Si vendes un armario en Wallapop, alquilas tu vivienda en Booking u ofreces clases particulares a través de Milanuncios, puede que tengas que incluirlo en la declaración de la renta (IRPF). Algunas actividades que realizamos a través de plataformas digitales conllevan el pago de impuestos y, desde enero de 2024, esas mismas plataformas deben compartir cierta información con Hacienda. Según la situación del vendedor (si es una venta puntual o una actividad económica) y de lo que vendamos (un bien de segunda mano, uno nuevo o un servicio), los impuestos que se deben pagar y declarar son distintos. En general, el sistema funciona igual que si las ventas se hacen a través de opciones convencionales.
Maldita.es ha consultado tanto a la Agencia Tributaria como a las malditas expertas en fiscalidad Maite Fandos y Paula Quintana, que nos han donado sus superpoderes.. La información y las explicaciones de las expertas y la Agencia Tributaria no deben considerarse como un asesoramiento financiero. En este artículo explicamos aspectos generales de estos impuestos, pero recomendamos buscar el asesoramiento de un profesional o consultar a la administración correspondiente.
¿Qué impuestos debes pagar si vendes por internet o en plataformas digitales? Depende de lo que vendas y de si es una actividad puntual o continua
En líneas generales, los impuestos que debemos pagar y cómo declararlos si vendemos por plataformas digitales (Vinted, Wallapop, Booking…) son similares al resto de situaciones en las que se vendan productos o servicios. Para saber qué impuestos hay que abonar, la Agencia Tributaria explica a Maldita.es que hay que atender a dos aspectos fundamentales:
Si es una venta puntual o una actividad económica recurrente.
Cuál es el tipo de bien o servicio que vendo.
En función de estas dos variables, los impuestos que debemos pagar serán unos u otros. Fandos explica que, en cualquier caso, los rendimientos o las ganancias o pérdidas que obtengamos hay que incluirlos en la declaración de la renta. La experta explica que, en el caso concreto del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), variará el concepto en función de cada situación.
Si eres un particular que vende bienes puntuales por internet, debes tener en cuenta hasta tres impuestos: IRPF, IVA e ITP
Si una persona particular vende un armario por Wallapop o un vestido que no usa por Vinted como una acción puntual, Quintana explica que hay que tener en cuenta hasta tres impuestos:
Si hablamos del impuesto sobre la renta, los ingresos que obtengamos se contabilizarán como ganancias o pérdidas patrimoniales. Estos deberemos incluirlos en la declaración de la renta teniendo en cuenta dichas ganancias o pérdidas.
Si es un producto nuevo y es una venta puntual (por ejemplo, algo fabricado por nosotros), el comprador deberá pagar el impuesto sobre el valor añadido (IVA), que es ingresado a Hacienda por el vendedor.
Si es un bien de segunda mano (ropa que no usas, muebles viejos, una vivienda, un automóvil, etc.), deberá pagarse el impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), el cual depende de las comunidades autónomas. El comprador es el encargado de ingresarlo a las haciendas autonómicas.
Si eres una persona que vende con regularidad a través de plataformas digitales, debes darte de alta como autónomo o pagar sociedades
Si en vez de ser una actividad puntual es algo recurrente (vendes muebles a través de Wallapop u ofreces servicios a través de anuncios por Milanuncios), entonces las expertas explican que pasaría a considerarse una actividad económica:
Deberás darte de alta como autónomo y los ingresos que obtengas tributarán en el impuesto sobre la renta como rendimientos de actividades económicas (en vez de ganancias patrimoniales).
Las actividades que realices deberán llevar IVA que pagará el cliente, pero que ingresará el autónomo a Hacienda a través de las declaraciones mensuales o trimestrales del impuesto. La Agencia Tributaria explica que en determinados casos se aplicará ITP en vez de IVA o la actividad estará exenta de IVA.
Si el vendedor es una empresa en vez de una persona particular, en vez de pagar IRPF, deberá pagar el impuesto sobre sociedades.
Si ofreces alquileres a través de Booking, Fotocasa o Airbnb, debes tributar las ganancias por IRPF, y por IVA si ofreces servicios adicionales
En el caso de los alquileres vacacionales, independientemente de que sea un particular, una empresa o un autónomo, hay que pagar impuestos por ellos. Fandos y Quintana explican que, en ciertos casos, se podrán deducir los gastos asociados a la vivienda. Por ejemplo:
Un particular que alquila su vivienda en periodos vacacionales a través de plataformas digitales deberá indicar sus ingresos en la declaración de la renta. Tendrán que figurar como rendimientos de capital inmobiliario y tributar por ellos.
Si es una actividad profesional porque ejerce de ello (un autónomo que se dedica al alquiler turístico) y ofrece servicios propios de la hotelería, entonces lleva un 10% de IVA que, al igual que en el caso anterior, paga el cliente, pero ingresa el autónomo.
Las empresas, al ser una actividad comercial, tributarán por sus ingresos a través del impuesto sobre sociedades.
En este artículo han colaborado con sus superpoderes las malditas Pilar Quintana, funcionaria del Cuerpo Técnico de Hacienda, y Maite Fandos, asesora fiscal.
Pilar Quintana y Maite Fandos forman parte de Superpoderosas, un proyecto de Maldita.es que busca aumentar la presencia de científicas y expertas en el discurso público a través de la colaboración en la lucha contra la desinformación.
Gracias a vuestros superpoderes, conocimientos y experiencia podemos luchar más y mejor contra la mentira. La comunidad de Maldita.es sois imprescindibles para parar la desinformación. Ayúdanos en esta batalla: mándanos los bulos que te lleguen a nuestro servicio de Whatsapp, préstanos tus superpoderes, difunde nuestros desmentidos y hazte Embajador.