El Gobierno ha firmado con los sindicatos y la patronal un acuerdo para reformar ciertos aspectos de la jubilación. Hay mensajes que dicen que el Gobierno ha aprovechado esta negociación para retrasar la edad de jubilación a los 72 años (actualmente la edad general es de 67 años, y de 65 años si se ha cotizado al menos 38 años y 6 meses), pero eso no es cierto por dos razones: en primer lugar, no es un acuerdo vinculante y no tiene efectos legales y, en segundo lugar, se propone modificar la jubilación activa, una opción voluntaria de los trabajadores para cobrar parte de la pensión mientras se sigue trabajando cuando se ha llegado a la edad de jubilación. El acuerdo no propone modificar la edad general de jubilación, que permanece en los 67 años.
Este acuerdo es una negociación entre Gobierno y representantes del mundo laboral sin vinculación legal. Para que se ejecute, las Cortes Generales deben reformar la Ley General de la Seguridad Social. En el compromiso no se ha fijado ninguna fecha para dicha modificación, en la que el Parlamento tendrá la última palabra.
La propuesta aumenta los ingresos si se trabaja y se pide la pensión más tarde
La medida acordada con sindicatos y patronal y que, para salir adelante, debe ser aprobada por el Parlamento plantea que, por cada año en el que una persona no pida la pensión y siga trabajando voluntariamente por encima de la edad legal, aumentará el porcentaje de dinero que ganará si solicita la jubilación activa y cobra la pensión en paralelo a su trabajo. Establece la siguiente escala:
Si solicita con un año de demora con respecto a la edad de jubilación (a los 68 años en vez de a los 67), cobrará el 45% de la pensión además de los ingresos de su trabajo.
A los dos años, el 55%.
A los tres años, el 65%.
A los cuatro años, el 80%.
A los cinco años, el 100%.
Cada año extra, aumentará cinco puntos porcentuales: si lo pide a los seis años, cobrará el 105%; siete años, el 110%; etc.
Por ejemplo, una persona tiene derecho a jubilarse a los 67 años, pero ese trabajador decide voluntariamente seguir ocupado y no jubilarse. Esa persona decide a los 70 años solicitar la jubilación activa. Durante tres años ingresa su salario y a partir de la petición, comienza a cobrar su sueldo más el 65% de su jubilación. Si lo hiciera a los cinco años, cuando tuviera 72 años, cobraría su empleo y, además, el 100% de su pensión.
Hay una excepción: los empresarios que tengan empleados a cargo cobrarán el 75% de su pensión, independientemente del momento en el que lo solicite.
La propuesta incentiva que, cuantos más años tarde una persona en solicitar esta modalidad, más ingresos de la pensión reciba en paralelo al salario del trabajo. Esta medida es fija, es decir, la persona que pida al tercer año la jubilación activa seguirá cobrando el 65% de su pensión en paralelo a su sueldo todos los años extra que siga trabajando.
Para acceder a la jubilación activa, actualmente, la Ley General de la Seguridad Social obliga a solicitar la jubilación un año antes de la edad legal (a los 66 años o a los 64 años dependiendo de los años cotizados) y se cobra el 50% de la pensión. Los empresarios que tengan empleados pueden cobrar el 100%.
La medida no cambia la forma de calcular la jubilación ordinaria
Hay personas que dicen que el Gobierno lo que ha hecho es cambiar el método de cálculo de la pensión de jubilación ordinaria. Por tanto, para cobrar el 100% de la pensión de jubilación, debes trabajar hasta los 72 años, en vez de hasta los 67 años. Sin embargo, esto no es cierto: el acuerdo no ha cambiado los métodos de cálculo de la jubilación general, que siguen siendo los mismos.
Retrasar la jubilación y acceder a la pensión activa son dos medidas voluntarias diferentes
La propuesta de la jubilación activa, seguir trabajando y cobrar una parte de la pensión, no es lo mismo que retrasar la jubilación, medida que también se está confundiendo en los mensajes. Una persona puede voluntariamente retrasar su pensión y seguir trabajando y cobrando únicamente su salario como un empleado más. El acuerdo alcanzado por el Gobierno también establece un complemento extra por cada año que una persona retrase su jubilación voluntariamente.
La ley actual aumenta un 4% la pensión de jubilación por cada año extra que se haya trabajado o, si el trabajador pide cobrar el dinero extra del tirón, mediante una fórmula distinta. La propuesta establece que, a partir del segundo año, se incremente un 2% extra por cada seis meses que se siga trabajando, o el equivalente si se pide todo el dinero extra de golpe.