Una de las dudas más comunes del día después de unas elecciones generales, es cómo funciona el reparto de escaño. Es muy común escuchar críticas al Sistema D’Hondt (comúnmente llamado Ley D’Hondt), acusándolo de beneficiar o de perjudicar a ciertos partidos. Pero, ¿qué es exactamente? Os lo explicamos.
El sistema o fórmula D’Hondt es un método utilizado para calcular el número de diputados que consigue cada partido tras unas elecciones. Debe su nombre al jurista belga Victor D’Hondt, que la creó en 1878. No debe llamársele ley, ya que no es el único elemento que regula cómo nuestros votos se convierten en escaños.
Su funcionamiento es el siguiente: Después de una cita electoral, se cuentan los votos de cada uno de los partidos que se ha presentado en una circunscripción (en el caso español, la provincia o Ciudad Autónoma).
Pongamos un ejemplo. Tomamos una provincia en la que se han presentado 7 partidos y en la que se reparten 6 escaños (como Badajoz):
Antes de nada, hay que tener en cuenta que en las elecciones al Congreso de los Diputados en España las formaciones políticas necesitan un mínimo del 3% de los votos de la circunscripción. En el ejemplo, el 3% del total de los votos es 38.850, por lo que los partidos F y G quedarían fuera del recuento.
A continuación se aplicaría el Sistema D’Hondt. Se crea una tabla en la que se dividen los votos de los partidos por todos los números desde el 1 hasta el total de escaños de la provincia, en este caso 6. Se asignan los escaños en orden a los partidos que tengan los seis mayores cocientes.
Así, el Partido A se llevaría tres escaños, el Partido B dos y el Partido C uno.
¿Es lo único que influye en el sistema electoral español?
Como hemos explicado antes, el Sistema D’Hondt es sólo una parte del sistema electoral español. Otros factores importantes son el umbral de voto (el porcentaje mínimo de voto para conseguir escaños), el prorrateo (si se reparten los escaños de igual forma en todas las circunscripciones o de forma proporcional), la forma de voto (listas abiertas, cerradas o mixtas) y la circunscripción.
De hecho, este último factor es el que según los expertos es el principal causante de la desproporcionalidad en España. Así lo explica el equipo de politólogos y sociólogos Piedras de Papel en el libro “Aragón es nuestro Ohio”, que explica que “en la mayoría de las provincias se reparten muy pocos escaños, lo que provoca que los partidos pequeños se queden sin representantes. A esto puede añadirse el hecho de que, en España, las provincias con pocos habitantes tienen bastantes más representantes, en conjunto, que las provincias con muchos habitantes, que contienen las grandes ciudades, como consecuencia de que la ley impone un mínimo de dos escaños por provincia”. María Ramos y Pablo Simón, editores de Politikon, también coinciden con que la principal causa de la desproporcionalidad del sistema electoral español es la circunscripción en su artículo “La culpa no fue D’Hondt”.
De hecho, que en España la circunscripción electoral sea la provincia no es casualidad. El exdiputado de UCD Óscar Alzaga explica, como dice Pablo Simón, que “puesto que los sondeos electorales daban a la UCD en torno al 36-37% de los votos de los votos, se buscó hacer una ley en la que la mayoría absoluta pudiera conseguirse con alrededor de esos votos. Y con un mecanismo que en parte favorecía las zonas rurales, donde en las proyecciones preelectorales UCD era predominante frente a las zonas industriales (…) procurando que la mayoría absoluta del PSOE no estuviera en el 37% sino en el 39-40%”. A la práctica de diseñar las circunscripciones de forma que permitan conseguir al partido del gobierno el mayor número de escaños se le conoce en ciencia política como “gerrymandering”.
Por lo tanto, la próxima vez que en un debate de bar o de televisión escuchéis que la culpa de la desproporcionalidad es de “la ley D’Hondt”, podréis responder que ni es una ley ni tiene la responsabilidad de que unos u otros partidos se vean beneficiados en las urnas.