No es raro encontrarnos en redes sociales publicaciones de profesores que comparten algún trabajo o dedicatoria de sus alumnos. A nadie le tiene por qué chirriar leer de vez en cuando respuestas graciosas en exámenes, dibujos hechos por niños pequeños, mensajes con faltas de ortografía que se comparten con cariño… Sin embargo, con la entrada de TikTok en el panorama tecnológico y social, se han popularizado otro tipo de contenidos, en los que se graba directamente al alumno bailando o realizando algún trend, por ejemplo, incluso aunque no estén en el centro educativo. O al contrario, alumnos que graban a escondidas a sus profesores mientras dan clase. ¿Os suena?
Por ahí van los tiros con algunas preguntas que nos habéis hecho sobre estas acciones y que hemos intentado resumir en si puede o no un profesor grabar contenidos de sus alumnos o a ellos mismos bailando, tanto mientras están en clase como si no, y viceversa. Y para todo eso, malditos y malditas, vamos a hablar de la figura del llamado #TeachToker, que, traducido al idioma del común de los mortales, significa un profesor que, a su vez, tiene una cuenta en TikTok en la que publica activamente.
La tendencia del profesor que sube contenido a sus redes sociales, un riesgo si "explota" a los alumnos
El hashtag #TeachToker se lleva utilizando mucho tiempo en la plataforma, normalmente por docentes de cualquier país que comparten contenido relacionado con lo que hacen en las aulas. Divulgación, estrategias de docencia, contenido cómico… Nos podemos encontrar vídeos educativos y entretenidos si buceamos en esta etiqueta. Sin embargo, detrás de ella también se esconde una práctica un tanto arriesgada para los alumnos, que se convierten en un instrumento usado por los profesores para ganar seguidores y popularidad en TikTok.
En España, comenzamos a conocer más sobre el contexto detrás de esta práctica gracias a la labor divulgativa del perito informático Pablo Duchement, especializado en casos de acoso y ciberbullying a menores. Define a los #TeachToker como profesores “con alma de influencer que, en su búsqueda de aumentar el alcance en su segunda actividad, explota en cuentas personales de RRSS a los alumnos a los que, simultáneamente, impartía clase como desempeño de su primera actividad”.
¿Cómo se puede “explotar” a un alumno en esta situación? Básicamente, aprovechando su presencia y la emoción que puede generar en las personas que ven los vídeos para ganar seguidores y sacar provecho de la plataforma: “Esta explotación requiere siempre de una exposición de los estudiantes (ya sea de su imagen, de su voz, de sus respuestas, de sus datos, de sus resultados académicos, de sus outputs, de su intimidad o incluso de su participación emulada) mientras sigue siendo su profesor. Además, la actividad de influencer les produce una retribución extra, ya sea medida en likes o en euros”, explica Duchement.
Bailes, 'trends' de TikTok y contenidos posiblemente inapropiados (aunque no todo son malas prácticas)
¿Un ejemplo? Docentes que participan en bailes y trends de TikTok con canciones y movimientos “sexualizados” junto a menores de edad. En estos casos, puede que el profe o la profe en cuestión puedan incluso monetizar su vídeo y ganar dinero a partir de él, pero lo hacen a costa de que aparezcan menores de edad que no son conscientes de lo que significa que haya ese tipo de imágenes colgadas en Internet (y que quedan al alcance de cualquiera, incluidas personas que puedan hacer un mal uso de ellas).
Tenemos nueva #TeachToker (profesora que divulga en sus cuentas personales de RRSS la imagen de sus alumnos MENORES DE EDAD).
— P. Duchement🍏 (@PDuchement) March 23, 2022
Preparémonos, que vienen curvas. pic.twitter.com/ayHzaYcDUq
María Lázaro, directora de Desarrollo y Marketing de Adigital y autora de ‘Redes sociales y menores. Guía práctica’, ve varios riesgos potenciales, entre ellos “el acceso a contenidos inapropiados para su edad, la posibilidad de contactar con extraños cuya identidad real desconocen y que podrían no ser quienes dicen o el riesgo que al compartir datos e información sobre ellos mismos”. Todo ello puede llevar a que suplanten su identidad en el entorno online o que se vean expuestos a acoso cibernético.
