Están circulando titulares de medios de comunicación y comentarios en redes sociales que aseguran que "el DNI para mascotas" entró en vigor el pasado 5 de enero y que, por lo tanto, ya está en funcionamiento. Es un bulo. El 5 de enero entró en vigor la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, sobre el régimen jurídico de los animales, pero en ella no se establece la puesta en marcha de un documento de identidad para los animales de compañía. Los contenidos hacen referencia al texto del anteproyecto de la Ley de de Protección y Derechos de los Animales, que todavía no está aprobada.
La Ley sobre el régimen jurídico de los animales no establece la obligatoriedad de un "DNI" para animales de compañía
Como decimos, se han publicado titulares como estos, que afirman que el documento de identidad para animales de compañía ya sería obligatorio: "DNI para animales de compañía desde este miércoles", "Todo lo que debes saber sobre el DNI para animales que entra en vigor este miércoles" o "el DNI animal obligatorio para perros y gatos que ya está en vigor".
Estos contenidos y otros que circulan en redes sociales afirman que esta medida ha entrado en vigor "este miércoles". Se refieren al pasado 5 de enero, cuando entró en vigor la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales.
Sin embargo, esa ley, a partir de la cual comienza a considerarse legalmente a los animales como "seres vivos dotados de sensibilidad" o "seres sintientes" en lugar de "cosas", no menciona la obligatoriedad de un documento acreditativo para los animales de compañía.
La Ley de Protección y Derechos de los Animales todavía no está aprobada
El borrador del anteproyecto de la Ley de Protección y Derechos de los Animales, del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, sí recoge la creación de un Sistema Estatal de Registros para la Protección Animal (artículo 9) y, con él, un Registro Nacional Animales de Compañía. Según se puede leer, debe inscribirse "cualquier animal de compañía que, conforme a lo dispuesto en esta ley o en las disposiciones normativas de las comunidades autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla, dispongan de cualquier sistema de identificación".
En este boletín de actividades del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 podemos leer que el Sistema Estatal de Registros para la Protección Animal "supone un paso fundamental para la creación de un DNI animal". En el borrador del anteproyecto también se puede leer que corresponde a este Ministerio, a través de la Dirección General de Derechos de los Animales, "el establecimiento de los criterios mínimos con los que deben contar los sistemas de identificación de animales de compañía en todo el territorio nacional".
Sin embargo, se trata del borrador del anteproyecto de una Ley que todavía no ha sido aprobada, por lo que no se ha puesto en marcha.
Desde el Colegio Oficial de Veterinarios de Sevilla han emitido un comunicado en el que afirman que las publicaciones sobre este supuesto "DNI animal" son "erróneas". Añaden que la entrada en vigor de la Ley sobre el régimen jurídico de los animales el 5 de enero no tiene "relación alguna con la entrada en vigor de un supuesto DNI animal u otra normativa de ámbito Europeo, Nacional y Autonómico relacionado con algún método de Identificación Animal".
En definitiva, es un bulo que el 5 de enero de 2022 entrase en vigor el "DNI para mascotas": la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, sobre el régimen jurídico de los animales no establece la obligación de este documento de identidad para los animales de compañía.
Primera fecha de publicación de este artículo: 10/01/2022