Quizás has leído o escuchado que con la reforma del subsidio por desempleo del Gobierno de coalición si un parado rechazaba una oferta de empleo del SEPE iba a perder la prestación. A 19 de diciembre no se conoce exactamente qué dice la reforma sobre este punto pero a continuación recogemos qué se sabe y qué es lo que dijeron las fuentes públicas y oficiales sobre ello:
El secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Gonzalo García Andrés, dijo el 27 de noviembre en una charla que "en las próximas semanas" se aprobará una reforma que afecta a los subsidios por desempleo para que este "tenga reciprocidad en la búsqueda activa de trabajo".
El Ministerio de Trabajo y Economía Social dijo a Maldita.es el 30 de noviembre que estaban trabajando en este borrador. En su explicación no especificó ninguna penalización a los desempleados que rechacen la primera oferta de empleo del SEPE.
El Ministerio de Economía, Comercio y Empresa indicó a Maldita.es el 30 de noviembre que se trataba de “una reforma” que se estaba "trabajando en el seno del Gobierno”.
La norma que está en vigor, desde la reforma del año 2002, dice que se pierde tanto la prestación del paro como el subsidio por desempleo tras rechazar la tercera oferta de empleo que envíe el SEPE. Con la primera oferta rechazada se suspende el subsidio tres meses y con la segunda, seis.
Semanas más tarde, el Gobierno anunció el 19 de diciembre un decreto ley para la reforma de los subsidios por desempleo. A falta de conocer su contenido, el Ministerio de Trabajo explicó en una nota de prensa otras medidas pero no detalló nada sobre las ofertas de empleo.
En la respuesta de Trabajo a ‘Maldita.es’ sobre esta reforma en noviembre no se especificó nada sobre penalizaciones por rechazar ofertas de empleo
El 30 de noviembre no se conocían los aspectos concretos de esta reforma de forma oficial y no se había publicado ningún borrador de forma oficial. "El Ministerio ha ultimado un borrador que intentará llevar al Consejo de Ministros lo antes posible", detalló el Ministerio de Trabajo y Economía Social, algo que ocurrió el 19 de diciembre. Respecto a este borrador de reforma, Trabajo y Economía Social dijo a Maldita.es:
"Permitirá simplificar el acceso a los subsidios" y eliminará el "mes de espera" para empezar a recibirlo desde que se agota la prestación anterior.
"Ampliará la cobertura a colectivos como el de 45 años [o más] sin cargas familiares" que, según el Ministerio de Trabajo, "hasta ahora carecían de protección".
"Las revisiones [para recibir esta ayuda] pasarán a ser trimestrales".
En la respuesta que trasladó Trabajo a Maldita.es sobre la reforma no se menciona una penalización a los desempleados que rechacen la primera oferta de empleo que les trasladen desde el SEPE perdiendo el subsidio por desempleo. La medida tampoco se incluía en la nota de prensa del Ministerio de Trabajo tras el Consejo de Ministros del 19 de diciembre.
Entre las otras medidas comunicadas con Trabajo se indica que podrán pedir este subsidio menores de 45 años sin cargas familiares, trabajadores eventuales del sector agrario, se podrá cobrar durante 30 meses y como máximo 180 días tras acceder a un empleo nuevo. Su cuantía será de 570 euros mensuales los 6 primeros meses, 540 los seis meses siguientes y 480 euros el resto. Puedes consultar la nueva cobertura del subsidio por desempleo en la siguiente nota de prensa.
El Ministerio de Trabajo y Economía Social aseguró a Maldita.es que esta reforma es "un compromiso recogido en el Componente 23 que no llegó a materializarse debido al adelanto electoral".
El Componente 23 es un conjunto de reformas anunciadas por el Gobierno en 2021 que afectan al mercado laboral. Incluyen una "modernización de políticas activas de empleo" y una "simplificación y mejora del nivel asistencial de desempleo". Según El País, esta reforma, "pactada" con la Unión Europea, tendría que "haberse aprobado a finales de 2022 para cumplir con los compromisos del cuarto pago de fondos europeos".
La reforma afectaría a la cobertura de los subsidios por desempleo, según las declaraciones del secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa
Respecto a esta reforma, el secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa (integrada en el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa), Gonzalo García Andrés, había asegurado en una conferencia organizada por la consultora EY el lunes 27 de noviembre que [min. 30:21]:
El Gobierno aprobará "en las próximas semanas" una reforma de los subsidios por desempleo que reciben los parados una vez han agotado el paro o la prestación contributiva.
La reforma se centrará en "potenciar" el acuerdo de actividad. El acuerdo de actividad establece los derechos y deberes entre el desempleado y la administración para facilitar su reinserción en el mercado laboral.
Facilitará que la "inserción en el mercado de trabajo tenga reciprocidad en la búsqueda activa de trabajo".
Buscará "orientar el sistema de subsidios por desempleo hacia la reincorporación de los trabajadores al mercado de trabajo".
En ningún momento de su intervención [min. 30:21], el secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa dijo que la reforma incluyera una penalización a los desempleados que rechacen la primera oferta de empleo del SEPE perdiendo así el subsidio por desempleo.
Qué es el subsidio por desempleo y qué tiene que pasar según la ley que está en vigor para dejar de recibirlo
El subsidio por desempleo es la prestación que se da, si se cumplen unas condiciones, a quienes ya han agotado el paro. Aquellos que hayan estado trabajando y pierdan su empleo, les corresponde primero cobrar una prestación contributiva, conocida más popularmente como "el paro". Una vez se acaba el paro, en función de los meses cotizados, entre otros requisitos, un desempleado puede solicitar el subsidio por desempleo. Esta ayuda es la que estaría dentro de la reforma anunciada por el Gobierno.
Desde la reforma laboral de 2002 impulsada por el expresidente del Gobierno, José María Aznar, que un desempleado rechace una oferta de empleo del SEPE supone una infracción:
Con la primera infracción se pierden tres meses de ayuda: tanto del paro como del subsidio por desempleo.
Con la segunda infracción se pierden seis meses de ayuda.
Con la tercera, el desempleado deja de recibir la ayuda económica.
* Actualizado a 19 de diciembre de 2023 con el anuncio del Gobierno del real decreto ley de la reforma
Primera fecha de publicación de este artículo: 30/11/2023