¿Si "limpias el campo" puedes perder las ayudas de la PAC?: los límites y condiciones de la normativa de la UE

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La Política Agraria Común (PAC) no prohíbe, con carácter general, “limpiar el campo”: lo que hace es regular prácticas concretas —como la labranza en fuerte pendiente, las cubiertas vegetales o la quema de rastrojos bajo autorización fitosanitaria— para proteger el tanto el suelo como la biodiversidad. Estas pautas se dividen en normas obligatorias para recibir los pagos directo, las pautas de condicionalidad (BCAM) y ecorregímenes voluntarios (incentivados económicamente); en el caso de las BCAM, no cumplir parte obligaciones no conlleva la pérdida total de las subvenciones, pero sí penalizaciones parciales progresivas. En los ecorregímenes, al suponer un ‘extra’ voluntario, si no se cumplen no se obtiene la cuantía pero no afecta al resto de ayudas de la PAC que pueda recibir la misma persona.

Las opiniones y puntos de vista expresados solo comprometen a su(s) autor(es) y no reflejan necesariamente los de la Unión Europea. Ni la Unión Europea ni la autoridad otorgante pueden ser considerados responsables de ellos.

En los meses de verano, si hay un tema de conversación por excelencia en todas las mesas –además del calor y los mosquitos–  son sin duda los incendios. Es probable que, año tras año, escuches la misma afirmación: que “el problema es que no se deje limpiar el campo”, relacionando la gravedad de los incendios con supuestas normativas impuestas a agricultores, ganaderos o cualquier otro actor rural que, en teoría, les impediría gestionar el combustible vegetal. En el caso del terreno forestal, en Maldita.es ya te contamos que la Ley de Montes no prohíbe “limpiarlos”, de hecho, obliga a los propietarios a realizar tareas para prevenir incendios, según establecen los planes anuales de prevención de cada comunidad autónoma y permite aprovechar los recursos del monte con tareas como recoger piñas o pastorear.

En lo que respecta a los terrenos de producción agrícola o ganadera, esta idea se vincula con los requisitos para recibir las subvenciones de la Política Agraria Común de la Unión Europea, las conocidas como ayudas de la PAC. Estos ingresos los ofrece la UE bajo el paraguas de uno de los objetivos de la PAC: proporcionar apoyo a los agricultores y garantizar la rentabilidad de sus explotaciones. Los requisitos para recibir estas ayudas dependen de varios factores, como el tipo de ayuda (generales o ecorregimen), el tipo de uso productivo de la tierra (cultivo leñoso, herbáceo, etc.) o la extensión del terreno, por lo que no es tan sencillo generalizar. En Maldita.es hemos revisado la normativa de ayudas directas de la PAC y hemos consultado expertos. Esto es lo que sabemos: 

¿Qué entendemos por “limpiar el campo” y por qué tiene que ver con los incendios?

“Limpiar el campo” es una forma popular de referirse a las actividades como la eliminación de matorrales, de restos de poda y otras técnicas para retirar vegetación, técnicamente conocidas como tratamientos silvícolas. Cuando la vegetación se seca, actúa como combustible que alimenta el fuego, según explica el Ministerio de Transición Ecológica y Medio Ambiente (MITECO).

En Maldita.es ya te contamos que durante un incendio forestal, la vegetación (seca o no) actúa como puente: si es densa y está conectada, las llamas pueden avanzar sin obstáculos. Esta conexión puede ser horizontal, de un arbusto a otro; o vertical, si las llamas ascienden desde el matorral hasta las copas de los árboles. Es precisamente por ello por lo que los tratamientos selvícolas forman parte de los planes de gestión forestal, para evitar que la presencia de la vegetación excesiva o mal gestionada extienda y alimente el fuego.

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¿Cuáles de estas actividades están reguladas por la PAC?

A través del sistema de pagos directos de la PAC, cada año agricultores y ganaderos pueden solicitar una serie de ingresos por las tierras y explotaciones que gestionan. Para  recibirlas, deben cumplir una serie de normas, diferentes según el tipo de ayuda solicitada. Por un lado está la condicionalidad, que es el conjunto de reglas mínimas y obligatorias que todo el que quiera cobrar cualquier ayuda de la PAC tiene que cumplir, sin excepción. Dentro de la condicionalidad, están las Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales, conocidas como BCAM, pensadas para proteger el suelo, el agua o la biodiversidad.

Además de estos requisitos generales, la PAC también contempla la figura del ecorrégimen, un sistema de ayudas ‘extra’ para aquellos agricultores que, de forma voluntaria, adopten alguna de las prácticas agroecológicas que propone la UE. Al aplicar estas técnicas en sus tierras reciben a cambio un pago adicional de entre 40 y 165 euros por hectárea, según detalla el Ministerio de Agricultura.

