Advertencia de contenido: esta investigación aborda temas sensibles relacionados con la sexualización de menores y el abuso sexual infantil.
Desconocimiento, presión social y búsqueda de validación: esto es lo que hace más vulnerable a un menor en TikTok, la red social en la que más tiempo pasan
Una niña sube un vídeo a TikTok donde dice que tiene 10 años y recibe decenas de comentarios de hombres adultos que quieren hablar con ella. Otro usuario (del cual no se sabe la edad) publica que busca un ‘virtualito’ (novio virtual) de 6, 7 u 8 años y los niños y niñas que “postulan” para serlo comentan con sus fotos, ubicación o número de teléfono. Mientras, otra cuenta anónima sube una publicación donde pide “calificar foto-teta” y en los comentarios menores de edad se ofrecen para ser evaluadas. A la par, una cuenta dedicada a promocionar un “grupo hormonal” en WhatsApp busca participantes de 14 a 17 años para que compartan sus imágenes íntimas con decenas de desconocidos.
Esto es lo que hemos encontrado en TikTok: una tormenta perfecta que pone a niños, niñas y adolescentes en bandeja para los pedófilos. Y esto teniendo en cuenta que TikTok lidera el tiempo de uso entre los menores en todo el mundo: más de dos horas de media al día, según un informe de Qustodio, software de control parental y bienestar digital.

Sin embargo, incluso los trends (tendencias virales de contenido en la plataforma) que a primera vista pueden parecer más inofensivos, como que menores compartan vídeos buscando un novio virtual o compartan su información personal, “no son casos aislados, sino un patrón”, alerta Ernest Abelló, perito judicial experto en protección de datos y maldito que nos ha prestado sus superpoderes. “Suele evolucionar rápido: de exposición inocente a dinámicas claramente delictivas”, explica y añade que “hay algo que se repite siempre en estos escenarios: los menores no perciben el riesgo real en el momento en que interactúan”. Pablo Duchement, perito judicial experto en delitos en redes sociales, también explica que “algo que a nuestro sentido común le hace saltar todas las alarmas, al de un niño no”: “Al fin y al cabo, un niño con un móvil sigue siendo un niño”.
“Si sumamos la arquitectura de TikTok y la dinámica de búsqueda de validación que las propias redes sociales incentivan, ese primer dato se convierte casi siempre en la puerta de entrada a una sobreexposición progresiva”, advierte Javier Sanz, criminólogo especializado en cibercriminalidad, análisis de conducta en el ciberespacio y maldito. Algo con lo que coincide Nerea Tollar, pedagoga y coordinadora educativa del programa E-tic, que resalta el papel clave que juegan la presión social y la búsqueda de validación . Cuando hablamos de compartir imágenes íntimas, también puede percibirse como una forma de encajar: “La lógica de las redes sociales refuerza la idea de que mostrar más, incluso en el ámbito íntimo, puede traducirse en reconocimiento”, agrega la experta.
TikTok como una puerta al grooming, que ha crecido en España en un 85% en diez años
Estas dinámicas ponen al menor en “una situación de riesgo”, según Adrià Torres, especialista en psicología legal y criminólogo, ya que vídeos como los de “busco virtualito” permiten iniciar la primera fase del proceso de grooming, práctica en la cual un adulto establece una relación de confianza con un menor para abusar sexualmente de él. Según Torres, esta es “la fase de identificación y acceso, en la que se selecciona a la víctima por sus características físicas y psicológicas, así como por su ubicación geográfica, que determina la facilidad con la que dicho proceso puede culminar en un encuentro físico”.
En diez años, el grooming ha crecido en España un 85,5%, según cifras del Portal Estadístico de Criminalidad del Ministerio del Interior en 2023. Los datos de Save the Children de 2025 revelan que el 35,6% de las chicas en España había tenido contacto con una persona adulta con fines sexuales siendo menor, mientras que el 26,5% de los chicos afirmó haber vivido lo mismo.

“Cuanto más volumen de información exponga la posible víctima, más fácil resultará para el criminal diseñar un acercamiento creíble y totalmente personalizado”, advierte Sanz. Por su parte, Adrià Torres advierte que si el menor publica contenido sexualmente sugerente, el proceso se acelera exponencialmente: “El groomer puede iniciar el contacto directamente desde la esfera afectivo-sexual del menor, en lugar de tener que reconducir progresivamente la interacción hacia dicho ámbito”.
