“He comunicado al jefe del Estado la decisión de convocar un Consejo de Ministros esta misma tarde, para disolver las Cortes y proceder a la convocatoria de Elecciones Generales”. El 29 de mayo de 2023, Pedro Sánchez, presidente del Gobierno (ahora en funciones) anunciaba en un mensaje oficial la disolución de las Cortes Generales, es decir, el Congreso de los Diputados y el Senado, un paso obligado por ley para la celebración de elecciones. En este caso fue una disolución voluntaria.
Sin embargo, son varios los escenarios en que se puede dar una disolución de Cortes:
- Disolución voluntaria
- Disolución imperativa por reforma constitucional
- Disolución imperativa por imposibilidad de formar gobierno
Aparte está, también, la disolución natural de las Cortes cuando el período legislativo se ha consumido. Ascensión Elvira Perales, doctora en el ramo y catedrática de Derecho Constitucional en la Universidad Carlos III de Madrid, explica a Maldita.es que “en este caso se trata de una extinción de la legislatura, solo corresponde expedir el decreto de convocatoria de elecciones”.
Añade, eso sí, que “es raro que se llegue a extinguir el mandato, pues, aunque sea por una cuestión de ajuste de la fecha de las elecciones, suelen disolverse antes las Cortes”.
En todos ellos entra a jugar un papel el jefe del Estado, es decir, el rey, quien es el que la decreta formalmente, pero el que la anuncia es el jefe del Gobierno. La única excepción es cuando las Cortes no logran conformar Gobierno; en ese momento, la persona que convoca es quien preside el Congreso de los Diputados.
Qué significa disolver las Cortes Generales
Es la finalización del período legislativo. De acuerdo con la explicación de la Constitución incluida en la página web del Congreso de los Diputados, “la disolución constituye un fin anticipado del mandato parlamentario y, por eso, sus efectos son los mismos que los producidos por el agotamiento de la legislatura. Los asuntos en tramitación decaen y los miembros de la Cámara disuelta pierden su condición de tales, con sus derechos y privilegios”.
Quién disuelve las Cortes Generales
El presidente del Gobierno es el encargado de disolver las Cortes Generales, y el rey (jefe del Estado), quien la debe decretar.
La doctora Perales señala a Maldita.es que hay una excepción en la que no es el presidente del Gobierno sino la persona que preside el Congreso quien se encarga de hacer la disolución. Esto ocurre “exclusivamente en los supuestos del Artículo 99 de la Constitución, es decir cuando no se logra la formación de gobierno”.
En el Artículo 115 de la Constitución aparece que “el Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá proponer la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales, que será decretada por el Rey. El decreto de disolución fijará la fecha de las elecciones”.
Cabe resaltar la parte de “bajo su exclusiva responsabilidad”, la del presidente del Gobierno.
En la explicación de la Constitución publicada por el Congreso de los Diputados, se explica que en cualquier caso el rey estará obligado a decretar la disolución, tanto si es imperativa como si es voluntaria (más adelante explicamos estos términos).
Cuándo se disuelven las Cortes Generales
Existen dos tipos de disolución de Cortes: aquellas que son de carácter voluntario, como el caso actual en el que, a falta de 7 meses para el final de la legislatura, Pedro Sánchez anunció la medida, y aquellas que son imperativas.
En las de carácter imperativo hay dos escenarios:
- Ningún candidato a la presidencia del Gobierno logra los apoyos necesarios dentro del Congreso de los Diputados para serlo (Artículo 99 de la Constitución). En este caso no lo propone el presidente en funciones, sino que es un mecanismo automático que se ha de ordenar desde la presidencia del Congreso.
- Se realizará una reforma reforzada de la Constitución, ya sea de todo el texto o de los artículos protegidos por esta reforma (Artículo 168 de la Constitución).
Además está también la terminación natural del período.
Primer caso de disolución imperativa: ningún candidato a la presidencia logra ser investido
El punto número 5 del Artículo 99 de la Constitución española establece que “Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso”.
Tras la primera votación de investidura del 27 de septiembre, el plazo de dos meses que da la Constitución ha empezado a correr. Si ningún candidato alcanza la confianza del Congreso, el 27 de noviembre se disolverán las cámaras y se convocarán elecciones generales el 14 de enero de 2024.
Segundo caso de disolución imperativa: reforma de la Constitución
Si se propusiese una reforma, fuere total, o fuere parcial que afecte al Título preliminar, al Capítulo II, Sección 1ª, al Título I o al Título II de la Constitución española, y recibiera la aprobación de dos terceras partes del Senado y de dos terceras partes del Congreso de los Diputados, corresponde disolver, inmediatamente, las Cortes Generales.
Esto queda establecido en el Artículo 168 de la Constitución.
Disolución voluntaria de las Cortes Generales
En la explicación de la Constitución del Congreso de los Diputados, se lee que “si la disolución voluntaria se produce es porque el Presidente del Gobierno así lo decide, pero libremente, sin que exista norma que le obligue”.
La decisión que Pedro Sánchez hace pública el 29 de mayo de 2023 entra en esta categoría. La legislatura en curso debía llegar hasta diciembre de este año,.