¡Hola, malditas y malditos! ¡Hemos llegado al medio centenar de consultorios tecnológicos! Desde Maldita Tecnología os seguimos animando a alimentar esta herramienta, que por encima de todo sirve para resolver vuestras dudas, sean grandes o pequeñas. El mundo online es relativamente nuevo para muchas personas y es normal que surjan preguntas, pero aquí estamos para responderlas. Así todos podremos hacer un uso consciente e informado de las tecnologías que nos rodean.
Antes de ir con las cuestiones de esta semana, os recordamos dónde mandarlas: podéis escribir al correo electrónico [email protected], a nuestro Twitter o a Facebook. Si no, podéis apuntar las que queráis en este formulario. Vamos a por ello.
¿Qué hacemos con las redes sociales de una persona fallecida?
En una situación tan delicada como la muerte de un familiar, la pregunta sobre qué hacer con sus perfiles sociales es algo que tienen que plantearse sus familiares directos o los encargados de gestionar su memoria y patrimonio.
Selva Orejón, directora ejecutiva de OnBranding y experta en identidad digital, explica a Maldita.es que lo primero con lo que hay que contar es con el acceso al acta de defunción: “Hasta que no se tenga no se puede demostrar a la propia plataforma el fallecimiento”.
Con esta acta podemos iniciar todo tipo de trámites relacionados con el mundo digital: recuperar cuentas y datos almacenados por el fallecido en la nube, gestionar sus perfiles en redes sociales... En este último caso, algunas plataformas permiten dejar la cuenta activa in memoriam o eliminarla definitivamente de la web.
La decisión de qué hacer con estas cuentas recae, generalmente, sobre los propios familiares o el albacea. Sin embargo, con la entrada en actualización de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales en 2018 se contempló por primera vez la figura del testamento digital. Con él una persona puede dejar por escrito y ante notario cuáles son sus preferencias a la hora de gestionar los perfiles sociales tras su muerte.
Para evitar posibles complicaciones o pérdida de datos importantes, Orejón recomienda designar a una persona delegada que pueda acceder a contraseñas e información personal en caso de fallecimiento o incapacitación.
“Hay una situación un poco complicada cuando la persona no ha dejado testamento digital. En algunas ocasiones recomendamos dejar en la caja de seguridad de un banco la clave maestra de nuestro gestor de contraseñas por si se da una situación en la que la persona no se puede hacer cargo de estos perfiles, ya sea por fallecimiento o por encontrarse en condición crítica”, resume la experta.
En Facebook, una vez que la plataforma recibe la notificación del fallecimiento la acción por defecto es convertir la cuenta en conmemorativa. Si se opta por esta opción, los familiares serán los encargados de decidir la configuración de privacidad: qué pasa con las fotografías del fallecido, si sus amigos pueden compartir o no recuerdos en su perfil o si aceptan nuevas solicitudes de amistad. En este caso, la familia no tiene acceso completo a la cuenta (por ejemplo para seguir publicando posts en nombre de la persona fallecida), sino que se hace con los controles de cómo interactuar con el perfil.
Ya sea para gestionar los permisos de la cuenta conmemorativa o para solicitar la retirada de la cuenta es necesario acceder al Servicio de Ayuda de Facebook. Desde allí accedemos a Políticas e Informes>Administrar la cuenta de una persona fallecida>Solicitud para convertir una cuenta en conmemorativa o eliminarla.
Para una cuenta de Twitter, el proceso de eliminación de la cuenta se gestiona desde su Centro de Ayuda. En este caso hay que acudir a este formulario de consultas sobre privacidad en la red social. En él debemos seleccionar la opción “Quiero solicitar información de una cuenta de Twitter” y marcar que la información pertenece a “Alguien a quien estoy autorizado a representar”.
Una vez marcadas estas casillas, Twitter nos ofrecerá un formulario que deberemos rellenar explicando la situación y la cuenta a la que haces referencia. “Cuando presentes tu solicitud, te enviaremos instrucciones por correo electrónico para que nos proporciones más detalles, como información sobre el fallecido, una copia de tu DNI y una copia del certificado de defunción”, explica la empresa.
En el caso de Instagram, la plataforma nos da la opción de eliminar la cuenta o de hacer un perfil de homenaje, al igual que Facebook. Para convertir la cuenta en conmemorativa es necesario acceder a este formulario en el que te pedirán tus datos personales, las de la persona fallecida y una copia del acta de defunción.
El proceso para eliminar la cuenta es exactamente el mismo, solo que el formulario, también accesible desde el Centro de Ayuda de la red social, se puede encontrar aquí.
