Desde el 1 de junio ya hay varios territorios que se encuentran en la Fase 3 de la desescalada: las islas de Formentera, el Hierro, la Gomera y la Graciosa, como indica la orden del Ministerio de Sanidad publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 30 de mayo. Nos habéis preguntado mucho qué se puede hacer en esta nueva fase. Respondemos a algunas de vuestras preguntas.
¿Puedo moverme entre provincias o islas que estén en Fase 3?*
Depende de la Comunidad Autónoma. A día 8 de junio se permite la movilidad entre provincias en todos los territorios que están en Fase 3 excepto en las provincias de Extremadura.**
Cada Comunidad Autónoma tiene la potestad de decidir si se permite el movimiento entre las distintas provincias, como explicó Salvador Illa en rueda de prensa el día 2 de junio [min. 71:36], y el Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en el Congreso de los Diputados el día 3 de junio.
¿Aumenta el grupo de personas que pueden pasear, hacer deporte o ir a una terraza juntas?
Sí. En Fase 3 los grupos pueden ser hasta de 20 personas. En ellos puede haber tanto adultos como niños, y también población vulnerable siempre que su orientación clínica esté controlada.
¿Se puede ir al gimnasio en grupo? ¿Abrirán los vestuarios y duchas?
Sí, en la Fase 3 los grupos para hacer deporte pueden ser de hasta 20 personas, y los gimnasios ya pueden abrir los vestuarios y las duchas. Eso sí, no puede haber contacto entre las distintas personas.
¿Sigue habiendo franjas horarias reservadas para mayores de 70 años?
No. En la Fase 3 no hay franjas. Toda la ciudadanía, independientemente de su edad, puede salir a dar un paseo o a hacer deporte a cualquier hora.
¿Hay novedades con respecto a bares y terrazas?
Sí. En la Fase 3 abren las barras de los bares y el interior de los restaurantes con un aforo máximo del 50% y las terrazas un 75% de su aforo.
¿Y las discotecas y bares de ocio nocturno?**
Vuelven a abrir, pero con limitaciones. Su aforo está limitado al 30%, y las pistas no pueden usarse para bailar. En su lugar, las discotecas y bares de ocio nocturno deben poner mesas en este espacio.
¿Sigo teniendo que llevar mascarilla obligatoriamente?
Sí, siempre que no sea posible mantener dos metros de distancia interpersonal, como ya explicamos en Maldita.es.
¿Puedo ir a hacer turismo sin contratar con una agencia?
Sí. En la Fase 3 el límite para realizar cualquier actividad es la provincia. Para el turismo el máximo de personas por grupo es de 30.
¿Hay cambios en velatorios, entierros y bodas?
Sí. Ahora a los velatorios pueden asistir un total de 50 personas en espacios al aire libre y 25 en espacios cerrados. En entierros el límite es de 50 personas, además del sacerdote o equivalente, si lo hay
Y, con respecto a las bodas, ahora pueden asistir un total de 150 personas en espacios abiertos y 75 en espacio cerrados.
¿Qué tipos de negocio que estaban cerrados pueden volver a abrir?
En la Fase 3 se permite la apertura de locales de juegos y apuestas y casinos con un máximo de 50 personas o el 50% de su aforo. También reabren los parques de atracciones, zoos y acuarios al 50% de su capacidad.
¿Y las competiciones deportivas?
Pueden retomarse tanto las profesionales como las no profesionales, sin público y con retransmisión.
Y después de la Fase 3, ¿qué?
La Fase 3 es la última prevista en el plan de desescalada del Gobierno, y en principio durará al menos dos semanas. Después llegará la llamada “nueva normalidad”, para la que aún no se sabe si habrá nuevas medidas de seguridad, distanciamiento social e higiene, aunque se ha anunciado que, por el momento, se deberá seguir usando mascarilla.
*Se ha actualizado esta pieza a día 3 de junio para añadir las declaraciones de Salvador Illa sobre la movilidad entre provincias.
**Se ha actualizad esta pieza a 8 de junio para añadir las comunidades autónomas que permiten el movimiento entre sus provincias y para añadir la información del la orden Orden SND/507/2020, de 6 de junio.
- Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
- Orden SND/381/2020, de 30 de abril, por la que se permite la realización de actividades no profesionales de cuidado y recolección de producciones agrícolas
- Orden SND/385/2020, de 2 de mayo, por la que se modifica la Orden SND/340/2020, de 12 de abril, por la que se suspenden determinadas actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes en las que exista riesgo de contagio por el COVID-19 para personas no relacionadas con dicha actividad
- Orden SND/386/2020, de 3 de mayo, por la que se flexibilizan determinadas restricciones sociales y se determinan las condiciones de desarrollo de la actividad de comercio minorista y de prestación de servicios, así como de las actividades de hostelería y restauración en los territorios menos afectados por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
- Orden TMA/384/2020, de 3 de mayo, por la que se dictan instrucciones sobre la utilización de mascarillas en los distintos medios de transporte y se fijan requisitos para garantizar una movilidad segura de conformidad con el plan para la transición hacia una nueva normalidad
- Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo, por la que se establecen las condiciones a aplicar en la fase I de la desescalada en materia de movilidad y se fijan otros requisitos para garantizar una movilidad segura
- Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad
- Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad
- Orden SND/440/2020, de 23 de mayo, por la que se modifican diversas órdenes para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en aplicación del Plan para la transición hacia una nueva normalidad
- Orden SND/445/2020, de 26 de mayo, por la que se modifica la Orden SND/ 271/2020, de 19 de marzo, por la que se establecen instrucciones sobre gestión de residuos en la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad
- Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad
- Orden SND/507/2020, de 6 de junio, por la que se modifican diversas órdenes con el fin de flexibilizar determinadas restricciones de ámbito nacional y establecer las unidades territoriales que progresan a las fases 2 y 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad