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MALDITA TECNOLOGÍA

Verdades y mitos de la obsolescencia programada: ¿se puede denunciar que un producto se estropee rápido?

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Con la obsolescencia programada nos adentramos en un asunto polémico e incierto. El término se refiere a un diseño de producto en el que la empresa decide limitar la vida útil del dispositivo u objeto en cuestión de manera deliberada. Aunque puede haber varios motivos para hacerlo, el más común es el que puedes imaginar: obligar al consumidor a comprar otro modelo nuevo cada pocos años (o meses) y así evitar que el nivel de ventas se desplome.

De dónde viene el concepto de 'obsolescencia programada'

Aunque la práctica es bastante antigua, el concepto se popularizó con el documental ‘Comprar, tirar, comprar’, presentado en 2010 y que ponía sobre la mesa algunos ejemplos históricos como Phoebus, el cártel de empresas de bombillas formado en los años 20 para acortar la vida útil de sus productos o el de DuPont, que decidió rebajar la calidad de sus medias de nailon en los años 30 para que las clientas tuvieran que comprar de forma continua sus productos, y no sólo una vez.

Una vez repasada la teoría: ¿realizan este tipo de prácticas las empresas tecnológicas para obligar a los consumidores a renovar sus dispositivos cada poco tiempo? Varias sentencias apuntan a ello: en 2018, Apple y Samsung tuvieron que pagar una multa de 10 y 5 millones de euros, respectivamente, después de que la autoridad italiana en materia de competencia (la AGCM) constatara que las empresas "causaron fallos de funcionamiento graves y redujeron significativamente el rendimiento" de dispositivos antiguos a través de actualizaciones.

Esta sentencia no fue la única. La Dirección General de Competencia, Consumo y Prevención de Fraudes de Francia multó con 25 millones de euros a Apple al considerar que la ralentización premeditada de los iPhone 6, iPhone 6s y iPhone SE era una “práctica comercial engañosa por omisión”. La multinacional estadounidense reconoció que ralentizaba algunos de los dispositivos más antiguos con el objetivo de “alargar su vida útil” y para evitar una mayor degradación de las baterías.

Si nos ponemos un poco más técnicos, varios artículos científicos también apoyan la tesis de que las empresas limitan la vida útil de sus diseños con intereses comerciales. Esta investigación elaborada en 2020 por científicos de universidades chinas, británicas y estadounidenses apunta a un dato interesante: cómo las compañías de componentes dan forma a los procesadores multinúcleo (los encargados del cerebro de nuestros móviles y ordenadores) para que su envejecimiento empiece a acelerarse dos años después de su venta. Es decir, una vez que acaba la garantía.

“Más concretamente, el envejecimiento de un chip multinúcleo se configura para que sea lento antes de que expire la garantía, y su proceso de envejecimiento se acelera después. Este envejecimiento controlado se consigue manipulando el algoritmo de enrutamiento (su diseño más básico). Los resultados experimentales muestran que, con el ataque de obsolescencia programada propuesto, el fabricante puede aumentar su margen de beneficios”, apunta la investigación.

Es difícil de reclamar porque es difícil de probar

Nuestro maldito Alfonso Rodríguez, técnico en Derechos de los Consumidores que nos ha prestado sus superpoderes, nos explica que “la obsolescencia programada es un hecho pero algo difícil de demostrar (y sobre todo algo complicado de reclamar) ya que hay que entrar en cuestiones de cuál es la vida útil mínima para un electrodoméstico”.

En “prácticamente todos los aparatos electrónicos” que utilizamos cada día, según apunta Rodríguez, hay un desfase entre las expectativas de vida útil que tiene el comprador y el rendimiento real del producto. La situación es difícil de reclamar ya que, más allá de los problemas cubiertos por la garantía de dos años, resulta complicado afirmar que un dispositivo ha sido manipulado para durar menos de lo que debería.

“Todo este tema tendría una menor incidencia si, tal como hemos pedido las asociaciones en multitud de ocasiones, el IVA que afecta a las reparaciones de los electrodomésticos, especialmente los más pequeños, fuera el reducido del 4%, en cuyo caso sería más económico reparar que adquirir uno nuevo, todo lo contrario de lo que ocurre en este momento”, considera Rodríguez.

¿Qué productos suelen estropearse más?

Desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) explican a Maldita Tecnología que la obsolescencia programada sí existe, “pero es difícil de demostrar e implica una intencionalidad del fabricante”. Precisamente la OCU participó en diciembre del pasado año en la demanda a Apple por limitar la vida útil de la gama de iPhone 6, como os comentábamos unas líneas más arriba.

En su lugar aportan un concepto interesante, el de la obsolescencia prematura, que “no implica una intencionalidad consciente, aunque también obliga al fabricante a reparar el aparato”. En este interesante estudio la OCU cruza datos de consumidores españoles con los de otros países europeos.

Fuente: Barómetro de Obsolescencia Prematura (BOP)

A la cabeza de los problemas prematuros reflejados en este Barómetro de Obsolescencia Prematura (BOP) se encuentran los dispositivos móviles, con un 28% de las quejas reportadas por los consumidores españoles. Las impresoras y las aspiradoras completan el podio con un 9,7 y un 8,7% de las quejas, respectivamente.

Otros datos de interés: “El 42% de los problemas surgen en los primeros 2 años, con el producto aún en garantía; un 11% se producen en los 6 primeros meses, cuando aún se entiende que es un defecto de fabricación y un 24% de los fallos reportados se producen entre los 2 y 3 años, justo al terminar el periodo de garantía”.

Además, cuatro de cada diez productos no se intentan reparar tras estropearse. ¿Por qué? Aunque los motivos son variados, el mayoritario (con un 27% de las respuestas) es porque los consumidores consideran que “la reparación es demasiado cara”. Casi resulta más barato comprarse un producto nuevo antes que reparar el antiguo, una situación que a muchos os resultará familiar.

En este artículo ha colaborado con sus superpoderes el maldito Alfonso Rodríguez, técnico en Derecho de los Consumidores.

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Primera fecha de publicación de este artículo: 06/05/2021

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