Tras las elecciones generales, los candidatos electos deben realizar varios trámites para adquirir la condición plena de diputado o senador, que no se produce hasta el día de la constitución de las Cortes Generales. Para las elecciones del 23 de julio, la fecha prevista es el 17 de agosto. El primero de esos trámites es entregar en el Congreso o el Senado la credencial expedida por la junta electoral provincial que acredita su proclamación.
Qué es la credencial
Una vez se conoce el resultado definitivo de las elecciones, tras el escrutinio general que se realiza cinco días después de las elecciones, las juntas electorales provinciales expiden una credencial para cada diputado y senador electo. Este documento acredita que un determinado candidato ha resultado elegido en las elecciones celebradas.
Credencial del senador Manuel Cruz tras las elecciones generales de noviembre de 2019. Fuente: Senado.
La credencial de los senadores por designación autonómica
En el caso del Senado, la credencial puede ser de dos tipos. Además de las credenciales que expiden las junta provinciales a los senadores electos en esa circunscripción existen las credenciales que expiden los parlamentos autonómicos a los senadores que designan.
La composición del Senado es mixta: 208 senadores elegidos en las elecciones generales y un número variable de senadores designados por las cámaras autonómicas en función de su población. En la legislatura que comienza el 17 de agosto serán 58.
A diferencia de la credencial que entrega la junta provincial, la que presentan los senadores por designación autonómica la expide la cámara autonómica, como se puede comprobar en la credencial que presentó en mayo de 2022 Alberto Núñez Feijóo.
Credencial del senador por designación autonómica Alberto Núñez Feijóo. Fuente: Senado.
Requisitos para adquirir la condición plena de diputado o senador
Una vez proclamado electo, un diputado o senador debe cumplir varios requisitos para adquirir su condición plena. Esos requisitos están recogidos en la ley electoral y en los reglamentos del Congreso y el Senado. Esos requisitos son, además de entregar la credencial, presentar las declaraciones de actividades y bienes y prometer o jurar acatar la Constitución.
En el caso del Congreso, su reglamento sólo hace referencia a la declaración de actividades. Para la declaración de bienes y rentas, aunque también están obligados a presentarla al inicio y al final de su mandato, no hay un plazo ni se contemplan sanciones por no presentarla. El reglamento del Senado sí especifica que los senadores deben presentar ambas declaraciones al inicio de la legislatura.
El último de esos requerimientos se realiza el día de la constitución de la cámara y los dos primeros son anteriores a la primera sesión de la legislatura. Cada cámara lo organiza de manera independiente. En el Congreso, el plazo para esos trámites es del 31 de julio al 16 de agosto, mientras que en el Senado el plazo comenzó el 24 de julio y terminará el 17 de agosto, día de la constitución de las Cortes Generales.
Por ejemplo, el mismo 24 de julio que se abrió el plazo en el Senado acudió uno de los senadores autonómicos designados por la Asamblea de Madrid: Enrique Ruiz Escudero, consejero de Sanidad en la pasada legislatura.