El Congreso de los Diputados ha modificado la norma mediante la que se pueden registrar las preguntas al Gobierno. Debido a que los Consejos de Ministros se han cambiado de los viernes a los martes, ahora los grupos parlamentarios podrán modificar sus preguntas hasta los martes a las 6 de la tarde. Antes, sólo podían hacerlo hasta el lunes.
Además, ha fijado el número de preguntas orales al gobierno que puede hacer cada Grupo Parlamentario durante la XIV Legislatura. Este reparto está regulado por una resolución de la Presidencia de la Mesa del Congreso de 2008. De acuerdo con esta norma, la Mesa del Congreso ha regulado las preguntas de esta manera:
Así, el proceso del control parlamentario en el Congreso quedará de esta manera:
- De lunes a jueves, un diputado puede registrar una pregunta
- El martes se celebra el Consejo de Ministros.
- El mismo martes, se puede modificar la pregunta hasta las 6 de la tarde, o registrar una nueva relacionada con alguna de las decisiones tomadas en el Consejo de Ministros
- El diputado hace la pregunta el miércoles, justo el día después del Consejo de Ministros
En el Senado aún no se han fijado el número de preguntas que tendrá cada grupo, ni si se modificará el día en el que se celebran. La normativa actual fija que se harán los martes por la tarde, y que sólo pueden modificar y añadir preguntas hasta el lunes por la tarde (un día antes del Consejo de Ministros) [pág. 2 de la Norma Supletoria de la Presidencia del Senado sobre el desarrollo del Artículo 163 del Reglamento del Senado].
Lo que dice la ley: Al menos una vez por semana el Congreso y el Senado pueden solicitar la comparecencia de los miembros del Gobierno
El Título V de la Constitución Española indica que el Congreso de los Diputados y el Senado tienen derecho a reclamar la presencia de los miembros del Gobierno en las cámaras, y que al menos una vez por semana se debe celebrar un debate en el que el ejecutivo responda a las preguntas e interpelaciones de diputados y senadores.
Los diputados y senadores también pueden registrar preguntas para las que se solicita respuesta por escrito. En estos casos, el Gobierno tiene 20 días (prorrogables por otros 20) para responder a un diputado [art. 190 Reglamento del Congreso] o 30 no prorrogables a un senador [art. 169 Reglamento del Senado].
Interpelaciones: Cuestiones más generales que invitan al debate a todos los grupos parlamentarios
Además de las preguntas, los diputados y senadores también tienen derecho a realizar interpelaciones. Esto son cuestiones más amplias, como explica la web del Congreso de los Diputados, y están relacionadas con cuestiones políticas generales. Suelen traducirse en un debate más largo en el que intervienen más personas que solo quien la registra y a quien está dirigida. Estas deben registrarse en la Mesa del Congreso o del Senado. Quince días después de que la Mesa las apruebe, entrarán en el orden del día del Pleno.
Después del debate de la interpelación, en el que participan el interpelante, el interpelado y los grupos parlamentarios que quieran, se puede hacer una votación en la que la Cámara fija su opinión acerca del tema debatido, que no tiene carácter de ley [art. 184 Reglamento del Congreso y art. 173 Reglamento del Senado].