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MALDITO BULO

No, no es cierto que la mascarilla haya dejado ser obligatoria en exteriores el 24 de enero de 2022

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Circulan varios contenidos, incluido un vídeo viral, en los que se afirma que a partir del 24 de enero de 2022 no es exigible el uso de mascarillas en exteriores porque el Real Decreto-ley que obliga a ello ya no tiene validez por no haber sido aprobado a tiempo por el Congreso de los Diputados. Pero es un bulo: el plazo legal es de 30 días hábiles y no naturales, por lo que sigue teniendo validez hasta que sea votado por el Congreso de los Diputados como tarde el próximo 2 de febrero. Así lo considera la propia Cámara Baja*. Te lo explicamos.

El 23 de diciembre el Gobierno publicaba en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto-ley por el que se regulaba, entre otros aspectos, el uso obligatorio de las mascarillas en el exterior. Como ya os contamos en Maldita.es, un Real Decreto-ley es una forma de legislar que posee el Ejecutivo y que, según el artículo 86 de la Constitución, se limita a casos de extraordinaria y urgente necesidad. Sin embargo, en este mismo artículo, en su apartado segundo, se explica que estas normas, para continuar siendo vigentes, deberán ser debatidas y sometidas por el Pleno del Congreso “en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación”. Este plazo viene también recogido en el Reglamento del Congreso en su artículo 151.

Debido a este plazo establecido en la Constitución y en el Reglamento del Congreso y a que todavía no se ha debatido este Real Decreto-ley en el parlamento, algunas personas han comenzado a cuestionarse este 24 de enero si la norma había decaído y, por lo tanto, ya no era obligatoria la mascarilla en el exterior. Sin embargo, el plazo no ha vencido porque esos 30 días se tienen que contar como días hábiles. Entre el 23 de diciembre y el 24 de enero hay 22 días laborables.

Según la sinopsis del artículo 86 de la Constitución, realizada por tres letradas de las Cortes Generales y recogida en la web del Congreso, el plazo de 30 días “se computa, conforme al artículo 90.1 del Reglamento del Congreso, en días hábiles”.

En ese artículo 90, el Reglamento del Congreso estipula que “salvo disposición en contrario, los plazos señalados por días en este Reglamento se computarán en días hábiles”. Lo afirman también a Maldita.es Comunicación del Congreso de los Diputados y el catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Rey Juan Carlos José Manuel Vera Santos. El Congreso también aclara que habrá pleno la primera semana de febrero y que aún se estará a tiempo de debatir la convalidación de este real decreto.

Además, la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, marca en su artículo 30, referido al cómputo de plazos en la Administración, que “siempre que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos”.

A pesar de ello, el Congreso ha explicado a Maldita.es que en la Cámara Baja sí contabilizan los sábados como días hábiles, ya que el registro del Congreso se mantiene abierto y operativo. En cambio, el 24 y 31 de diciembre, a pesar de no ser festivos, el Congreso no los contabiliza como hábiles, ya que tanto la Cámara como el registro cierran. Esta forma concreta de contabilizar los días hábiles en el Congreso de los Diputados se rige por un acuerdo de la Mesa del Congreso, según indican a Maldita.es desde la Cámara Baja. Los acuerdos de la Mesa no son públicos. No obstante, incluso si no se hiciera de esta forma, el plazo de 30 días tampoco habría expirado aún*.

Desde el Congreso también indican que el plazo empieza a contar a partir del día siguiente a la publicación en el BOE. Por lo tanto, teniendo en cuenta que la fecha de publicación del Real Decreto-ley de la obligatoriedad de las mascarillas fue el 23 de diciembre, el plazo máximo para que sea debatida y votada su convalidación en el Pleno del Congreso es el 2 de febrero, según los plazos que indica el propio Congreso*.

En el siguiente calendario se puede ver con fondo de color rojo qué días cuentan para el plazo de 30 días y como este acabaría el 2 de febrero, según lo indicado por el Congreso*:

Fuente: Elaboración propia a partir de los plazos indicados por el Congreso de los Diputados.

En el pleno del Congreso de este 25 de enero no se ha discutido la convalidación del Real Decreto-ley 30/2021, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes de prevención y contención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, aunque sí se ha hecho lo propio con los reales decretos inmediatamente anteriores y posteriores a este. El Congreso de los Diputados ha confirmado a Maldita.es que la convalidación se debatirá y votará en el próximo pleno, del 2 de febrero, justo el último día del plazo*.

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* Esta información ha sido actualizada a lo largo del 25 de enero para incluir nuevas declaraciones del Congreso de los Diputados y para aclarar exactamente los días concretos del plazo de 30 días.

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