¿Qué pasa si nuestro jefe nos llama durante las vacaciones? ¿O si tenemos una llamada perdida de un cliente? En España, todos los trabajadores pueden ejercer su derecho a la desconexión digital durante los días de descanso, es decir, de desconectar de los dispositivos digitales del trabajo sin consecuencias. Es un derecho protegido por la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los Derechos Digitales, el Estatuto de los Trabajadores y la Ley de Trabajo a Distancia.
Sin embargo, puede haber excepciones. Los casos de “fuerza mayor” podrían justificar un contacto, aunque deben estar descritos en los protocolos de desconexión laboral o suponer un grave riesgo para la empresa. Según las expertas consultadas por Maldita.es si nos escriben o llaman sin justificación suficiente, podemos acudir a la representación legal de los trabajadores de la empresa. Si la empresa no tiene una o persiste en su comportamiento, podemos denunciarlos a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, donde pueden enfrentar multas desde los 751€ hasta los 7.500€, dependiendo de la gravedad del caso.
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¿Qué dice la ley sobre la desconexión digital en vacaciones?
¿Tenemos que contestar una llamada o mensaje del trabajo durante vacaciones?
¿Qué pasa si nuestra empresa no tiene un protocolo de desconexión laboral?
¿Qué podemos hacer si nos contactan durante nuestro descanso?
¿Qué dice la ley sobre la desconexión digital en vacaciones?
En España, nuestro derecho a desconectar de los dispositivos digitales del trabajo fuera de la jornada laboral, sin sufrir ninguna consecuencia, está protegido por la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los Derechos Digitales (LOPD-GDD). El artículo 88 incluye explícitamente las vacaciones entre el tiempo a ser protegido: “los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar”.
El derecho a la desconexión digital en vacaciones y fuera de nuestra jornada laboral también se reconoce en el artículo 20.bis del Estatuto de los Trabajadores y en el artículo 18 de la Ley de Trabajo a Distancia, para aquellas personas que teletrabajan. Además, está contemplado en el artículo 7.5 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social y su incumplimiento es una “infracción grave” que puede suponer multas (revisa este apartado).
¿Tenemos que contestar una llamada o mensaje del trabajo durante vacaciones?
En general, no, aunque hay excepciones. Según la LOPD-GDD, no estamos obligados a contestar ningún tipo de mensaje o llamadas durante nuestro tiempo de descanso. “Las personas trabajadoras no tienen obligación de contestar o atender comunicaciones de la empresa, ya sean superiores, compañeros o clientes e incluso pueden desconectar los dispositivos que les haya facilitado la empresa”, detalla Teresa Marcos, inspectora de Trabajo y Seguridad Social y maldita que nos ha prestado sus superpoderes.
“Si alguien inicia un contacto, la persona trabajadora puede ignorarla hasta el inicio de su jornada laboral o la reanudación de la prestación de servicios”, explica Cristina Férnandez, especialista en Derecho Laboral y también maldita que nos ha prestado sus superpoderes. En el caso de las vacaciones, podríamos atender la consulta cuando regresemos a nuestras funciones después de los días de descanso.
La única excepción son los casos de fuerza mayor o urgencia muy grave, que deben estar definidos en el protocolo de desconexión laboral del lugar de trabajo o implicar un peligro real para la empresa. Este protocolo es un acta preparada por la empresa junto a la representación legal de los trabajadores que recoge, de forma concreta y justificada, las situaciones excepcionales en las que los trabajadores deben estar localizables. “La empresa podrá contactar contigo siempre que existan causas justificadas que impliquen un grave riesgo o un potencial perjuicio para la empresa, y es preciso adoptar medidas para evitarlo”, explica Fernández.
¿Qué pasa si nuestra empresa no tiene un protocolo de desconexión laboral?
En España, la LOPD-GDD determina que empresarios y sindicatos tienen que negociar una definición de desconexión tecnológica. Sin embargo, los expertos afirman que si no hay acuerdo, igualmente puedes disfrutar de este derecho y tener unas vacaciones desconectadas. “El ejercicio del derecho no depende de la existencia de esa política interna o de la regulación colectiva. La labor de la negociación y de la política interna es la de facilitar el ejercicio del derecho, no la de condicionarlo”, aclaró Luis Antonio Fernández Villazón en conversación con Maldita.es.
Si no hay protocolo, la especialista Cristina Fernández recomienda consultar el convenio colectivo por si hubiera algún apartado sobre la materia, aunque “a día de hoy existen pocos convenios colectivos que doten de contenido o especifiquen algo más de lo que ya viene dispuesto en la norma”, analiza.
¿Qué podemos hacer si nos contactan durante nuestro descanso?
“Si la empresa vulnera tu derecho a la desconexión digital, lo primero es llamar a la calma y pedirles respetar tu descanso laboral”, explica Fernández. Las expertas consultadas por Maldita.es recomiendan contactar con la representación legal de los trabajadores para hacer valer el protocolo. “En el caso de que no haya o la empresa persista en su comportamiento, se podrá acudir a la Inspección del Trabajo”, afirma Marcos.
Esto se debe a que el incumplimiento de nuestro derecho a la desconexión digital supone una “infracción grave” según el artículo 7.5 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social y puede suponer multas de 751 a los 1.500 euros en su grado mínimo, de 1.501 a 3.750 euros en su grado medio, y, por último, de 3.751 a 7.500 euros en los casos más graves.
¿Cómo podemos construir hábitos digitales más saludables?
Por fin de vacaciones… ¿y no podemos dejar de mirar el correo del trabajo? Algunos trabajadores pueden encontrar problemas a la hora de desconectar totalmente de sus rutinas laborales. Para hacer frente a ello, podemos construir hábitos digitales más saludables. En este artículo, los expertos recomiendan:
Actuar distinto: en ocasiones desarrollar hábitos digitales saludables no está en nuestras manos y nos vemos condicionados por nuestro entorno o circunstancias sociales, como el trabajo. En lugar de que la culpa nos paralice, podemos pensar cuál es nuestro poder de acción y ver en qué áreas podemos actuar.
Plantear nuestros objetivos en positivo: establecer metas cortas, acotadas y medibles. En lugar de proponernos “no voy a usar el móvil”, es mejor cambiar el enfoque a “voy a pasar más tiempo de calidad con mis amigos”.
Hacer una “limpieza digital”: poco a poco podemos quitar las notificaciones, desinstalar las apps que nos roben más tiempo y apartar el móvil de algunos ámbitos de nuestra vida.
Ser conscientes sobre quiénes ganan con nuestro comportamiento digital: algunas empresas se valen del diseño de la experiencia de usuario (como los patrones adictivos) para retener nuestra atención o que volvamos a abrir alguna aplicación. Ser más conscientes de estas conductas nos ayuda a no caer en ellas.
Comunicar los cambios a nuestro círculo social: no sólo evitará que perdamos el contacto con ellos, sino que puede ser un aliciente para que alguien nos acompañe en este camino.
En este artículo ha colaborado con sus superpoderes la maldita Teresa Marcos, inspectora de Trabajo y Seguridad Social, y la maldita Cristina Fernández, especialista en Derecho Laboral y discriminación.
Teresa Marcos y Cristina Fernández forman parte de Superpoderosas, un proyecto de Maldita.es que busca aumentar la presencia de científicas y expertas en el discurso público a través de la colaboración en la lucha contra la desinformación.
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Primera fecha de publicación de este artículo: 23/07/2024