"Los que están en ERTE (cobran 990) tendrán que pagar a Hacienda 260 euros al mes durante 6 meses". Ahora que ya ha comenzado la campaña de la declaración de la renta del periodo 2020, nos habéis preguntado por esta afirmación que se está difundiendo. En Maldita.es ya os contamos por qué es posible que tengas que pagar a Hacienda tras la declaración de la renta de 2020 si te has visto afectado por un ERTE. Sin embargo, también os contamos que el resultado de la declaración dependerá de cada caso concreto puesto que entran en juego diferentes factores.
Además, el hecho de que la declaración salga a pagar no quiere decir que se tendrá que abonar más de lo habitual, sino que en vez de haberlo pagado mes a mes durante el año 2020 con las retenciones, se acumulará para abonar en la siguiente declaración, pero el total será el mismo. Aunque lo habitual es tener que pagar esa cantidad en dos plazos, en esta ocasión Hacienda permite fraccionar el pago de la deuda tributaria en seis meses como medida "para atenuar el impacto de la pandemia".
El mensaje completo por el que nos habéis preguntado a través de nuestro chatbot de WhatsApp (+34 644 229 319), que se ha compartido en Twitter y que se mueve también en otras redes sociales, es este:
Los que están en ERTE (cobran 990) tendrán que pagar a Hacienda 260 euros al mes durante 6 meses. ¿No sería mejor No haber rescatado a la compañía Venezolana y dejar en paz a esta gente, que bastantes penurias pasan? ¿Podéis Retuitear a ver si algún socialista lo justifica?
Es posible que la declaración salga a pagar pero dependerá de cada caso concreto
El contenido que se comparte asegura que una persona que está en ERTE, por el que cobra 990 euros, la declaración de la Renta le saldrá a pagar 260 euros durante 6 meses, un total de 1.560 euros. Maite Fandos, asesora fiscal experta en impuestos y una de nuestras malditas, explica que "no se puede generalizar" sobre si una persona que ha estado en ERTE estará obligada a presentar la declaración de la Renta ni sobre estas cuantías: dependerá de cada caso concreto.
Como decimos, es posible que una persona afectada por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo tenga que pagar a la Agencia Tributaria tras presentar la declaración del ejercicio de 2020 porque, por un lado, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) no retiene IRPF en la mayoría de casos, por lo que el contribuyente tendrá que compensar esto de golpe en la declaración de la Renta.
Además, haber estado en ERTE implica haber tenido dos pagadores en 2020: la empresa y el SEPE. Actualmente, la Agencia Tributaria establece la obligación de presentar la declaración de la Renta cuando el contribuyente supera los 22.000 euros anuales en caso de tener un solo pagador. Pero si tenemos más de un pagador, y hemos cobrado 14.000 euros anuales, también debemos presentarla si sumando el segundo y el resto de los pagadores, hemos obtenido una cantidad por encima de los 1.500 euros anuales. Según Hacienda, 327.000 contribuyentes afectados por ERTE han pasado a estar obligados a declarar por este motivo.
Esto no quiere decir que se penalice a quienes tienen dos o más pagadores: los expertos aseguran que se paga lo mismo pero al hacer la declaración de la renta puede que les salga a pagar como ajuste por haber pagado menos retenciones del IRPF durante el transcurso del año.
Fandos explica que además de los factores anteriores, "hay más factores a la vez que implican la obligación de declarar, que no tienen que ver con los rendimientos del trabajo (es decir con los sueldos ni con el paro ni los ERTES), tales como percepciones de pensiones, o pensiones compensatorias, o rendimientos del capital mobiliario, o ganancias o pérdidas patrimoniales o rentas imputadas".
Y añade la experta que "no se puede determinar si una declaración saldrá a pagar o a devolver desde una simple cifra de rendimiento, aunque la tuviéramos", porque además de los factores mencionados también entran otros en juego: "si [la declaración] se hace individual o conjunta, si se tienen hijos y cuántos, su edad, la edad del contribuyente, grados de discapacidad, hipotecas que den derecho a deducción, planes de pensiones, si se pagan (o cobran) pensiones por separación o divorcio y a quién y cuáles (hijos o ex-esposa), deducciones por alquiler de vivienda", etc.
También hemos dicho que el SEPE no retiene IRPF en la mayoría de los casos cuando paga la prestación por desempleo, pero el contribuyente puede solicitarle que sí le haga esa retención o que se aumente el porcentaje que ya le retienen. De esa manera, si la declaración le sale a pagar, ya habrá "adelantado" parte de esos impuestos y la cuantía que tendrá que abonar (en el plazo de seis meses habilitado de manera excepcional si el contribuyente así lo solicita) será menor, aunque el total sea el mismo. Así se puede ver también en el documento de la Agencia Tributaria con "información para los contribuyentes afectados por ERTE en 2020 de cara a la campaña de Renta 2020".
En definitiva, no todas las personas que hayan estado en ERTE durante 2020, cobrando 990 euros, tendrán que pagar a Hacienda 260 euros al mes durante seis meses: dependerá de cada caso concreto.
En este artículo ha colaborado con sus superpoderes la maldita Maite Fandos.
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