“Señorías, quiero anunciar que el Grupo Popular va a proponer que esta cámara, en defensa de sus atribuciones constitucionales, inste formalmente al Congreso de los Diputados a retirar la ley de amnistía”. Con estas palabras, Alicia García, portavoz del Grupo Popular en el Senado, anunciaba el pasado 19 de marzo lo que se ha denominado un “conflicto institucional” entre las dos cámaras que conforman las Cortes Generales de España.
Este choque consiste en un mecanismo legal que reconoce la ley del Tribunal Constitucional para que las instituciones que conforman los poderes del Estado (Gobierno, Cortes Generales y Consejo General del Poder Judicial) o el Estado y las comunidades autónomas puedan presentar quejas al Tribunal Constitucional cuando consideren que se han vulnerado sus competencias o atribuciones constitucionales. Es la primera vez que se plantea activar este mecanismo entre el Senado y el Congreso. En toda la historia democrática sólo ha habido cinco casos similares: tres promovidas por el Gobierno contra el Congreso o el Senado (1, 2, y 3), una por el Congreso contra el Gobierno y una por el Consejo General del Poder Judicial contra las Cortes Generales.
El 16 de mayo, el Senado aprobó una iniciativa del PP para suspender su propuesta de elevar el conflicto al Constitucional porque argumentaba que, tras recibir respuesta de la Mesa del Congreso, tenía que haber sido el pleno el que decidiera sobre el asunto porque la Mesa no era competente en la materia.
👉El #Pleno ha aprobado la propuesta de @PPSenado de suspensión del acuerdo de planteamiento de un conflicto de atribuciones entre el Senado y el @Congreso_Es en relación con la Proposición de Ley Orgánica de amnistía
— Senado de España (@Senadoesp) May 16, 2024
📹Vídeo del debate y votación: https://t.co/lBmA87rDnG pic.twitter.com/xyCyfLv83X
¿En qué consistía exactamente la iniciativa del Grupo Popular?
La ley del Tribunal Constitucional permite que los órganos que componen el Estado puedan solicitar que otro órgano rectifique cuando crea que ha invadido sus competencias o atribuciones constitucionales. A este respecto, el Reglamento del Senado establece que este mecanismo lo pueden invocar: 25 senadores o un grupo parlamentario.
El Grupo Popular anunció que utilizaría esta herramienta para que la Cámara Alta, al considerar que hay una invasión de competencias, le exijiera al Congreso de los Diputados que retire la proposición de la ley de amnistía. El Congreso tenía un mes para decidir si aceptaba la petición y la Mesa rechazó el requerimiento.
El 16 de mayo el PP aprobó en el Senado suspender su propuesta de elevar el conflicto al Constitucional
El Grupo Parlamentario Popular en el Senado registró el 14 de mayo una iniciativa para “suspender, y, en consecuencia, dejar sin efecto” la iniciativa que aprobó el Senado para “judicializar el conflicto” en el Tribunal Constitucional, según el texto facilitado por el gabinete de prensa del PP en la Cámara Alta a Maldita.es.
El PP considera que la respuesta del Congreso es un “incumplimiento del presupuesto procesal”, es decir, que la Cámara Baja no ha respondido de la manera que debería. Fue la Mesa del Congreso la que respondió el 16 de abril “rechazando el requerimiento formulado por el Senado, por estimar que el Congreso de los Diputados ha actuado en el ejercicio constitucional y reglamentario de sus atribuciones al remitir al Senado” la ley de amnistía”. El Congreso añadió que el conflicto “no era procedente” y pidió el “desestimiento del proceso”.
La Mesa del Senado envió otro escrito a la Mesa del Congreso para mostrar su “disconformidad” porque consideraban que la Mesa del Congreso no era la competente para responder. En su iniciativa para suspender el conflicto, el PP explica que debía ser el Pleno porque están representados todos los grupos y vulnera “los derechos fundamentales de representación política de todos los diputados y de todos los ciudadanos a quienes estos representan”.
Por esta razón, argumenta el PP, suspende el planteamiento del conflicto ante el Constitucional hasta que se pronuncie el Pleno del Congreso tras un debate y una votación.
Durante la votación el 16 de mayo, el senador del PP, Antonio Silván, ha asegurado que llevarán a los tribunales a la Mesa del Congreso si el requerimiento no se debate en el pleno: “Si la Mesa del Congreso no cumple la ley, desde el Partido Popular estudiaremos las acciones que en Derecho nos pudieran corresponder contra los acuerdos de la Mesa del Congreso y que han impedido que el pleno del Congreso hayan tenido conocimiento y en consecuencia, que los diputados hayan podido debatir y pronunciarse ante el requerimiento del Senado” [min. 4:26].
La sentencia del Tribunal Constitucional no analizaría la validez de la ley, sino las competencias de las Cámaras
En general, el Tribunal Constitucional es la institución encargada de resolver tres aspectos fundamentales:
La constitucionalidad de las leyes mediante los recursos de inconstitucionalidad que pueden presentar el presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 senadores o 50 diputados; o las cuestiones de inconstitucionalidad que presentan los tribunales. En estas sentencias, el Tribunal Constitucional establece qué aspectos concretos son constitucionales o no de una ley, un estatuto de autonomía, un tratado internacional, etcétera.
La vulneración de los derechos y libertades fundamentales que pueden presentar los ciudadanos mediante un procedimiento conocido como recurso de amparo.
Los conflictos de competencias entre las comunidades autónomas con el Estado o con otras autonomías, o entre los órganos que componen los tres poderes del Estado (Gobierno, Congreso de los Diputados, Senado, Consejo General del Poder Judicial).
El Tribunal Constitucional sería el encargado de resolver el conflicto planteado por el Senado, que versaría fundamentalmente sobre las competencias y atribuciones del Congreso, si el Senado decide reactivarlo.
*Artículo actualizado a 16 de mayo de 2024 para incluir la suspensión del conflicto entre el Congreso y el Senado.
Primera fecha de publicación de este artículo: 20/03/2024