La 'deslealtad' política no es nueva en España, lleva ocurriendo desde hace décadas. Pero no siempre que ocurre alguna situación así estaríamos hablando de 'transfuguismo'. ¿Qué pasa cuando alguien va por libre y no acata las decisiones de su partido? ¿Es legal que otro partido le ‘fiche’ o debería dimitir? En 1998 se firmó en España el ‘Pacto contra el transfuguismo’ para evitar este tipo de situaciones que, según se define en este mismo pacto, es “una forma de corrupción y una práctica antidemocrática que altera las mayorías expresadas por la ciudadanía en las urnas”.
Un tránsfuga es quien “traiciona” al partido por el cual ha sido elegido
Según el último acuerdo de la Comisión del Pacto Antitransfuguismo de noviembre de 2020, se entiende por tránsfugas a los representantes locales, autonómicos y estatales, que hayan “traicionado” a la formación política con la que se presentaron a las elecciones, mantengan sus actas y cumplan alguno de estos requisitos:
- Abandonar el partido.
- Ser expulsado del partido.
- No seguir las decisiones de sus órganos.
En el pacto tomado por esta comisión extraparlamentaria se aclara que si existen dudas sobre si se trata de un caso de transfuguismo, es el partido perjudicado el que debe confirmarlo por escrito y decir el motivo por el cual la persona ha sido expulsada o por qué se considera que se ha apartado del criterio de la organización.
En el caso de las coaliciones, se considera tránsfuga si “traiciona” al partido que propuso su nombre en la lista electoral, aunque recale en otro partido de la coalición.
Pedro Riera, doctor en Ciencias Políticas y profesor de la Universidad Carlos III, opina que el caso de los diputados de Ciudadanos en Murcia es transfuguismo “de libro”, ya que “si hay una decisión tanto a nivel regional como nacional del partido de promover la moción, no se pueden apartar de esta decisión sin ser calificados como tránsfugas”. Sin embargo, aclara Riera, es necesaria que haya una decisión de los órganos del partido para considerarlos como tales.
Cuando alguien sale de un partido pero no dimite del cargo, pasa a ser “no adscrito”
En el momento en que los cargos electos ya están fuera de su partido, pero no han renunciado a su acta, se les considera como “no adscritos”. Según el acuerdo segundo del último anexo del ‘Pacto Antitransfuguismo’, estas personas no deben poder beneficiarse de las ventajas económicas y administrativas de pertenecer a un grupo político, como estar en comisiones o formar parte de la mesa del parlamento.
El caso de Fran Hervías, en opinión de Pedro Riera, no sería transfuguismo aunque haya dejado Ciudadanos para irse al PP. Según este politólogo, “no es un tránsfuga porque ha decidido irse del partido dejando su acta de senador”. Por lo tanto, se considera como tránsfugas a los representantes que conservan sus cargos de diputados o concejales, y no a aquellos que dimiten y dejan sus actas.
En una reciente sentencia del 27 de octubre de 2020, el Tribunal Supremo sentó jurisprudencia y dictaminó que los concejales tránsfugas en los ayuntamientos no pueden asumir “nuevos cargos o retribuciones que supongan mejoras políticas y económicas”.
El PP de Murcia ha aceptado que los diputados tránsfugas estén en el Gobierno
En el primer documento del ‘Pacto Antitransfuguismo’, de 1998, se indica que los partidos se comprometen a impedir que mediante la utilización de tránsfugas se puedan “cambiar las mayorías de Gobierno de las instituciones públicas”. También se aclara que los partidos se comprometen a no admitir a tránsfugas entre sus filas.
Así lo ha explicado también a Maldita.es Pablo Simón, doctor en Ciencias Políticas y profesor de la Universidad Carlos III, que cree que en el caso de los diputados de Murcia, ha habido “una actitud reprobable” por parte del PP y que claramente “el partido damnificado es Ciudadanos”.
Según Simón, una forma también de evitar esto sería establecer un “cordón sanitario” alrededor de las personas tránsfugas. Simón pone el ejemplo del ‘tamayazo’, un conocido caso de transfuguismo que ocurrió en 2003, en el que dos diputados del PSOE en la Comunidad de Madrid impidieron que se formara un Gobierno de PSOE e Izquierda Unida no acudiendo a votar el día de la investidura. El PP de Esperanza Aguirre prefirió ir a una repetición electoral y así no depender del voto de tránsfugas, según nos ha explicado Pablo Simón.
El PP de Murcia podría estar incumpliendo el artículo 16 de sus estatutos, que considera como infracción el aceptar el apoyo de personas tránsfugas para cambiar mayorías de Gobierno en instituciones, ya que al salir Ciudadanos del Gobierno de coalición, el PP, aunque mantiene la mayoría, se queda como el único partido del Gobierno. Además, la moción de censura contra López Miras presumiblemente no saldrá adelante porque los tránsfugas de Ciudadanos no la apoyaran.
Hace más de 20 años desde que se firmó el ‘Pacto Antitransfuguismo’ a nivel local entre los principales partidos políticos: ahora se ha acordado ampliarlo al ámbito estatal y regional
El ‘Pacto Antitransfuguismo’ se firmó por primera vez en 1998. Estaba centrado en poder actuar contra los tránsfugas en la política local para impedir cambios de gobierno. Posteriormente ha habido revisiones y anexos de este pacto en el 2000 y en el 2006.
La última vez fue en noviembre de 2020, cuando después de diez años de inactividad de la comisión de seguimiento del pacto, se han introducido nuevos puntos en el acuerdo. El principal cambio es que se ha acordado trasladar el pacto al ámbito estatal y autonómico, aunque para eso sería necesario modificar los reglamentos de las cámaras legislativas, la ley electoral (LOREG) y la ley de partidos [acuerdo quinto de la adenda III del ‘Pacto Antitransfuguismo’], cosa que aún no ha ocurrido.
En esta última actualización, entre otros aspectos, también se ha acordado extender el pacto a cargos como los senadores por designación autonómica o los diputados provinciales, que no son elegidos directamente en procesos electorales, sino que son elegidos por los representantes electos de los partidos.
Ha habido distintos casos de transfuguismo en nuestra historia política reciente
Quizá el caso de transfuguismo más conocido y relevante de la historia política reciente ha sido el ‘tamayazo’ de 2003 en la Comunidad de Madrid. Según Pablo Simón, doctor en Ciencias Políticas, el ‘tamayazo’ es un caso claro de transfuguismo político porque los diputados “se desvían sobre la disciplina de partido”. El también politólogo Pedro Riera coincide con Simón en la importancia de este caso, ya que se pasó de un gobierno de coalición de PSOE-IU a uno del PP por mayoría absoluta tras la repetición electoral que desencadenó el ‘tamayazo’.
Aparte de los relacionados con la fragmentación de Ciudadanos, ha habido más casos recientes. Por ejemplo, el de Teresa Rodríguez y otros diputados de la coalición Adelante Andalucía en el parlamento andaluz. Podemos les acusó de tránsfugas después de que se desvincularan del partido y finalmente la Mesa del Parlamento acabó expulsándoles del grupo parlamentario por este motivo en octubre de 2020. Aunque Teresa Rodríguez y el resto de diputados no adscritos defienden que los tránsfugas son quienes se quedaron en el grupo parlamentario.
Hace unas semanas también hubo un caso de transfuguismo local en el Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz). Un concejal de Podemos y otro de Vox abandonaron sus respectivos partidos por desavenencias con ellos, pero no han renunciado a sus actas de concejales. En los últimos años, ha habido distintos de casos en España.
Los politólogos Pedro Riera y Pablo Simón opinan en conversación con Maldita.es que este fenómeno es más frecuente en otros países con listas electorales abiertas. En España los partidos políticos tienen una organización más vertical y tienen listas de candidatos cerradas, por lo que es común que todo el partido siga la doctrina marcada por la dirección y que haya una disciplina de partido.
Riera opina además que una opción “deseable” desde el punto de vista normativo sería “dejar el acta de diputado a disposición del partido”, ya que en España, por los sistemas de listas cerradas, se suele votar a los partidos y no a los candidatos.
Primera fecha de publicación de este artículo: 16/03/2021