¿Es más seguro para mi privacidad utilizar la versión de pago de una aplicación en vez de la versión gratuita?
A la hora de elegir entre una aplicación gratuita y su versión de pago, uno de los mayores reclamos que usan los desarrolladores para que nos decantemos por la segunda es la retirada de la publicidad. Esto, además de ofrecer una mayor comodidad mientras utilizamos la app, también debería traducirse en una mejora en nuestra privacidad: a menos anuncios, menor extracción de datos y menos análisis de nuestro comportamiento cedido a terceras empresas. ¿Pero es realmente así?
Consultamos a Jorge Morell, abogado experto en derecho tecnológico en LegalTechies, que explica que la versión de pago, “al no estar condicionada por la publicidad, en principio va a necesitar menos datos y se puede permitir ser más tolerante a nivel de privacidad”.
Dicho esto, este especialista también asume que una cosa es la teoría y otra la práctica. En las aplicaciones de pago, aunque la publicidad se reduzca o se elimine de todo, se siguen captando datos “para enviar nuevos productos o servicios, controlar cómo se usa el mismo, los micropagos que se puedan hacer (cuando la app es gratuita y no incluye publicidad pero sí vende pequeñas piezas de contenido) o quizá reforzar colaboraciones con terceros”.
Repasando algunos estudios podemos concluir que soltar el dinero no se traduce necesariamente en una mayor defensa de nuestra privacidad. Esta investigación impulsada por cinco universidades internacionales (entre ellas la Universidad Carlos III de Madrid) es bastante rotunda en sus conclusiones: “Nuestros resultados preliminares muestran que los beneficios en privacidad de pagar por las apps son pocos en el mejor de los casos, siendo probable que se engañe a los consumidores y haciendo imposible que tomen decisiones informadas acerca de su privacidad”.
En la investigación se analizaron 1.505 pares de aplicaciones: primero, la versión gratuita y después su alternativa de pago (generalmente etiquetada como premium o pro) en la que se necesita un único desembolso inicial para acceder a sus ventajas. Se buscó incluir en el estudio a terceras empresas extractoras de datos; se tuvieron en cuenta la cantidad de permisos cedidos a las apps para acceder a tu agenda o geolocalizarte (por citar dos ejemplos) y se compararon las políticas de privacidad de ambas versiones.
“Según nuestro análisis, en aproximadamente la mitad de los casos, las versiones gratuitas y de pago de la misma aplicación suelen incluir el mismo código de terceros, solicitan los mismos permisos y comparten la misma información personal con terceros. Esta observación va en contra de la creencia generalizada de que pagar por la aplicación protege al consumidor de una amplia recopilación y seguimiento de datos”, sostienen los académicos.
Una de las comparativas más interesantes del estudio es la del “envío de datos sensibles” de los usuarios hacia terceras empresas, que generalmente utilizan esta información para conocer tus hábitos, gustos y ofrecerte publicidad personalizada. Según los datos, “el 38% de las aplicaciones de pago compartían los mismos datos sensibles con los mismos terceros que sus homólogas gratuitas”.
Jorge Louzao, experto en ciberseguridad y maldito que nos ha prestado sus superpoderes para analizar este asunto, recuerda que hay una gran cantidad de servicios gratuitos que basan su modelo de negocio en el uso de nuestros datos. Es el caso de las grandes empresas tecnológicas de Silicon Valley, que ofrecen sin previo pago servicios de mensajería, mapas, correo electrónico o almacenamiento en la nube, entre muchos otros productos.
“Sus productos gratuitos están diseñados para recabar la mayor cantidad posible de información de todos los usuarios, aun cuando no uses sus servicios activamente. Un simple botón de compartir en Facebook en una web cualquiera puede estar recabando información de las personas que visitan esos sitios”, añade el experto.
A modo de conclusión, Louzao aconseja leer de manera exhaustiva las condiciones de servicio de las aplicaciones, hacer uso de las herramientas que ofrece el Reglamento General de Protección de Datos como los derechos de acceso o de oposición y “no caer en la falsa seguridad de que si pagamos dinero van a respetarnos más que cuando pagamos con nuestros datos”. Ya que aunque en algunas ocasiones sea cierto, no siempre tiene por qué ser de esta forma.
¿Es legal que un sitio web me ofrezca un precio diferente según si estoy en ventana de incógnito o no?
