“Es una ocurrencia, las bajas tienen que ir refrendadas por prescripción médica, (...) no podemos auto-darnos de baja cada uno porque así lo entiende o así lo cree” [min. 0:44]. Con estas palabras el presidente de la Región de Murcia, Fernando López Miras, ha criticado la propuesta del Ministerio de Sanidad de impulsar las ‘autobajas’ para descongestionar la atención primaria en la sanidad pública.
Murcia permite las ‘autobajas’ a funcionarios desde 1996
La Región de Murcia cuenta desde el 15 de octubre de 1996 con un ‘parte de notificación interna de inasistencia del trabajo’ para funcionarios. En esa fecha, el Gobierno del PP aprobó una orden “sobre el modo de justificación por el personal al servicio de la Administración Regional de las ausencias del puesto de trabajo por motivos de enfermedad”.
En ese documento, que desarrolla el decreto sobre jornada laboral para personal funcionario del Gobierno murciano, se especifica que los funcionarios que no acudan al trabajo por motivos de salud deberán rellenar cuando se reincorporen de nuevo “el parte de notificación interna de inasistencia al trabajo”.
En ese documento se especifican varias enfermedades que los trabajadores de la administración pública murciana pueden acogerse, y entre ellas se encuentran la gripe y el catarro, dos de las enfermedades que han hecho que ahora se propongan desde el Ministerio de Sanidad las ‘autobajas’ [artículo 1.1]. Este parte no será necesario cuando haya una baja médica.
Además, la Consejería de Educación murciana especifica también que las ‘autobajas’ se podrán solicitar cuando la ausencia no sea superior a tres días. En el decreto de jornada laboral de 1990 se detalla en su artículo 7.4 que a partir del tercer día será obligatoria la “presentación del parte de enfermedad, expedido por facultativo competente”.
¡Ay, la Maldita Hemeroteca!