Debido a la crisis por el coronavirus, muchos trabajadores están acogidos a un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE). Otros lo han estado durante uno o varios meses, y ya se han reincorporado a su puesto de trabajo. Sin embargo, algunos han seguido cobrando la prestación por el ERTE aunque hayan vuelto a trabajar. ¿Es tu situación? Te explicamos qué tienes que hacer.
Lo más importante de todo es que no gastes el dinero, ya que tendrás que devolverlo. La página web del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) indica en su guía de errores en reconocimiento de prestaciones ERTE que si un trabajador ha cobrado el ERTE sin tener derecho a ello puede deberse a que su empresa le ha incluído en el archivo Excel que tiene que enviar con las personas afectadas. En este caso, tendrá que devolver el ingreso.
¿Y cómo se tiene que devolver este dinero? El SEPE se pondrá en contacto contigo y te indicará el número de cuenta en el que tienes que hacer el ingreso, para lo que tendrás 30 días, como explican en la página web del SEPE. En caso de que tardes más de 30 días, se te aplicará un recargo del 20%.
Además, el SEPE tiene un plazo de cuatro años para reclamarte el dinero, como indica la página web de la Seguridad Social y regula el artículo 146 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Si te has visto afectado por un ERTE es posible que tengas que pagar a Hacienda tras la declaración de la renta del ejercicio 2020
Como ya hemos explicado en Maldita.es, es posible que algunas personas que se hayan visto afectadas por un ERTE durante la pandemia tengan que pagar a Hacienda en la próxima declaración de la Renta de 2020, aunque la situación es diferente en cada caso.
Por un lado, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) no retiene IRPF en la mayoría de casos, por lo que el contribuyente tendrá que compensar esto de golpe en la declaración de la Renta. Sin embargo, esto no quiere decir que se tendrá que abonar más de lo habitual en caso de que salga a pagar, sino que en vez de pagarlo mes a mes con las retenciones, se acumulará en un solo importe, pero el total será el mismo.
Por otro lado, también puede ocurrir lo siguiente: alguien que hasta ahora no llegaba a los 22.000 euros de base imponible estaba exento de presentar la declaración de la renta, pero al entrar en un ERTE tendrá dos pagadores (la empresa y el SEPE) y por ello estará obligado a presentar la declaración (y pagar, si le corresponde) si cobra más de 14.000 euros, en lugar de 22.000.