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MALDITO BULO

La ley trans y los términos ‘madre’ y ‘padre’: no se eliminan ni cambian por ‘progenitor gestante’ o ‘no gestante’ del Código Civil sino que conviven

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Claves
  •  Circulan por redes sociales unos contenidos que aseguran que la ley trans elimina los términos ‘padre’ y ‘madre’ del Código Civil, pero es un bulo 
  • Con la nueva normativa, estos términos convivirán con las expresiones ‘progenitor gestante’ y ‘progenitor no gestante’
  • La ley trans se aprobó de forma definitiva el 16 de febrero en el Congreso y está pendiente de publicación en el Boletín Oficial del Estado a 21 de febrero
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Han comenzado a circular por redes sociales contenidos que aseguran que con la aprobación de la nueva ley trans se eliminan los términos ‘padre’ y ‘madre’ del Código Civil para sustituirlos por las expresiones ‘progenitor gestante’ y ‘progenitor no gestante’. Pero se trata de un bulo: la ley trans no elimina las palabras padre y madre ni las sustituye por la expresión ‘progenitor gestante’ o ‘progenitor no gestante’ sino que conviven los términos.

Capturas de pantalla del contenido difundido en diferentes plataformas.

El 16 de febrero de 2023 se aprobó de forma definitiva el proyecto de ley para la Igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI y que se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 1 de marzo de 2023. Esta normativa sí modifica el Código Civil para incluir los términos ‘progenitor gestante’ y ‘progenitor no gestante’, que convivirán con ‘padre’ y ‘madre’.

“Lejos de consistir en una modificación meramente formal, la sustitución del término ‘padre’ en el artículo 120.1 [del Código Civil] por la expresión ‘padre o progenitor no gestante’ supone la posibilidad, para las parejas de mujeres, y parejas de hombres cuando uno de los miembros sea un hombre trans con capacidad de gestar, de proceder a la filiación no matrimonial por declaración conforme en los mismos términos que en el caso de parejas heterosexuales”, explica el preámbulo de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

De este modo, según se expone en este texto, el artículo 120.1 del Código Civil hace referencia a ‘padre o progenitor no gestante’ y el artículo 120.5 modifica el término ‘madre’ por ‘madre o progenitor gestante’.

“La ley pretende ampliar las posibilidades existentes, de forma que los nuevos términos ‘padre o progenitor no gestante’ y ‘madre o progenitor gestante’ se añaden a los ya existentes ‘padre’ y ‘madre’”, explica a Maldita.es Héctor Simón, Profesor de Derecho Civil en la Universidad Rovira i Virgili. Esto se puede interpretar, según explica, de la exposición de motivos de la ley aprobada en el Congreso el 16 de febrero. En este texto se habla de “la posibilidad para las parejas de mujeres, y parejas de hombres cuando uno de los miembros sea un hombre trans con capacidad de gestar, de proceder a la filiación no matrimonial”.

La clave, según explica el experto, es el empleo de la palabra “posibilidad”. Además, aunque puede inducir a confusión que se hable de “sustitución del término ‘padre’” en este texto, el término “‘padre’ sigue ahí y la conjunción ‘o’ puede significar, siguiendo a la RAE, una expresión de equivalencia entre estos dos términos en las circunstancias que prevé la ley”, aclara Héctor Simón.

Por tanto, es un bulo que se hayan eliminado los términos ‘madre’ y ‘padre’ para sustituirlos por ‘progenitor gestante’ o ‘progenitor no gestante’. Con esta nueva normativa conviven las dos expresiones en el Código Civil. Además, en Maldita.es ya te hemos contado otros bulos y falsas afirmaciones que circulan en torno a esta ley.

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