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Pagos a través de código QR: cómo funciona esta tecnología y qué derechos y opciones tenemos a la hora de pagar en un restaurante

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Primero fue el trueque, luego los metales preciosos, después las primeras monedas acuñadas, las tarjetas de crédito… hasta esa transferencia rápida mágica llamada Bizum (una alternativa válida y que no tiene por qué afectar a tu privacidad). El dinero ha evolucionado a lo largo de la historia de la humanidad, y ahora empezamos a encontrar una nueva manera de pagar, en este caso en los restaurantes: el código QR.

Esta tecnología volvió a popularizarse a raíz de la pandemia y ahora estamos bastante acostumbrados a utilizar estos códigos para leer cartas en bares, extraer una clave wifi o como identificador de nuestros billetes de viaje. En Maldita.es ya os hemos explicado cómo funcionan los códigos QR y cómo nos llevan a la información que queremos ver, y también si pueden colarnos un virus o archivos maliciosos en el móvil escaneando uno.

Vamos a ver en detalle cómo funciona el que se utiliza para pagar en los restaurantes y qué implicaciones puede tener para la protección de nuestros datos personales.

Una nueva opción de pago en la que tenemos que facilitar datos personales que se usarán para marketing personalizado

En este nuevo modelo de pago, en el mismo QR en el que el lugar de restauración nos facilita la lectura de la carta, también tenemos incluida la opción de pagar. Pero para utilizar el sistema es necesario dar nombre, apellido, fecha de nacimiento y correo electrónico, y la tarjeta de crédito (como si hiciéramos un pago online).

“Un QR es una forma efectiva de llevar un móvil a una URL, así que aquí puede haber la seguridad inherente a internet o la misma problemática si la hubiera. Lo que ocurre después de ese QR es que se produce un diálogo entre nuestra plataforma y la ‘caja registradora’. Dentro utilizamos pasarelas de pago robustas que están siendo utilizadas por las principales marcas y se adhieren a altos estándares de seguridad”, explica Carlos Gómez, cofundador y CEO de Cheerfy, una de las primeras empresas que está posibilitando este tipo de pago a un medio centenar de locales en España.

El servicio incluye una red wifi a la que los clientes pueden conectarse (en Maldita.es ya os hemos hablado sobre las ventajas y desventajas de conectarse a una wifi pública), pero para hacerlo hay que aceptar la recepción de publicidad, como explica elDiario.es con el ejemplo de uno de los restaurantes en los que ya se ha implementado.

Entonces, el cliente paga de manera rápida y directa sin tener que llamar al camarero (entras al QR y puedes elegir si quieres pagar la cuenta completa o dividirla entre los comensales), pero, ¿qué gana el establecimiento? “El fin es que las marcas de restauración puedan desarrollar una relación que mejora la experiencia global al aglutinar todas las experiencias y crear un plan de fidelización. Por ejemplo, email marketing para que recibas información personalizada que pueda ser relevante, como regalos por tu cumpleaños o descuentos si hace tiempo que no vienes al local”, detalla Gómez.

En los Términos y Condiciones de esta compañía, se especifica que se permite que el cliente “participe en programas de fidelización, reciba obsequios personalizados y, en general, reciba comunicación e información de marketing que se adapte a los intereses individuales del usuario final en la medida de lo posible”.

Puedes darte de baja, pero atención a los términos y condiciones y políticas de privacidad para revisar qué se hace con tus datos personales

Claro, pero para todo esto, hacen falta datos: los que hemos dado a la hora de pagar y registrarnos. En la Política de Privacidad se detallan todos los datos que recopila esta aplicación, así como los términos de divulgación de datos personales. Por ejemplo, “la información básica del perfil y la información del dispositivo se compartirá con cada negocio que visites y sus negocios afiliados”.

Puede parecernos interesante recibir publicidad y servicios personalizados, pero ¿es obligatorio que, simplemente por pagar, después estemos suscritos a todas esas comunicaciones? El CEO contesta que es “opcional”: “Hay comunicaciones digitales inherentes al servicio, como recibir el ticket digital, pero si no quieres el resto de servicios, por supuesto te puedes dar de baja y romper el vínculo en este sentido. Todo esto está adherido al Reglamento General de Protección de Datos”. En los Términos y Condiciones de la compañía, se menciona respecto a esto que “permanecerán en vigor hasta que el usuario se dé de baja de los servicios a través de los websites o correo electrónico”.

¿Cómo podemos darnos de baja si hemos usado este servicio y solo queríamos pagar en el restaurante? Hay dos formas: “Señalar que queremos dejar de recibir las comunicaciones, y también podemos pedir que borren nuestros datos”, explica Gómez. En la Política de Privacidad se detalla cómo solicitar este borrado de los datos y se apostilla que, “en caso de que los datos personales sean tratados por terceros, la solicitud de rectificación, borrado o limitación del tratamiento también será reenviada a dichos terceros a menos que esto resulte imposible o implique un esfuerzo desproporcionado”.

En cualquier caso, este es solo un caso concreto y es posible que los servicios de pago mediante QR sigan creciendo. Desde Maldita.es te recomendamos que, antes de acceder a este tipo de servicios, siempre compruebes por ti mismo los términos y condiciones y la política de privacidad de cada aplicación, para poder tomar tu propia decisión.

¿Estoy obligado a utilizar el pago con QR en un restaurante o puedo reclamar el pago con tarjeta? ¿Qué pasa con el efectivo?

Y ahora, la pregunta del millón que más nos habéis hecho. ¿Puede un restaurante obligarme a pagar a través de un código QR? ¿Puedo exigir el pago con tarjeta? Nos ayuda a resolver estas dudas Raquel Duque, vocal y responsable de comunicación de la Asociación Española de Derecho de Consumo.

“Por debajo de 1.000 euros, los establecimientos están obligados a coger el dinero en efectivo tras la entrada en vigor de la reforma de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios el pasado 28 de mayo de 2022. Cualquier pago de más de 1.000 euros es obligatorio hacerlo de forma digital”, explica Duque.

Duque explica que si el comercio solo da la opción de pagar con tarjeta (o de otra manera digital), podría exponerse a una sanción de entre 150 y 10.000 euros. Y especifica que este incumplimiento se recoge como una infracción en materia de consumo, es decir, es un derecho como consumidor.

Por otro lado, también es obligatorio ofrecer una alternativa digital al efectivo en pagos superiores a 30 euros, explica Duque. En este caso, “que un restaurante incumpla mi derecho a pagar con alternativas a efectivo es una infracción en materia fiscal”. Esta alternativa puede ser con tarjeta y datáfono, por bizum, por transferencia bancaria… o con los nuevos pagos por QR. “El uso del QR va en la misma línea que los pagos con tarjeta, pero aún no está tan instaurado como para que se recoja específicamente en ninguna normativa”, detalla Duque.

En resumen, como consumidor en España tienes derecho a pagar hasta 999 euros con efectivo y a pagar desde 30 euros con medios alternativos a efectivo (transferencias, tarjeta, apps, código QR…), pero no específicamente con ninguno en concreto. Es decir, no puedes exigir el uso de datáfono para pagar con tarjeta, el restaurante puede ofrecerte cualquier opción alternativa al efectivo, como el pago con QR.

En cualquier caso, recuerda siempre seguir las recomendaciones de la Oficina de Seguridad del Internauta para escanear códigos QR de manera fiable y segura.


Primera fecha de publicación de este artículo: 19/08/2022

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