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MALDITO BULO

Los "agentes covid" en el BOE de agosto de 2022: es una figura creada en Baleares en 2021 y el nuevo Real Decreto-Ley reduce sus funciones

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Claves
  • El Gobierno de Baleares creó la figura de "agentes covid" en julio de 2021 para paliar la falta de recursos humanos en algunos municipios y hacer cumplir la normativa sanitaria
  • Las funciones de esos "agentes covid" están limitadas y la norma se extinguirá el 31 de diciembre de 2022
  • Una comisión bilateral entre el Gobierno y la CCAA fue creada para resolver las discrepancias y posibles problemas de constitucionalidad de la normativa
  • El Gobierno y la Comunidad Autónoma llegaron a un acuerdo que cambiaba aspectos del decreto, entre los que se incluía la reducción de competencias de estos “agentes covid”
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En los últimos días circulan varios contenidos que aseguran que el Gobierno, a través de un Real Decreto-ley publicado el 16 de agosto en el Boletín Oficial del Estado (BOE), habría dado origen a los “agentes covid”. Pero esta figura fue creada por el Gobierno de las Islas Baleares en julio de 2021 para paliar la falta de recursos humanos en algunos ayuntamientos y hacer cumplir la normativa sanitaria, sus funciones están limitadas, y se extinguirá el 31 de diciembre de 2022. En Maldita.es os explicamos lo que sabemos.

La figura de “agente covid” fue creada por las Islas Baleares en 2021

Los contenidos que se difunden aseguran que el Gobierno habría creado, a través de un Real Decreto-Ley, los “agentes covid”. Una figura que complementaría a la Policía Local, formada por personal funcionario interino, y que mantendría la consideración de agentes de la autoridad.

Estos contenidos hacen referencia al Decreto-ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Islas Baleares, que se publicó en el BOE el pasado 16 de agosto. Este texto, en su disposición final decimotercera, recoge la modificación del Decreto-ley 6/2021, de 9 de julio, de modificación de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares.

Decreto-ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Islas Baleares 

Es en este Decreto-ley 6/2021, de 9 de julio, en el que se recoge por primera vez la implementación de la figura de agente covid. El texto apunta a que, partiendo de la ley, en caso de necesidad puntual los ayuntamientos “pueden nombrar a personal funcionario interino como agentes covid para complementar a la policía local” en el ejercicio de determinadas funciones, siendo considerados agentes de autoridad, si bien están subordinados a los cuerpos de la policía local o en su defecto al alcalde.

Decreto-ley 6/2021, de 9 de julio, de modificación de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares.

Decreto-ley 6/2021, de 9 de julio, de modificación de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares.

El Boletín Oficial de las Islas Baleares publicado el 27 de julio de 2021 argumenta, en la convocatoria de las bolsas de funcionarios interinos de estos “agentes covid”, que ante la situación de emergencia sanitaria varios municipios de la comunidad “han presentado graves necesidades por la falta de recursos humanos que sufren en las áreas de seguridad ciudadana”, lo que dificulta la tarea de vigilar “el cumplimiento de las medidas orientadas a proteger la salud y la seguridad ciudadana”.

Boletín Oficial de las Islas Baleares del 27 de julio de 2021

Además, señala que la creación de esta figura está destinada a que “los ayuntamientos que tengan las necesidades extraordinarias y eventuales que lo requieran puedan nombrar estos funcionarios interinos, que tendrán como función principal la de velar por el cumplimiento de las medidas covid vigente”.

Boletín Oficial de las Islas Baleares del 27 de julio de 2021

Dentro del Decreto-ley 6/2021 se recoge que esta figura y los nombramientos derivados de ella se extinguirán el 31 de diciembre de 2022.

Decreto-ley 6/2021, de 9 de julio, de modificación de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares.

Entre los ayuntamientos que solicitaron esta figura se encuentra el de Santa Eulària des Riu (Ibiza), donde el pasado mes de enero varios agentes covid tomaron posesión como funcionarios interinos, según anunciaron en la web del municipio.

Modificación tras el acuerdo con el Gobierno

La publicación del Decreto-ley 6/2021, de 9 de julio, levantó algunas dudas en el Gobierno, según declaraciones recogidas por Europa Press, lo que llevó a la creación de una comisión bilateral con la Comunidad Autónoma para resolver las discrepancias y los problemas de constitucionalidad que planteaba el Ejecutivo al entrar en competencias estatales.

Finalmente, el Gobierno y la Comunidad Autónoma alcanzaron un acuerdo que incluye diversos cambios del Decreto-ley 6/2021, de 9 de julio, entre las que se incluyen modificaciones en materia de los funcionarios interinos y la ocupación de puestos de trabajo con carácter temporal, así como en las funciones que ejercen estos “agentes covid”.

Boletín Oficial de las Islas Baleares de 12 del mayo de 2022

Estos cambios quedan registrados en el Real Decreto-ley que publica ahora el BOE, y que incluyen los cambios alcanzados en el acuerdo, entre los que se incluye una reducción de las competencias que pueden ejercer estos “agentes covid”, limitándose a “denunciar el incumplimiento de las ordenanzas, los bandos y otras disposiciones y actas municipales dentro de su ámbito de competencia, formular denuncias en el ejercicio de sus funciones, en su condición de agentes de la autoridad”, o “cualquier otra que les atribuya la legislación vigente”.

En definitiva, la figura de los agentes covid surge en julio de 2021 por parte del Gobierno de las Islas Baleares como respuesta a la falta de recursos humanos en algunos municipios de la comunidad. Tras discrepancias entre el Gobierno y la Comunidad Autónoma en torno a la normativa, se han introducido cambios que reducen las competencias de estos agentes. Ahora, sus funciones están limitadas a denunciar el cumplimiento de las ordenanzas o formular denuncias como agentes de la autoridad, entre otras; no pueden llevar armas, y esta figura y sus nombramientos se extinguirán el 31 de diciembre de 2022.

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