Algunas de las tareas que, según los contenidos, están sujetos a una excesiva burocracia por la PAC–la labranza, la quema de rastrojos, el mantenimiento de cubiertas vegetales…– están regulados tanto por las BCAM como por los ecorregímenes. Por tanto, para no perder las ayudas, es necesario tener en cuenta los requisitos de la PAC al ejecutarlos. Esto es lo que establece la normativa sobre cada uno de ellos:

  • Labrar la tierra. Los contenidos dicen que para recibir ayudas de la PAC no se puede labrar la tierra, pero estas normas no prohíben la labranza, sino que buscan “un laboreo mejor gestionado para evitar la erosión del suelo”, explica a Maldita.es Maxime Orhon, experto en políticas agrarias y europeas y parte de la Coalición Por Otra PAC

Una de las BCAM prohíbe labrar en la dirección de la máxima pendiente (siguiendo el sentido en el que cae el agua de lluvia) cuando el recinto tiene una pendiente media igual o superior al 10%, salvo que esté compensada por terrazas o bancales. A mayor pendiente, mayor riesgo de erosión ya que aquellos terrenos con mayor inclinación no cuentan con una infiltración suficiente para evitar que el agua escurra pendiente abajo. De esta prohibición están exentas parcelas de una hectárea o menos y las leñosas irregulares o alargadas de menos de 100 metros de anchura transversal a la pendiente.

  • Mantenimiento de la cubierta vegetal. Esta es una de las prácticas que más se repite en el debate sobre "limpiar el campo". Consiste en mantener el suelo cubierto de vegetación —viva o seca, espontánea o sembrada—, en lugar de dejarlo desnudo, para protegerlo de la erosión, retener agua y favorecer la biodiversidad. La PAC la contempla en distintos puntos de su normativa. Pero la PAC no obliga a hacer cubiertas vegetales siempre:

En los cultivos leñosos (olivar, viñedo, frutales, entre otros), mantener esta cubierta es obligatorio cuando la pendiente es igual o superior al 10% (salvo que esté compensada con terrazas o bancales): forma parte de un BCAM y exige una anchura mínima de un metro entre octubre y marzo. Fuera de esa pendiente, la misma práctica pasa a ser voluntaria, dentro de la regulaciones de los ecorregímenes. En este tipo de explotaciones la cubierta se sitúa entre las calles de plantación y puede ser vegetal (espontánea o sembrada) o inerte, formada por los restos de la poda.

Cubierta vegetal en olivar | Fuente: Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA)
Cubierta vegetal en olivar | Fuente: Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA)

 En los cultivos herbáceos, está prohibido labrar con vertedera (es decir, voltear la tierra) o hacer labores profundas sobre el rastrojo entre la cosecha y el 1 de septiembre. Esto es siempre obligatorio dentro de la misma BCAM. En estos cultivos la cubierta no se siembra aparte, sino que consiste bien en dejar el propio rastrojo de la cosecha sobre el terreno sin voltearlo, o bien —dentro del ecorregimen de siembra directa— cubrir el suelo con paja para evitar que salgan malas hierbas y proteger la estructura del suelo.

  • Quema de rastrojos. La quema en zonas agrícolas se permite bajo ciertas circunstancias. Por ejemplo, si están afectadas por enfermedades o plagas tras solicitar un permiso o autorización de quema, según explicaba a Maldita.es María Ángeles López Lax, abogada ambientalista. Tras la solicitud, un técnico de la administración debería personarse en la finca y realizar un informe que justifique o no la quema, añadía Lax. “Bajo nuestra experiencia, se suelen dar sin más inconveniente en el 99% de los casos”, destaca.

Este protocolo se establece otra de las BCAM, que señala que “se prohíbe quemar los rastrojos de cultivos herbáceos en todo el territorio nacional, salvo que la autoridad competente lo autorice por razones fitosanitarias, condicionado además al cumplimiento de las normas de prevención de incendios, incluida una franja de seguridad cuando el terreno linda con monte”.

¿Se pierde toda la ayuda si se incumple la normativa?

La consecuencia de no cumplir con estas normas depende de si se trata de una obligación de condicionalidad o de una práctica voluntaria de un ecorregimen, porque el sistema de penalización funciona de forma distinta en cada caso.

  • Si se incumple una BCAM no se pierde automáticamente toda la ayuda. Según el reglamento, la reducción es, con carácter general, del 3% del total de los pagos, aunque puede llegar al 5% o al 10% cuando se acumulan varios incumplimientos no intencionados en el mismo año, en función de su gravedad. Además, las explotaciones de 10 hectáreas o menos están exentas de estas penalizaciones desde la reforma introducida por el Real Decreto 567/2024.

  • Si se incumple una práctica de ecorregimen, la lógica es distinta, porque no hay "incumplimiento" en sentido estricto: al ser voluntario, el agricultor decide para qué parcelas solicita cada ecorregimen, y si no aplica la práctica correspondiente en una parcela, sencillamente no cobra el pago de ese ecorregimen para esa superficie. No afecta al resto de las ayudas de la PAC que no dependan de esa práctica.