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Solicitar y recibir el voto por correo, lo emitas o no, hace que no puedas votar el día de las elecciones en la mesa electoral

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Cuando a una persona le llega el certificado de voto por correo ya no puede votar presencialmente. La Ley Orgánica del Régimen Electoral General explica en su artículo 73 que cuando se recibe una solicitud de certificado de voto por correo se anota en el censo para que esa persona no pueda votar presencialmente el día de las elecciones. 

Además, en el modelo de solicitud del voto por correo, recogido en el anexo 6 del Real Decreto de regulación complementaria de los procesos electorales, se indica que las personas que quieran votar de este modo no podrán votar personalmente en la mesa electoral el día de la votación.
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10/6/26
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«Para asegurar el voto por correo, hay que ir a votar a la mesa electoral también»

Como no me fío del voto por correo he decidido que voy a votar por correo y en la mesa también para asegurar que mi voto llegue bien https://x.com/Pelloque/status/2107225220293783567

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Elecciones Generales 29N

En 2019 el INE ya explicó que las personas que solicitan el voto por correo no pueden votar presencialmente

El Instituto Nacional de Estadística (INE) ya explicó a Maldita.es en 2019 que si una persona recibe el certificado para realizar el voto por correo ya no puede emitir el voto de forma presencial en la mesa el día de las elecciones, sólo podrá hacerlo por correo.

Es decir, si alguien solicita el voto por correo, recibe la documentación para realizar el trámite pero no deposita su voto por correo, no podrá acudir el día de los comicios a votar a la mesa que le corresponde. Del mismo modo, si alguien recibe la documentación para el voto por correo y realiza el trámite, luego tampoco puede ir a votar presencialmente y anular el voto por correo.

Desde el INE nos aclararon que “si una persona solicita el voto, pero la solicitud no llega por algún motivo, esta puede votar en la mesa”.

El voto por correo se contabiliza, junto al voto presencial, una vez se cierran los colegios electorales

No es posible saber qué votos se emiten por correo y cuáles de manera presencial, ya que, una vez se cierran los colegios electorales, se juntan todos los sobres y se contabilizan de manera conjunta. 

Durante el día de las elecciones, Correos distribuye los votos por correo a la mesa electoral correspondiente. A las ocho de la tarde, cuando cierran los colegios, la mesa electoral abre los sobres que contienen el sobre de votación y el certificado de votación por correo para comprobar que esa persona votó a través de ese mecanismo, e introduce el sobre con la papeleta en la urna sin abrirlo. Una vez se ha finalizado con ese proceso, el recuento de votos se realiza de manera conjunta por cada mesa electoral: los votos depositados ese día y los emitidos por correo se cuentan juntos sin que puedan ser distinguidos unos de otros.