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MALDITA EXPLICA

Fechas clave para votar por correo desde España y desde el extranjero en las elecciones europeas de 2024

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Claves
  • Los ciudadanos residentes en España pueden solicitar el voto por correo hasta el 30 de mayo y entregarlo en Correos antes del 7 de junio de 2024 a las 14h
  • Las personas que residan de forma temporal en el extranjero (voto ERTA) deben solicitar el voto a través de un impreso oficial en la oficina consular y podrán enviarlo por correo certificado hasta el 5 de junio de 2024
  • Los electores que residan de forma permanente en el extranjero (voto CERA) recibirán la documentación electoral en su dirección postal y podrán votar presencialmente entre el 1 y el 6 de junio o por correo certificado hasta el 4 de junio de 2024

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El domingo 9 de junio se celebran las elecciones europeas en España. En esos comicios podrán votar desde España todos los ciudadanos con derecho a voto que estén en el censo electoral cerrado a 1 de febrero de 2024 y que recoge el Instituto Nacional de Estadística. A diferencia de otras elecciones, en las europeas los ciudadanos de otros países miembros de la UE pueden votar y presentarse en España sin contar con la nacionalidad española.

Te contamos cuál es el procedimiento para solicitar el voto por correo, los plazos que existen y cómo funcionan estos dos sistemas para que las personas que viven temporal o permanentemente fuera de España puedan participar en las elecciones al Parlamento Europeo.

Voto por correo desde España: los electores podrán enviar las papeletas hasta el 7 de junio a las 14h

Para emitir el voto por correo desde España el elector debe cumplir tres pasos: solicitar el voto, recibir la documentación electoral y emitir el voto. Estas son las fechas clave para el voto por correo en las elecciones europeas de 2024:

  • Plazo para solicitarlo: desde el 16 de abril hasta el 30 de mayo de 2024.

Es imprescindible obtener el certificado de inscripción en el censo electoral. La obtención de este certificado podrá tramitarse hasta el 30 de mayo, bien a través de la página web de Correos o presencialmente en cualquier oficina.

Los ciudadanos habilitados para votar podrán solicitarlo de forma telemática en la web de Correos, a través de su página web. En este caso, es necesario disponer de certificado digital o DNI electrónico, además de tener instalado en el ordenador Autofirma (para comprobar la identidad del solicitante). Únicamente pueden presentar la solicitud telemática los electores que residen en España y los electores residentes en el extranjero que se encuentren temporalmente en España (votante CERA que esté en España durante el período electoral).

También se puede solicitar el voto de forma presencial en cualquier oficina de Correos de España. Es un trámite que se realiza en nombre propio, por lo que no es posible que lo haga nadie en tu lugar: excepto en caso de enfermedad o discapacidad (en este caso, el elector puede autorizar a otra persona). En el momento de formular la solicitud, es necesario aportar el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales. Correos permite pedir cita previa a través de la app, la web de Correos o en la oficina virtual.

Si cumple con todos los requisitos, el elector que ha solicitado el voto por correo recibirá, en la dirección postal que haya indicado en la solicitud, la documentación necesaria para finalizar el trámite (las papeletas y los sobres electorales, el certificado de inscripción en el censo y un sobre en el que aparecerá la dirección de la mesa donde le corresponde votar).

Una vez recibida esta documentación, el solicitante debe escoger la papeleta del voto, introducirla en el sobre, cerrarlo y entregarlo en Correos antes del 7 de junio de 2024 a las 14h. 

Plazos y procedimiento para emitir el voto por correo desde el extranjero

También pueden solicitar el voto por correo desde el extranjero los ciudadanos españoles que residan en el extranjero de forma temporal (voto ERTA) y de forma permanente (voto CERA). Estas son las fechas clave para el voto desde el extranjero de las elecciones europeas de 2024:

Otras cosas que debes saber del voto por correo para que no te la cuelen con bulos y desinformaciones

El voto por correo es un tema que se utiliza frecuentemente para fomentar la desinformación durante procesos electorales. Surgen bulos y desinformaciones sobre supuestos “pucherazos” y fraudes electorales con este sistema. Así sucedió en las elecciones generales y autonómicas del 23 de julio de 2023. Recopilamos algunas claves sobre el funcionamiento de este sistema para que no te la cuelen en las elecciones europeas del próximo 9 de junio:

  • Correos conserva toda la correspondencia dirigida a las mesas electorales hasta el día de la votación. El 9 de junio, trasladará los sobres con los votos a la mesa que corresponda a cada caso, desde las 9 horas y hasta las 20 horas.

Los votos emitidos desde el extranjero se cuentan cinco días después de las elecciones, en el recuento definitivo.

* Actualización el 31 de mayo de 2024 para añadir una ampliación del plazo de depósito del voto por correo hasta el 7 de junio.


Primera fecha de publicación de este artículo: 17/04/2024

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