Salta la notificación de un mailing (correo publicitario masivo) al que no recordamos ni cómo ni cuándo nos suscribimos. Después de ignorarlo por suficiente tiempo, decidimos darle al botón ‘Darse de baja’ o ‘Cancelar suscripción’. El mensaje que nos aparece luego puede resultar un poco críptico: “no recibirás más comunicaciones”, “estamos procesando tu solicitud” o “te has dado de baja de esta cadena de correos”. Pero después, ¿qué pasa con nuestros datos?
Normalmente, cuando nos damos de baja de un mailing estamos ejerciendo nuestro derecho de oposición, no “al olvido” o la supresión. Es decir, estamos solicitando no recibir más comunicaciones, no que se eliminen nuestros datos. Esto último sólo puede hacerse si los datos ya no son necesarios para ninguno de los fines que consentimos, o si son utilizados solo con fines de mercadotecnia directa. Incluso en estos casos, nuestros datos podrán ser almacenados y bloqueados por un tiempo hasta que prescriban las responsabilidades asociadas a su tratamiento.
Sin embargo, si nos dimos de baja de un mailing y volvemos a recibir un correo, podemos hacer una reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
Al darnos de baja de un mailing ejercemos nuestro derecho a la oposición, lo que impide recibir publicidad, pero no supone la eliminación de nuestros datos
“Hay que tener cuidado cuando se nos ofrece darnos de baja de un mailing, ya que normalmente lo que estamos ejerciendo aquí es un derecho de oposición, no de supresión”, advierte Javier Díaz, subdirector general de Confianza Online y maldito que nos ha prestado sus superpoderes. Esto significa que nos oponemos a que nos sigan enviando comunicaciones, pero no significa necesariamente que se borren nuestros datos.
La información solo se eliminará en dos casos: si ya no hay motivos que prevalezcan para el tratamiento de datos o que nuestros datos sean objeto de mercadotecnia directa (cuando se contacta directamente al cliente para generar comunicación bidireccional). Sin embargo, esto no significa que se retiren inmediatamente: las empresas pueden conservarlos por un tiempo pero bloqueados, impidiendo su tratamiento y visualización, hasta que prescriban las responsabilidades que pudieran nacer como consecuencia de su tratamiento. Victor Roselló, abogado y Delegado de Protección de Datos, afirma que este periodo puede durar hasta tres años, “aunque en el mundo del email marketing las infracciones habituales prescriben a los dos”.
¿Y por qué no ejercer el derecho de supresión y solicitar directamente que se eliminen nuestros datos? Díaz lo explica con un ejemplo: supongamos que solicitamos un crédito con un plazo de 36 meses de amortización y, al firmar la documentación, autorizamos el tratamiento de nuestros datos para el envío de publicidad. Si a los cinco meses solicitamos a la empresa que se supriman nuestros datos, no será posible, ya que siguen siendo necesarios para uno de los fines para los que fueron recogidos, el crédito. En este caso, lo mejor es ejercer nuestro derecho de oposición, para dejar de recibir comunicaciones publicitarias. De igual manera, cuando nuestros datos cumplan la finalidad para los que fueron recogidos serán eliminados.
Ahora, ¿qué pasa si ya no hay un fin aparente que justifique el tratamiento de nuestros datos? Por ejemplo, si hemos finalizado el contrato con una compañía telefónica y siguen enviándonos comunicaciones comerciales, a pesar de habernos dado de baja de sus mailings. Bueno, lo primero es revisar bien la política de privacidad o de protección de datos de la empresa para estar seguros de lo que hemos firmado y, si el uso actual que se le está dando a nuestra información no está justificado en el documento, podríamos estar frente a un incumplimiento del contrato.
Si nos damos de baja y nos vuelven a contactar, podemos hacer una reclamación en la AEPD
Puede pasar que después de darnos de baja o cancelar la suscripción a un mailing, volvamos a recibir sus comunicaciones. En estos casos, se están transgrediendo nuestros derechos y por lo tanto, podemos poner una reclamación en la AEPD.
“El error humano o técnico que muchas empresas argumentan para eludir la responsabilidad no es suficiente a los ojos de la Agencia”, advierte Roselló. El proceso puede terminar en multas y sanciones, como la que recibió una empresa por 600 euros por volver a contactar a un usuario que se había dado de baja de sus comunicaciones publicitarias por correo.
En este artículo ha colaborado con sus superpoderes el maldito Javier Díaz, subdirector general de Confianza Online.
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