Hace ya más de año y medio del 13 de marzo de 2020, cuando Pedro Sánchez, el presidente del Gobierno, anunció el estado de alarma debido a la expansión del coronavirus en nuestro país. Desde entonces los españoles nos hemos tenido que acostumbrar a tener limitaciones en cómo nos relacionamos con los demás: primero, un confinamiento estricto; después, no poder movernos entre comunidades autónomas; y, hasta ahora, restricciones de aforo y horario en lugares públicos y en los bares y restaurantes.
A día 9 de diciembre sigue habiendo restricciones de horarios o aforos en Galicia, La Rioja, Cataluña, la Comunidad Valenciana, la Región de Murcia, las Islas Canarias y Melilla.
Además, todas estas comunidades excepto La Rioja y la Región de Murcia exigen el certificado COVID digital de la Unión Europea (UE) para entrar en bares y restaurantes. Navarra, pese a no tener restricciones horarias ni de aforo, también lo exige.
10 autonomías imponen restricciones al ocio nocturno
Las medidas relativas al ocio nocturno se habían ido rebajando cada vez más desde que el pasado 9 de junio el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud acordara permitir su reapertura. Sin embargo, con la variante Omicron y el aumento de los contagios a 9 de diciembre 9 comunidades autónomas y Melilla imponen restricciones a pubs y discotecas. 8 de ellas exigen el certificado COVID digital de la UE.
Las reuniones en domicilios sólo están restringidas en Canarias
A pesar de que las medidas son cada vez más flexibles, Canarias sigue imponiendo restricciones a las personas que quieren juntarse en domicilios particulares. Depende de la isla: en las de nivel 1 pueden reunirse 12 personas y en las de nivel 3, 6. Esta comunidad autónoma tiene un sistema de 4 niveles de alerta, pero actualmente todas las islas se encuentran en nivel 1 o 3.
Canarias ya no imponen condiciones a los viajeros españoles que lleguen a sus islas
A 9 de diciembre, Canarias exige a los viajeros españoles acreditar haber recibido la pauta completa de la vacuna contra la COVID-19 o haber pasado la enfermedad. Las personas que no puedan acreditar ninguna de estas dos cosas tendrán que aportar una prueba PCR o de antígenos negativa.
Con respecto a los extranjeros, para poder entrar en cualquier comunidad autónoma necesitan rellenar un formulario disponible en la web del Ministerio de Sanidad, así como el certificado Covid Digital de la UE u otro documento que pruebe que la persona que entra en España está vacunada, se ha recuperado de la enfermedad o se ha hecho una prueba diagnóstica en las 72 horas anteriores a su llegada.
Esta pieza se actualiza conforme van cambiando las medidas en las distintas comunidades autónomas. Se ha actualizado el 7, el 8, el 11, el 15 y el 18 de octubre, el 22 de noviembre y el 9 de diciembre.
Primera fecha de publicación de este artículo: 06/10/2021