Circulan mensajes que confunden los distintos pagos del impuesto de la renta para las personas físicas (IRPF). Estos suelen calcular mal cuánto dinero se debe pagar a Hacienda porque mezclan los diferentes porcentajes de los tramos del IRPF. Uno de los errores más comunes es creer que el último tramo que nos afecta (lo que se conoce como el tipo marginal) es el porcentaje de nuestros ingresos que pagamos en el impuesto de la renta a Hacienda. Pero esto no es así.
Por ejemplo, si mi salario llega hasta el tramo en el que se aplica una retención del 37%, hay personas que creen que pagarán el 37% de su salario como impuesto de la renta por haber pasado de tramo (no tenemos en cuenta deducciones ni reducciones para el ejemplo). Sin embargo, la cantidad que realmente pagará será menor al 37%. Los ingresos se reparten en tramos con diferentes porcentajes de retención. Si ganas 36.000 euros en Castilla-La Mancha (aquí explicamos las diferencias entre comunidades autónomas), no pagarás el 37% de esos 36.000 euros. Se te irán aplicando porcentajes diferentes en cada tramo:
- Por el primer tramo (los primeros 12.450 euros que ganes), pagas el 19%.
- Por el segundo tramo (de 12.450 hasta 20.200), pagas el 24% de esa cantidad.
- Por el tercer tramo (de 20.200 hasta 35.200), pagas el 30%.
- Por el último tramo (los últimos 800 euros), pagas el 37%.
Sólo se pagará a Hacienda el 37% de la parte de los ingresos que esté en el tramo que corresponde a ese porcentaje (los últimos 800 euros que ganes, en este caso). El resto de tramos tendrá porcentajes menores. Por tanto, lo que pagaremos realmente de IRPF a Hacienda, lo que se conoce como tipo efectivo, será inferior al 37% de nuestros ingresos. En este caso, pagaremos el 25,06% (9.021,50 euros).
¿Qué son los tramos del IRPF?
El IRPF es un impuesto progresivo y directo de cada persona (vas pagando cada vez más conforme ganas más dinero). Para garantizar que el impuesto de la renta sea progresivo, Hacienda elabora las tablas del IRPF. Con estas tablas (unas son estatales y otras son autonómicas, ya que la recaudación es compartida) se calcula cuánto dinero tiene que pagar una persona en impuestos distribuyendo sus ingresos en tramos.
Cada intervalo de las tablas del IRPF tiene un porcentaje asociado que Hacienda denomina los tipos del IRPF. Conforme una persona va ganando más dinero, se le aplican tramos más altos de la tabla, pero sólo a la cantidad que sobrepase los umbrales. El último porcentaje que se le aplica es el que llamamos tipo marginal.
El tipo marginal (el porcentaje del último tramo que nos afecta) no es lo que pagamos de impuesto de la renta a Hacienda. Si una persona tuviera unos ingresos de 100.000 euros y su tipo marginal fuera del 45%, no significa que pagaría 45.000 euros de IRPF (el 45% de 100.000).
Diferencias entre comunidades autónomas
El impuesto de la renta se divide en una serie de tramos con un porcentaje asociado a cada uno. Estos tramos se agrupan en tablas que publica Hacienda en cada campaña de la renta. Al ser la renta un impuesto compartido entre el Estado y las comunidades autónomas, dependiendo de donde vivas pagarás diferentes cantidades en IRPF porque cada comunidad puede modificar la parte autonómica del impuesto.
Por ejemplo, si la cantidad de dinero que se tiene que calcular su pago (lo que la ley denomina ‘base liquidable’) es 23.900 euros, en Aragón tendrás que pagar el 17,91% y en Asturias el 18,13% de esos 23.900 euros como impuesto de la renta (sin contar las deducciones que se pudieran aplicar).
En cada uno de los tramos se calculará el porcentaje que corresponde. A esa cantidad se le restará después las deducciones, retenciones y otros conceptos que contempla la ley, con lo que se obtiene la cuota diferencial, que es el resultado de la declaración de la renta.
Ejemplo práctico de cálculo de los tramos del IRPF
Imaginemos que una persona que reside en Aragón tiene una base liquidable general de 23.900 euros y un mínimo personal y familiar de 5.550 euros (ese mínimo personal y familiar es una cantidad de los ingresos que está exenta del IRPF y que varía dependiendo de las circunstancias). El tipo marginal de esa persona será del 30%, ya que es el último tramo que se le aplica. Por cada tramo, esta persona tendrá las siguientes cuotas:
Esta persona tendrá, sumando la cuota autonómica y estatal:
- Por sus primeros 12.450 euros de base liquidable, una cuota de 2.365,50 euros.
- Por el intervalo de 12.450 a 20.200 euros, una cuota de 1.860 euros.
- Por los 3.700 euros que faltan, una cuota de 1.110 euros.
La suma de todos estos intervalos da una cuota provisional de 5.335,50 euros.
En este punto entra en juego el mínimo personal y familiar. A la cantidad provisional se le resta el porcentaje que pagaríamos de IRPF por esos 5.550 euros. En este caso, el porcentaje que se aplica es el 19% de 5.550: 1.054,50 euros. Se restan los 1.054,50 euros a los 5.335.50 euros. El resultado es 4.281 euros. Los 4.281 euros son la cuota íntegra total.
Si no tuviera que aplicarse ninguna deducción más, esa persona pagaría 4.281 euros de impuesto de la renta a Hacienda, que probablemente ya habría ido pagando a lo largo del año a través de la retención de la nómina o de las facturas emitidas. Esta cantidad representa el 17,91% de los 23.900 euros y se denomina tipo efectivo, que es el porcentaje real que acaba pagando una persona. El tipo efectivo es siempre menor que el tipo marginal, que en este caso es del 30%.
Si esta persona residiera en otra comunidad autónoma, la cuota íntegra podría variar. Por ejemplo, en Asturias la cuota sería 4.333,35 euros (el 18,13% de 23.900 euros), ya que las tablas autonómicas son diferentes a las de Aragón.