Según Sanz, es lo que sucede con los grupos hormonales: “Desactivan las resistencias lógicas del adolescente, y al hacerse la captación muchas veces por adultos que simulan ser menores, se combina el grooming, la producción inducida de material de abuso sexual infantil (CSAM, por sus siglas en inglés) y su redistribución en redes adultas”.
Todo esto con las “consecuencias físicas, psicológicas, procesales y jurídicas que ello conlleva”, añade el psicólogo legal. Ansiedad y depresión son los efectos más habituales, con distintas secuelas en función del abuso, su duración o el apoyo recibido, explica el Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE). Además, se suman problemas derivados en el rendimiento académico, sociabilidad y afectividad: desde la pérdida de autoestima hasta la disminución de la atención en clase o la pérdida de amistades, añade este organismo. Algo que tienden a ocultar “por sentimientos de vergüenza o culpabilidad” y que, incluso, les puede hacer pensar que “la relación que mantienen con el agresor es real y no ser conscientes de que están siendo víctimas de un abuso”.
Cuando lo anónimo se vuelve público: que los menores compartan sus imágenes, en especial si son de índole sexual, los expone a que circulen fuera de su control y a la sextorsión
Los peligros no terminan ahí. Tanto en los vídeos analizados como en las secciones de comentarios, encontramos fotos que menores reales compartían de sus caras y cuerpos. Con una captura o solo unos clics, TikTok permite guardarlas directamente a un ordenador o dispositivo móvil. Esto los expone a que sean difundidas sin su consentimiento, algo que puede resultar en casos de ciberacoso, suplantación de identidad y el ya mencionado grooming. Además, un nuevo riesgo ha aparecido con la popularización de las herramientas de inteligencia artificial: la creación de deepfakes e imágenes manipuladas de índole sexual donde se incorpora la imagen de niños y niñas en fotos o vídeos de carácter pornográfico.
El problema se agrava cuando hablamos de imágenes y vídeos íntimos o sexuales, como los que se comparten en los “grupos hormonales". Cuando un menor comparte ese tipo de imágenes en estos espacios, está cediendo el control sobre ese contenido explícito desde el momento en que lo envía. Cualquier miembro puede guardarlo, reenviarlo o distribuirlo en otras plataformas sin su consentimiento. Nerea Tollar explica que a los menores “les cuesta dimensionar cómo una imagen o vídeo puede salir de ese ‘grupo cerrado’ y difundirse sin control”.
En estos grupos, el riesgo se multiplica por el propio factor comunitario y anónimo. Al no saber quién está detrás de la pantalla, cualquier usuario puede ser alguien distinto de lo que aparenta y la propia lógica de grupo diluye la percepción de riesgo (“si todos lo hacen, no pasa nada”), lo que genera una presión implícita para compartir contenido. Basta con que una sola persona decida guardar o difundir ese contenido para que se pierda definitivamente el control de ese material sexual, amplificando las posibilidades de exposición y viralización en plataformas como WhatsApp, Telegram o Instagram. Según cifras de la línea de ayuda 017 facilitadas por el INCIBE a Maldita.es, el 19% de las consultas de menores se basaron en temas de privacidad y reputación online.
Que estos contenidos íntimos acaben en las manos equivocadas expone a los menores a la sextorsión: una forma de chantaje en la que se amenaza a la víctima con difundir sus imágenes o vídeos sexuales si no realiza una acción específica. Según datos de Save the Children de 2025, el 19,3% de los jóvenes españoles afirmaron que, siendo menores, alguien les amenazó o chantajeó con difundir mensajes, fotos o vídeos íntimos o sexuales suyos, mientras que el 36,6% conocía a alguien que sufrió esta situación.
Si un menor a nuestro cargo es víctima de grooming (o hay una intención clara), podemos denunciar
Cuando un adulto contacta con un menor de 16 años a través de internet con la finalidad de cometer delitos sexuales, está cometiendo un delito. Cuando lleva a cabo actos dirigidos a concertar un encuentro u obtener material sexual, está cometiendo un delito. Aunque no se produzca el encuentro o el abuso no llegue a consumarse, también está cometiendo un delito. Así lo explica el perito judicial Ernest Abelló y así lo prevé el artículo 183 del Código Penal. Y Adrià Torres puntualiza que “es un delito conocido como ‘de peligro’, ya que castiga los actos preparatorios, con independencia de que llegue a cometerse el delito final [de agresión sexual o de captación y uso de menores en material pornográfico]”.
