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MALDITA EXPLICA

Por qué la tramitación de las solicitudes del indulto a Griñán no es especial: el gobierno tiene la obligación de tramitar todas las solicitudes legalmente

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Claves
 
  • El anuncio de que el Gobierno está tramitando las solicitudes de indultos de José Antonio Griñán y otros exconsejeros condenados ha generado dudas sobre el proceso
  • El Gobierno debe tramitar todas las solicitudes de indulto legalmente válidas que reciba, pero el Ejecutivo puede aceptar o denegar el indulto
  • Entre 2011 y 2020, el Gobierno tramitó al menos 51.862 peticiones de indulto y concedió 1.274, el 2,46% de las solicitudes
 
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El anuncio de que el Gobierno está tramitando las solicitudes de indultos de José Antonio Griñán y otros exconsejeros de la Junta de Andalucía ha generado dudas sobre cómo es este proceso. El Gobierno tiene la obligación de tramitar todas las solicitudes legalmente válidas que reciba, como ya hemos explicado en Maldita.es. Esta tramitación no implica necesariamente que el Ejecutivo acepte dar el indulto y, por tanto, elimine o reduzca la pena del reo.

El indulto lo puede solicitar cualquier persona, los Tribunales de Justicia o impulsarlo el propio Gobierno

Tanto la persona condenada como cualquier otra puede pedir el indulto al Gobierno mediante una solicitud disponible en la página web del Ministerio de Justicia, que se puede entregar de forma presencial, por correo u online. Los Tribunales de Justicia también pueden proponer un indulto al Gobierno, como dicta el artículo 20 de la ley de 1870 de indultos.

Además, como ya te explicamos en Maldita.es, el Gobierno también puede plantear y otorgar un indulto por decisión propia y de forma unilateral sin que se lo haya pedido ningún organismo o persona. Así lo recoge el artículo 21 de esta ley, donde dice que “podrá también el Gobierno mandar formar el oportuno expediente [...] para la concesión de indultos que no hubiesen sido solicitados por los particulares ni propuestos por los Tribunales de Justicia”.

El Gobierno tramita todas las solicitudes de indulto que cumplen los requisitos legales y decide si los concede o no

Una vez llega una solicitud de indulto, el responsable de la prisión o el presidente de la diputación de la provincia (si el condenado no está en la cárcel) debe hacer un informe sobre su comportamiento. La Fiscalía y la persona afectada por el delito o crimen (si lo hubiera) expresarán su opinión sobre el posible indulto [art. 24].

Con esta información, el tribunal que sentenció a la persona condenada debe hacer un informe sobre ella y una conclusión sobre si se debe o no conceder la libertad, o la reducción de pena [art. 25 Ley de 18 de junio de 1870]. Una vez recibido el informe, el Consejo de Ministros decide si se concede el indulto o no, y en caso afirmativo se publica en el Boletín Oficial del Estado [art. 30].

El Gobierno no siempre indulta las solicitudes: en la década pasada se concedió 1 indulto por cada 41 peticiones

Como ya explicamos en Maldita.es, entre 2011 y 2020 el Gobierno tramitó al menos 51.862 peticiones de indulto y concedió 1.274, el 2,46% de las solicitudes, según los datos del Ministerio de Justicia. Por tanto, el Ejecutivo concedió 1 indulto por cada 41 peticiones que tramitó durante la década pasada.

En 2004 y 2011, dos gobiernos tomaron decisiones sobre indultos estando en funciones *

La ministra de Justicia en funciones, Pilar Llop, ha dicho que el Gobierno no puede conceder indultos si está en funciones. Maldita.es ha contactado con el Ministerio de Justicia para saber a qué norma se acoge la ministra para indicar esa afirmación. El Ministerio de Justicia ha respondido: “En relación con esta consulta, nos remitimos a lo recogido en el artículo 21 de la ley del Gobierno.” El artículo 21 de la ley del Gobierno establece las competencias del Ejecutivo cuando está en funciones pero este apartado no especifica ninguna limitación o prohibición con respecto a los indultos, como tampoco hace la ley de indultos con respecto a Gobiernos en funciones.

Captura de pantalla de la respuesta enviada por parte del Ministerio de Justicia a Maldita.es.

Una sentencia del Tribunal Supremo de 2005 consideró que el Gobierno sí puede conceder o denegar indultos estando en funciones al “formar parte de la actividad normal del Consejo de Ministros”. En este caso, el Ejecutivo en funciones de José María Aznar (Partido Popular) denegó el indulto a 149 personas en 2004, según recoge la propia sentencia del Supremo de 2005, que falló que podía hacerlo.

Captura de pantalla de la Sentencia del Tribunal Supremo de 2 de diciembre de 2005.

Entre el 24 de noviembre y el 16 de diciembre de 2011, estando el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero (PSOE) en funciones, el Ejecutivo concedió el indulto a 20 personas, según recoge una búsqueda en el Boletín Oficial del Estado.

*Actualizado el 10 de octubre de 2023 para incluir la respuesta del Ministerio de Justicia y añadir contexto a los indultos concedidos por Gobiernos en funciones.


Primera fecha de publicación de este artículo: 09/10/2023

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