En otras ocasiones os hemos contado qué hacer si alguien ha distribuido por redes sociales un contenido subido por mí y se ha hecho viral y también cuándo están obligadas a retirar algo si lo pide su autor, pero este caso concreto entra en un saco diferente, al menos en España. Si ves o te enteras de que alguien ha subido una foto o un vídeo íntimo de ti o con carácter sexual, no tienes que lidiar con la red social en cuestión si no quieres, sino que puedes acudir a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
En 2019, la AEPD abrió lo que llamó un “Canal prioritario” para solicitar la retirada exprés y urgente de material “sensible”. Es decir, fotos y vídeos de carácter sexual difundidos sin la autorización de la persona que aparecía en las imágenes o que muestran agresiones.
La idea es que la Agencia actúa de intermediaria pidiéndole directamente a las operadoras y proveedores de servicios en Internet (Facebook, Google o Twitter, por ejemplo) la retirada urgente del contenido, de modo que el proceso no se alargue eternamente.
¿Cómo funciona y qué tengo que aportar?
Se puede acceder al canal a través de este enlace, donde te dan la opción de hacer el proceso de forma electrónica o con soporte en papel. En el primer caso, necesitaremos tener firma electrónica (Cl@ve pin). Se deben describir con el mayor grado de detalle las circunstancias en las que se han difundido sin consentimiento las imágenes: ¿es víctima de violencia de género? ¿Se la ha discriminado por su orientación sexual, su procedencia o porque tiene alguna discapacidad? ¿Es menor?
En el caso de ser menor de 14 años, es el padre o madre quien tiene que hacer la solicitud, pero antes, la AEPD tiene un apartado específico para que los menores se pongan en contacto con ella: se accede en este enlace.
También se deben adjuntar direcciones web por las que se está difundiendo (copiar y pegar el enlace de la página web) o identificar a las personas que lo están compartiendo en sus redes sociales. Además, hay que especificar si ya se ha tratado de denunciar por otras vías, por ejemplo ante la policía, o si has tratado de ponerte en contacto antes con la red social o plataforma en cuestión.
Si tienes documentación que crees que podría ser relevante, por ejemplo capturas del servicio por el que se están difundiendo las imágenes o incluso del dispositivo en cuestión, también se pueden adjuntar.
¿Cómo sigue el procedimiento?
Una vez hecho todo esto, la Agencia atenderá la petición con prioridad y después determinará si ordena a las plataformas involucradas que retiren el contenido. Además, si tienen indicios de que se haya producido un delito, lo comunican a la Fiscalía. Llegados a este punto, se comunicarían contigo, pero para ir siguiendo la denuncia a través del “Canal prioritario” hay que darse de alta en la “carpeta ciudadana (también con Cl@ve).
Una cosa importante de este mecanismo es que no tiene que ser necesariamente la víctima la que haga la denuncia, sino que puede hacerlo cualquier persona a la que le llegue una foto o vídeo de estas características y tenga constancia de que se ha difundido sin permiso.
La AEPD también enumera una lista de enlaces a los cuáles podemos acceder para hacer una petición similar a las principales plataformas y redes sociales, en caso de que queramos probar por esa vía: Bing, Blogger, Dailymotion, Facebook, Flickr, Google, Instagram, Snapchat, Tumblr, Twitter, WordPress, Youtube.
Primera fecha de publicación de este artículo: 24/07/2020.
Primera fecha de publicación de este artículo: 03/10/2020