En los casos donde hay una intencionalidad clara y actos encaminados a ese fin (insistencia, solicitud de fotos, conversaciones sexualizadas), Abelló recomienda siempre denunciar: “En casos donde no hay margen de duda, la denuncia penal es no solo recomendable, sino que diría que casi obligada desde la perspectiva de protección del menor”. E insiste en que “no hay que esperar al daño final”. El perito afirma que “la Policía y la Fiscalía trabajan mucho con indicios digitales” y que pueden entrar en juego otros tipos penales, como el abuso sexual a menores, la pornografía infantil o el acoso.
“Cuanto más tiempo pase, mayor será el riesgo y las consecuencias”, advierte Torres. Sobre la denuncia, el especialista en psicología legal explica que es crucial “aportar los mensajes, imágenes y vídeos recibidos y compartidos, la red social utilizada, nombres de usuario e ID si es posible, otros medios de contacto empleados y toda la información que pueda aportar el menor sobre sus interacciones con el groomer”. En esta línea, Abelló también enfatiza la importancia de la prevención y gestión inmediata: “Cortar el contacto, preservar evidencias (capturas, enlaces, fechas) y no interactuar con el presunto agresor. Esto, de cara a una eventual denuncia, marca la diferencia”. Denunciar puede ayudar a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado a detectar otros casos perpetrados por el mismo autor, y así impedir otros procesos de grooming, añade Torres.
Sin embargo, hay casos que están en “fase previa”, como perfiles sospechosos, conversaciones ambiguas, solicitudes de contacto, en los que “conviene no precipitarse sin más, pero tampoco quedarse de brazos cruzados”, advierte Abelló. El perito judicial recomienda acudir a los mecanismos de reporte de las redes sociales, a organismos como INCIBE a través de su línea de ayuda (017) o al canal de la Policía Nacional (por ejemplo, brigadas de investigación tecnológica), que “permiten trasladar situaciones incluso cuando no tenemos todavía un delito plenamente definido” o ponerlo en conocimiento de la Fiscalía de Menores.
Las imágenes y vídeos íntimos que muestran a menores se consideran pornografía infantil, y su producción, distribución y posesión conllevan penas de cárcel
Estas imágenes íntimas de menores que se comparten en los “grupos hormonales” o los que se intercambian para “calificar” son pornografía infantil, contenido que está tipificado como delito en el artículo 189 del Código Penal de España. Las penas de prisión son de uno a cinco años para cualquier persona involucrada en la producción, distribución, difusión, adquisición o posesión de pornografía infantil. “Aunque el menor consienta, sigue siendo pornografía infantil si hay contenido sexual explícito”, precisa Abelló.
La sextorsión también es un delito. Así lo explica Torres, que detalla que la coacción de un menor puede perseguirse como “sexting secundario no consentido” (artículo 197.7 del Código Penal). Las penas de tres meses a un año se agravan si se trata de un menor de edad.
Si un menor a nuestro cargo es víctima de alguno de estos delitos, podemos denunciar por la vía penal ante la Policía Nacional, Guardia Civil o la Oficina del Ministerio Fiscal. La vía administrativa también es una opción: el Canal Prioritario de la Agencia de Protección de Datos (AEPD) facilita a los menores y sus tutores (o cualquiera que tenga conocimiento de la difusión de estos contenidos) la denuncia rápida y directa de la publicación no autorizada de imágenes, vídeos o audios con contenido sexual o violento que les afecte a ellos o a otros.
Si estás en España y necesitas ayuda o deseas denunciar cualquier situación relacionada con abuso de menores, puedes contactar de forma confidencial con la Línea de Ayuda en Ciberseguridad del INCIBE (017) o utilizar su canal anónimo para reportar contenido CSAM. También puedes llamar al teléfono ANAR de Ayuda a Niños/as y Adolescentes (116 111) o denunciar a través de la Policía Nacional (091) o Guardia Civil (062).
En este artículo han colaborado con sus superpoderes Javier Sanz, criminólogo especializado en cibercriminalidad y análisis de conducta en el ciberespacio, y Ernest Abelló, perito judicial experto en protección de datos.
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