Iñaki Urdangarin, el marido de la Infanta Cristina y cuñado del rey Felipe VI, condenado por delitos de corrupción en el caso Nóos, ha obtenido un permiso para salir de la cárcel durante cuatro días. Lo ha autorizado el juez de Vigilancia Penitenciaria 1 de Valladolid, Florencio de Marcos, al haber cumplido ya Urdangarin un cuarto de su condena.
Esto no es un privilegio, sino un derecho penitenciario que tienen los presos que han obtenido el segundo o el tercer grado, como indica el Reglamento Penitenciario (artículo 154). Para que se pueda aplicar, tiene ser concedido por el Juez de Vigilancia o el Centro Directivo de Instituciones Penitenciarias.
Antes de que el Juez de Vigilancia o el Centro Directivo conceda el permiso, el equipo técnico de la cárcel en la que se encuentra el preso (en este caso, la de Brieva, en Ávila) debe proponerlo (a petición del interno), y la fiscalía debe no oponerse a la concesión. Este es justo el caso de Iñaki Urdangarin: la cárcel de Brieva solicitó que se le concediera el permiso, la fiscalía no se opuso a él y el juez Florencio de Marcos lo ha autorizado.
Además, es imprescindible que se den dos condiciones -además de estar en segundo o tercer grado- para que se puedan conceder estos permisos: haber cumplido un cuarto de la condena y tener buena conducta (ambas cumplidas por el preso).
Iñaki Urdangarin ya pasa ochos horas dos días a la semana fuera de la cárcel haciendo tareas de voluntariado, como permite el artículo 117 del Reglamento Penitenciario como medida para la reinserción a la que pueden optar los internos de segundo grado poco peligrosos para la sociedad.
Urdangarin sigue en segundo grado
El que Iñaki Urdangarin haya salido cuatro días de la cárcel no significa que esté en tercer grado. Actualmente el preso se encuentra en el segundo, que es el más común entre los reclusos: permite realizar actividades como ir al patio, al comedor, etc., al contrario que el primero. que es el más restrictivo, se cumple en la celda y tiene un mayor nivel de control y vigilancia (Título III del Reglamento Penitenciario).
El tercero, por su parte, es el régimen de semilibertad, que permite a los presos ir solo a dormir a prisión de lunes a jueves. Cada seis meses las cárceles revisan la calificación de los presos (artículo 105), y la última de Urdangarin fue en agosto, por lo que hasta febrero no podrá solicitarla.