¿Una okupa en País Vasco recibe 500 euros de ayuda por tener un hijo, su marido trabaja en Francia para recibir 1200 euros más y el Estado le paga los recibos por no tener trabajo?
Este contenido ha sido enviado por usuarios y aún no ha sido investigado por el equipo de Maldita.es.
Puedes colaborar aportando pistas.
«Una okupa en País Vasco recibe 500 euros de ayuda por tener un hijo, su marido trabaja en Francia para recibir 1200 euros más y el Estado le paga los recibos por no tener trabajo»
Este contenido ha sido enviado por usuarios y aún no ha sido investigado por el equipo de Maldita.es
Community Clues
Community clues:
- En el vídeo difundido una mujer acusa a su supuesta “okupa” de cobrar diversas prestaciones sociales a pesar de que tanto ella como su marido estarían trabajando. Desde Maldita.es estamos intentando contactar con la inquilina. También hemos contactado con Cáritas Vitoria, organización que señalan en los contenidos por supuestamente prestarle ayuda, pero a 28 de octubre de 2025 no hemos obtenido respuesta.
- Aunque no hemos podido verificar de manera independiente qué ayudas podría estar recibiendo la mujer del vídeo, existen diferentes prestaciones sociales para personas en situación de vulnerabilidad económica en el País Vasco.
- La Renta Garantizada de Ciudadanía (RGI), mencionada en el vídeo, es una prestación mensual para familias que no disponen de recursos suficientes para cubrir sus necesidades básicas [https://bit.ly/47Fs5Wk].
- Entre los requisitos para acceder a esta ayuda se encuentra estar en situación de necesidad económica y haber solicitado todas las demás prestaciones públicas a las que se pudiera tener derecho. Además, como norma general, se exige empadronamiento y residencia efectiva de manera continuada en el País Vasco durante, al menos, los 3 años anteriores a la solicitud de la prestación.
- En 2025, para unidades de convivencia como la que se menciona en el vídeo, formadas por dos adultos y un niño, la cuantía máxima es de 1.308,37 euros.
- Los beneficiarios de la RGI también pueden acceder a una Prestación Complementaria de Vivienda (PCV), dirigida a cubrir los gastos del alquiler. La cuantía máxima es de 250 euros mensuales, sin posibilidad de aumento [https://bit.ly/49kUp1r].
- Las Ayudas de Emergencia Social (AES) son otras prestaciones no periódicas destinadas a unidades de convivencia sin recursos suficientes para cubrir ciertos gastos, como el alquiler, suministros, reparaciones en la vivienda, etc. En función del uso del dinero, se estipula una u otra cuota máxima [https://bit.ly/3JsWqy6].
- Tanto la RGI como las AES son compatibles con obtener ingresos laborales [https://bit.ly/4o9KC35].
Report clue
You are about to report a clue for not complying with the terms of use. The report will be manually reviewed by our team.