Ojo, no todos los profesores tienen que entrar en ese saco: hay docentes que también se dedican a la divulgación y aprovechan las plataformas digitales para ello, incluida TikTok. Es más, tanto Lázaro como Duchement inciden en que dentro del gremio este tipo de contenido divulgativo es mayoritario, frente al porcentaje de #TeachTokers y sus malas prácticas. “En TikTok, Instagram y redes sociales hay una comunidad de profesores muy activa y útil, que comparte recursos educativos que sirven de ayuda e inspiración a otros profesores, o de ayuda a sus alumnos. Basta con echar un vistazo, por ejemplo, al hashtag #ClaustroVirtual”, nos recomienda Lázaro.
La especialista nos da ejemplos y recomendaciones de cuentas divulgativas en TikTok, como la del profe de matemáticas Carlos Maxi, que en su canal @aprende_mates plantea retos matemáticos o enseña cómo resolver problemas (con más de 250.000 seguidores), o el de Juan Jesús Pleguezuelos, que en su canal @elprofesorinquieto explica historia y refuerza contenidos de selectividad.
@elprofesorinquieto La Transición, para 2° de Bachillerato. #historia #historiadeespaña #pevau #selectividad ♬ Applause - applause for Vladimir Horowitz
Es necesario el consentimiento legal de padres con menores de 14, pero también hay riesgo de que los alumnos den permiso por miedo a suspender
Tras esta explicación, llegamos al quid de otras de las cuestiones planteadas: más allá de las implicaciones éticas y deontológicas que supone que un profesor pueda explotar la imagen de sus alumnos, ¿qué pasa con las grabaciones? ¿Son legales?
“En este caso hay que diferenciar entre los menores de 14 años y los mayores, y también si son actividades que se realizan desde el propio colegio y se van a publicar en sus redes sociales”, expone a Maldita.es Jorge Campanillas, abogado especializado en protección de datos en centros educativos. “Si son menores de 14, está claro que hace falta el consentimiento de los padres”, apunta. Esta es la edad que marca la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) a partir de la cual los menores pueden gestionar todo lo relacionado con sus datos personales.
En los colegios, según Campanillas, se suele formalizar a principios de año que se pueda grabar a un alumno o publicar fotos en las redes sociales del centro, al hacer la matrícula. Aquí hace una llamada de atención, ya que no es lo mismo que en un acto del cole o del instituto se tomen fotos y se cuelguen en redes sociales, a que lo haga un profesor a nivel individual y en su cuenta personal: “A priori no pueden publicar nada a no ser que lo esté realizando como profesor del centro, tendría que comprobarlo con este y antes de publicar nada tener el consentimiento de los padres”.
El tema del consentimiento tiene truco: ¿saben siempre los chavales de 14 o 16 años lo que implica? Recordamos que el que hayan nacido rodeados de dispositivos y que se les considere nativos digitales no significa que conozcan las reglas y las implicaciones del funcionamiento de Internet.
En esta línea se posiciona Lázaro: “Si estamos intentando explicar a los menores que deben proteger y cuidar su huella y su identidad digital, que no deben medir su autoestima en función del número de likes o de reproducción de un vídeo, que su importancia como personas no depende del número de seguidores, ¿qué ejemplo se les da si precisamente la persona que ejerce (o debería ejercer) de autoridad ante ellos, y enseñarles un uso adecuado y ‘emocionalmente saludable’ de la tecnología, es quien utiliza su imagen para sumar reproducciones, likes y reproducciones a su perfil como profesor?”.
Campanillas pone el ejemplo de los exámenes: ¿podría pedirle un profesor a un alumno su permiso para colgar su examen en redes o sus notas? Sí, pero en este caso el consentimiento está “viciado”: “Existe una posición de poder del profesor que lo pide y un menor expuesto a su nota: ¿si un profesor te pide algo, te estás jugando que te suspenda o te coja manía?”.
“Si una profesora, por ejemplo, decidiera felicitar o incentivar a sus alumnos acompañando las calificaciones de sus exámenes con sellos de tinta motivacionales, eso no sería cuestionable. Grabarlo en vídeo (calificaciones incluidas), y publicarlo en su cuenta personal (y monetizada) de TikTok, sí”, señala Duchement.
Esto también aplica al revés: los alumnos tampoco pueden grabar a los profesores sin su consentimiento y subir las imágenes a su cuenta de TikTok o Instagram, “como cualquier consentimiento relacionado con la imagen personal en redes sociales”, concluye Campanillas.
Primera fecha de publicación de este artículo: 08/09/2022