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MALDITA TECNOLOGÍA

¿Puede un país prohibir usar una aplicación? El ejemplo de TikTok y Estados Unidos

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En los últimos meses, TikTok ha pasado de estar a punto de prohibirse en Estados Unidos a plantearse una alianza con empresas estadounidenses para que su público estadounidense pudiera seguir usando la aplicación. El presidente, Donald Trump, dijo que si esto último no ocurría, prohibiría su uso en el país. La pregunta es: ¿puede hacerlo?

Por hacer un pequeño resumen de la situación, Trump se pasó el verano asegurando que la aplicación es una “amenaza” para la “seguridad nacional” del país porque supuestamente envía datos personales de sus ciudadanos a China, de donde es la empresa propietaria de TikTok, Bytedance. Por ello, dijo que la única manera de que TikTok pudiera seguir funcionando allí es si sus operaciones en Estados Unidos las llevara una empresa nacional. Es decir, que fuera una compañía de allí quien controlara el uso de datos, por ejemplo, así como la tecnología que usa la app (algo que China no permite).

A día de hoy no se sabe qué va a ocurrir exactamente con TikTok, ya que parece que hay algunas candidatas que se harían cargo de la escisión estadounidense de TikTok pero la situación no termina de consolidarse. Aun así, es el ejemplo perfecto para explicar en qué condiciones puede un país como Estados Unidos “prohibir” el uso de una aplicación.

Acudir a los sitios de descarga y forzar a la empresa a retirarse

“La primera de las formas es a través de la aplicación de multas, congelamiento de activos y sanciones que llevan a que la empresa tome la decisión de retirarse”, explica a Maldita Tecnología Manuel Jaimes Roa, analista político y profesor de Comunicación y Relaciones Internacionales en la Universidad de Brasilia, que además nos ha prestado sus superpoderes. Después, se podría “obligar a las plataformas de descarga, así como a las operadoras prestadores de Internet a bloquear el acceso y descarga de la aplicación”.

Según Jaimes Roa, existen “medios tecnológicos” para bloquear una dirección IP o filtrar enlaces para eliminar todos los que dieran acceso al contenido restringido. Sin embargo, explica que “siempre existen formas de saltar el bloqueo, como se ha demostrado en China, que es el país que más control ejerce sobre el uso de Internet”.

Fuente: Giphy

Rahul Uttamchandani, abogado especializado en nuevas tecnologías y privacidad en Legal Army, precisa que “cada país o Estado tiene su propia regulación”, por lo que en algunos casos la “la legislación interna del Estado en cuestión puede habilitar a sus órganos ejecutivos a limitar o prohibir el uso de una aplicación”.

Se limita la presencia de la empresa, pero no se prohibe a los usuarios utilizarla

En cuanto a TikTok, aparte del caso de Estados Unidos, está por ejemplo el de India. El país asiático sí que aplicó una restricción a la aplicación en el país porque tuvo varias confrontaciones con China en la frontera entre ambos países. Por eso, “castigó” al país vecino prohibiendo uno de sus productos más internacionales.

Eso sí, según este abogado, esa esa excepción debe estar sometida a supuestos muy estrictos. Por ejemplo, cuando existan amenazas creíbles para la seguridad nacional o la salud pública de la población.

“En todo caso, lo que se prohibiría no sería el uso de la aplicación o la red social ya que la prohibición recaería sobre los usuarios, consistiría más bien en no permitir o limitar su comercialización y uso en los mercados correspondientes”, añade Uttamchandani.

Es decir, que al final la prohibición de una aplicación no pasa por que los usuarios tengan que dejar de usar activamente la aplicación y si no serán penalizados, sino por imponer una serie de restricciones a nivel comercial para que la aplicación no se pueda distribuir: se sanciona a la empresa, se retiran los canales en los que está disponible (en este caso las tiendas de aplicaciones) y se asegura que la gente no tenga acceso a ella.

Por eso, Uttamchandani avisa de que “en estos casos es importante también valorar no sólo cuestiones relacionadas con la ciberseguridad y la protección de datos, sino también los efectos de estas decisiones en el derecho de la competencia, valorando igualmente los principios de la Organización Mundial del Comercio”.

En este artículo ha colaborado con sus superpoderes el maldito Manuel Jaimes Roa.

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Primera fecha de publicación de este artículo: 15/10/2020.

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