la Seguridad Agroalimentaria, explica que en todos los estados miembros es obligatorio elaborar y actualizar periódicamente un plan nacional de control plurianual (PNCPA) que abarque todos los ámbitos regulados por la legislación de la Unión relativa a la cadena agroalimentaria y que contenga información sobre la estructura y la organización de su sistema de controles oficiales. “Este es el instrumento a través del que cada Estado miembro ha de velar para que los controles oficiales se efectúen de manera que se basen en el riesgo y sean eficientes en todo su territorio”, añade. 

Según el Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria 2026-2030 las actividades de control que se realizan a nivel nacional incluyen tres tipos de análisis:

  • Las medidas de control oficial, que se dirigen a comprobar el cumplimiento de la legislación alimentaria.

  • Las medidas de vigilancia para controlar la exposición de los consumidores.

  • Los controles no programados cuando haya algún motivo que haga sospechara la autoridad competente de la existencia de un incumplimiento. Estos controles extraordinarios se pueden llevar a cabo a consecuencia de una alerta o denuncia, tras un resultado insatisfactorio en un muestreo en una actividad de vigilancia o por detección de incumplimientos y sospecha de riesgo para la salud en el transcurso de una inspección o auditoría.