La renta garantizada de ciudadanía (RGC) es una prestación económica de la Generalitat de Cataluña que busca "asegurar los mínimos de una vida digna a las personas y unidades familiares que se encuentran en situación de pobreza". Sabemos que en otras regiones existen ayudas similares, pero nosotros aquí hablaremos sólo de la catalana.
Entró en vigor en julio de 2017, y desde entonces han estado circulando algunos bulos que aseguraban que las ayudas eran exclusivas para inmigrantes. Por ejemplo, este tuit en el que se dice que la RGC se abona "de forma indefinida a todos los musulmanes, refugiados y mujeres que denuncien violencia de género".
No es cierto.
La RGC no distingue entre religiones
El tuit asegura que "todos los musulmanes" son beneficiarios de la RGC, pero la realidad es que la ayuda no se da en base a la fe religiosa de los solicitantes.
Hemos revisado la Ley 14/2017, de 20 de julio, por la que se regula la renta garantizada y en ningún punto se distingue entre religiones ni se dice que "todos los musulmanes" por el simple hecho de serlo tengan acceso a la ayuda.
Además, nos lo han desmentido desde el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias.
Los españoles sí tienen derecho a la RGC
En el bulo también se dice que a los españoles se les deniega el acceso a la RGC "aunque no dispongan de ningún ingreso". No es cierto.
En los requisitos para percibir la asignación no se dice que sea necesario ser extranjero. De hecho, el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias nos confirma que el 70% de los beneficiarios de la RGC son españoles.
Tampoco se da a todas "las mujeres que denuncien violencia de género"
La ley establece que las mujeres que "tienen legalmente reconocida la condición de víctima de violencia machista en el ámbito del hogar adquieren automáticamente la titularidad de la prestación, siempre que tengan derecho a la misma".
Le hemos preguntado al Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias si eso significa que las mujeres que denuncien por esta causa obtendrán directamente la ayuda, y nos dicen que no basta con eso.
"Para acreditar la violencia de género" es necesaria también una "sentencia judicial y / o informe social de la entidad, centro de atención a la mujer (CAID) –por sus siglas en catalán– o Servicios Sociales básicos, donde se esté haciendo seguimiento del su caso".
La RGC no se da a "todos los refugiados"
No es verdad que "todos los refugiados" perciban la renta garantizada de ciudadanía, como se dice en el tuit. La ley establece que las personas refugiadas tienen que cumplir con los requisitos generales de la ayuda, con algunas especificidades como haber residido al menos un año de forma legal en Cataluña y participar en un "plan individual de actividades" en su municipio.
¿Es la renta garantizada "indefinida"?
Ya os contamos en otro desmentido sobre la RGC que el beneficiario de esta ayuda tiene que estar inscrito en el Servicio Público de Ocupación de Cataluña y que perdería el derecho a la renta en caso de rechazar "una oferta de trabajo adecuada".
Nos lo dice el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, desde donde nos aseguran que en la RGC "no hay un límite temporal" pero que "en la práctica" es improbable que se reciba la ayuda de forma vitalicia al estar ligada a la inserción laboral.