En estos días ha circulado por redes sociales la denuncia de un usuario al que se le mostraron precios diferentes de un curso online según si entraba a la página web que lo ofrecía en modo incógnito o no. Esto es, que entrara directamente o usando la versión un poquito más privada que dan los navegadores y que disimula un poco tu identidad en la red. Preguntaba si es legal: en determinadas circunstancias, sí que lo es.
Este fenómeno tiene nombre y desde tiempo antes que existiera el internet que usamos ahora: discriminación de precios. Consiste en elaborar técnicas que permitan a los comerciantes vender sus productos y servicios al máximo precio que está dispuesto a pagar un consumidor en función de diferentes factores, como su nivel adquisitivo, su lugar de residencia, el momento en el que hace una compra u otro elemento que le caracterice.
Un ejemplo muy común que nos puede sonar a todos es el de los precios de vuelos, del que además hablamos en este artículo: el precio puede variar en función de si lo buscamos desde un país u otro o la antelación con la que lo hagamos. Pero también influyen los rastreadores digitales con los que las aerolíneas (o cualquier empresa) puede detectar si hemos buscado billetes anteriormente o qué tipo de navegación hemos hecho. Entre esos rastreadores están, por supuesto, las cookies, de las que también te hablamos a fondo.
Las técnicas de discriminación de precios que se utilizan en el mundo digital están muy ligadas a los tipos de rastreadores que nos identifican en mayor o menor medida. Los que nos suenan a todos son las cookies porque cada vez que entramos a una página web nos salta esa molesta cajita que tendemos a ignorar presionando directamente “Aceptar todo”. Justo en esa cajita es donde puede estar la clave por la que al entrar en un sitio se nos ofrezca una publicidad u otra o, en este caso, un precio concreto por un producto.
“Esas cookies se guardan en unas plataformas llamadas DMP (plataformas de gestión de datos en español), que pueden ser propias de cada empresa o de terceros, donde se combinan y analizan las asociadas a cada navegador para generar perfiles de cada usuario en función de las webs que visitan”, explica a Maldita.es Ángela Álvarez, cofundadora de MyDataMood. Son datos “pseudoanónimos”: no están asociados a datos que nos identifican como un email, sino que perfilan a los usuarios que usan un navegador y un dispositivo determinado.
Álvarez explica que cuando entramos en una web y aceptamos las cookies, damos visibilidad al navegador sobre quiénes somos: “Le autorizamos a ‘pegarnos’ una cookie y a ir a preguntar al DMP quienes somos”. Con esa información pueden clasificar la navegación que hacemos (y la que ya hemos hecho) y customizar el contenido que nos muestran.
¿Por qué al entrar en modo incógnito nos aparece un precio diferente? Como os explicamos en este artículo, la versión de incógnito de los navegadores no te hace anónimo ni respeta demasiado tu privacidad, pero sí que hace que entres en una página web con un historial más limpio. En esa sesión no habrá cookies de otros sitios web y todas las sesiones que tengas abiertas en diferentes servicios estarán cerradas.
“En las webs en las que, además del traqueo a través de cookies, el usuario está registrado - como Amazon o últimamente en la prensa digital-, el conocimiento sobre el usuario es aún mayor porque los datos de navegación/comportamiento digital, se asocian a una cuenta con datos personales”, añade Álvarez.
En este caso, Álvarez explica que las plataformas que se utilizan ya no son DMP sino de CDP (Customer Data Platform o plataforma de datos de consumidores en español), que combinan el perfil que facilitan las cookies con la información declarativa proporcionada en los registros. A la hora de mostrar un anuncio o un servicio concreto, el sistema consulta ese CDP, identifica al perfil del usuario y se decide cómo se customiza el contenido, ya sea en un sitio web, una aplicación o incluso en el correo.
Muy bien, sabiendo esto, ¿podemos decir que es legal o no? Esto lo explican también desde MyDataMood en este artículo: puede ser una práctica legal según el caso y cómo se esté aplicando la discriminación de precios. Por ejemplo, la Unión Europea dice que no está permitida en base a la nacionalidad de una persona, pero sí por “criterios objetivos”.
Un minutito más
No somos técnicos o ingenieros pero contamos con mucha ayuda de personas que son expertas en su campo para resolver vuestras dudas. Tampoco podemos deciros qué servicio usar o dejar de usar, solo os informamos para que luego decidáis cuál queréis usar y cómo. Porque definitivamente, juntos y juntas es más difícil que nos la cuelen.
Si tenéis cualquier duda sobre esta información o cualquier otra relacionada con la manera de la que te relacionas con todo lo digital, háznosla llegar:
En este artículo ha colaborado con sus superpoderes el maldito Jorge Louzao.
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