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MALDITA EXPLICA

¿Qué medidas se han tomado para evitar que la documentación electoral robada en Melilla sirva para votar por correo?

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Claves
 
  • Tras los robos a carteros en Melilla, los sobres electorales sustraídos se anularon al suprimir el código identificativo único que tiene cada sobre en el que se tiene que entregar el voto
  • Si una persona trata de entregar un sobre que ha sido anulado en una oficina, saltará el aviso y será detenida, según la Delegación del Gobierno en Melilla
  • De cara al 28M, se han tomado medidas excepcionales con el voto por correo: entre ellas es obligatorio que quienes voten por correo en los comicios de Melilla presenten su DNI
 
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Tras las irregularidades denunciadas por las autoridades en Melilla y los robos a carteros, han surgido dudas sobre cuáles son las garantías del voto por correo. ¿Cómo se ha evitado que esos votos puedan ser finalmente emitidos? Los sobres en los que se introduce el voto están identificados con un número único, que se verifica en las oficinas de Correos cuando una persona va a depositar su voto. Tras el robo, Correos ordenó la anulación de esos números de identificación y expidió duplicados de los sobres con toda la documentación electoral con números de identificación. Este mismo trámite se activó tras el robo de unas 28 papeletas en Almería.

El voto por correo consta de tres pasos (solicitud, recepción y entrega). La identificación con DNI o pasaporte es obligatoria en los dos primeros. En el caso de Melilla, se robaron sobres y, al no haberse entregado la documentación electoral a los votantes, esa doble identificación, durante la solicitud y la recepción, no ocurrió. Al no haberse realizado la entrega, se han podido anular los códigos de los sobres robados. La Junta Electoral Central ha ordenado excepcionalmente en estas elecciones que los electores de Melilla también sean identificados con el DNI o el pasaporte cuando van a depositar su voto en las oficinas de Correos en toda España.

Si quieres saber más sobre cómo funciona la seguridad del voto por correo, en este artículo te contamos con detalle las medidas que garantizan la seguridad del voto por correo.

Los sobres robados en Melilla han sido anulados

La documentación electoral que entrega un cartero consta de varios elementos: un sobre de envío a la mesa electoral con el número de identificación único; el certificado de inscripción del censo electoral; y los sobres y las papeletas de votación de cada elección en la que puede participar y que serán introducidos posteriormente en las urnas cuando cierren los colegios electorales y comience el recuento de votos.

Ejemplo de los códigos de identificación únicos anonimizados del certificado de inscripción y del sobre de envío a la mesa electoral.

En el caso de Melilla, tanto la Delegación del Gobierno en la ciudad como Correos han puesto en marcha medidas adicionales para garantizar que los votos robados puedan ser emitidos. La Delegación del Gobierno en Melilla explica a Maldita.es que “cada voto por correo tiene un sobre con una referencia numérica única”. “Al ir a votar una persona con ese voto, anulado tras los asaltos a los carteros, unos votos por correo que están identificados y referenciados, salta. Y como hay un agente de Policía en la oficina, en caso de que se intente emitir, se procederá a la detención de esa persona”, indica la Delegación del Gobierno.

La Delegación del Gobierno indica a Maldita.es que la anulación de los sobres robados es el procedimiento habitual de Correos. “En este caso, la sustracción fue denunciada por la Policía Nacional, que lo puso en conocimiento de Correos. Los números de identificación fueron anulados y se procedió a emitir de nuevo los sobres”.

En paralelo a esa decisión, la Delegación del Gobierno en Melilla y Correos habían solicitado previamente a la Junta Electoral Central (JEC) que se pidiera la identificación también en el tercer paso de la emisión del voto. La JEC emitió el 10 de mayo un acuerdo tras la comunicación por parte de Correos y la Delegación del Gobierno en Melilla de la sustracción de documentación electoral en el que rechazaba esa solicitud.

En ese acuerdo, la JEC indicaba que las documentaciones electorales sustraídas habían sido anuladas mediante el bloqueo de los respectivos códigos identificativos. “Lo cual impide que puedan ser admitidas por ninguna oficina del territorio nacional, quedando así imposibilitada una posible utilización ilegítima de esa documentación para votar”, indica el acuerdo de la JEC.

Captura de pantalla del acuerdo de la Junta Electoral Central sobre el robo de votos a carteros en Melilla.

La Junta Electoral explica cuáles son los procedimientos adicionales que se han puesto en marcha para asegurar la garantía de los votos:

  1. La Oficina del Censo Electoral ha emitido duplicados de los votos para los electores afectados. Estos duplicados serán los únicos válidos para su admisión por las oficinas de Correos.
  2. Las mesas afectadas contarán con un listado que refleje los duplicados emitidos, como herramienta adicional para controlar una posible utilización ilegítima de las documentaciones sustraídas.
  3. Se ha comprobado que los sobres dirigidos a mesas electorales (cuya tramitación corresponde a las oficinas de correos) no se corresponden con ninguna de las documentaciones electorales sustraídas.

La documentación electoral no es válida si no llega a entregarse a los electores

El procedimiento de voto por correo tiene tres pasos: la solicitud del voto a través de Correos; la entrega de la documentación electoral para emitir el voto por un cartero o acudiendo a una oficina de Correos; y la entrega del voto en una oficina para ser remitido por correo certificado. En Maldita.es ya hemos explicado todas las claves de cómo es el procedimiento de voto por correo.

La ley electoral establece que la identificación del elector mediante su documentación personal (DNI o pasaporte) es obligatoria en los dos primeros pasos (la solicitud y la entrega por parte del cartero). El personal de Correos debe comprobar en la entrega que la documentación coincide con la solicitud que tiene registrada la Delegación de la Oficina del Censo Electoral. Una persona puede solicitar el voto por correo de otro elector si acredita con un certificado médico oficial la situación de enfermedad o discapacidad y esa persona está autorizada notarialmente o consularmente, según Correos.

En el tercer paso, la emisión del voto en una oficina para ser remitido por correo certificado, no es necesaria la identificación con el DNI del elector como ya hemos explicado en Maldita.es. Aunque de manera excepcional, y solo para el caso de las elecciones de Melilla por las sospechas de fraude, la Junta Electoral Central ha acordado exigir el DNI o el pasaporte para entregar el sobre certificado en las oficinas en estas elecciones en toda España. El elector será identificado en todos los pasos del proceso del voto por correo.

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