La nacionalización de personas en el extranjero a través de la "Ley de Nietos" y su derecho a voto

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La conocida como “Ley de nietos” es una parte de la  Ley de Memoria Democrática que entró en vigor el 20 de octubre de 2022. Según ese apartado de la ley, personas descendientes de españoles exiliados durante la dictadura franquista pueden solicitar la nacionalidad española

¿Qué es la conocida como “Ley de Nietos”?

La “Ley de Nietos” es una “medida reparadora”, según el Ministerio de Asuntos Exteriores, dentro de la Ley de Memoria Democrática, concretamente en la disposición adicional octava. Está orientada a conceder la nacionalidad española a las personas descendientes de españoles exiliados durante el período comprendido “entre el golpe de Estado de 18 de julio de 1936, la Guerra de España y la Dictadura franquista hasta la entrada en vigor de la Constitución Española de 1978” por razones “políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual”


Concretamente, pueden acceder a la nacionalidad a través de esta vía: 

  • Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, originariamente españoles y exiliados por las razones arriba mencionadas y que hubiesen perdido la nacionalidad. Esta posibilidad, sin el matiz del exilio en caso de padre o madre, ya estaba contemplada en una ley anterior, aprobada en 2007. 

Según recoge la instrucción que desarrolla la concesión de la nacionalidad en el marco de la Ley de Memoria Democrática, “se presumirá la condición de exiliado respecto de todos los españoles que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955”, acreditando esa salida con alguno de los documentos contemplados en el texto, sin que sea necesario demostrar que esa salida de España fue con motivo de exilio

En el caso de las personas que salieron de España entre el 1 de enero de 1956 y el 28 de diciembre de 1978, sí deberán acreditar la condición de exiliado a través de documentos que prueben, por ejemplo haber recibido pensiones por exilio, haber sido asistidos como refugiados españoles por alguna de las oficinas que se encargaban de ello o certificados de partidos políticos, sindicatos y otras entidades relacionados con el exilio que prueben “haber padecido situaciones de represión o persecución política”, Sin embargo, esta prueba de la razón del exilio que acredita que ha sido por motivos “políticos” no es obligatoria, sino uno de los diferentes documentos que se pueden aportar para acreditar la salida de España por razones de exilio.

  • Los hijos nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron la nacionalidad al casarse con una persona extranjera antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.

  • Los hijos e hijas mayores de edad de españoles que recuperaron la nacionalidad de origen a través del derecho de opción.

El plazo para solicitar la nacionalidad española por esta vía finalizó el 22 de octubre de 2025. En total, sumando las solicitudes que se recibieron en ese periodo (1.064.131) y las solicitudes de cita previa que se hicieron en plazo, pero que todavía no han sido estudiadas (1.389.194), casi 2,5 millones de personas han solicitado acceder a la nacionalidad española por medio de esta ley. 

A 23 de junio de 2026, según la Secretaría de Estado de Comunicación, 490.431 expedientes ya han sido aprobados y 255.163 personas han sido ya inscritas en el Registro Civil Consular, último paso para obtener la nacionalidad. 

En cuanto a las solicitudes denegadas, el Ministerio de Asuntos Exteriores indicó a Maldita.es que, a 22 de octubre de 2025,  5.826 solicitudes habían sido denegadas

Derecho a voto de las personas que se acojan a la “Ley de Nietos”: cómo, cuándo y dónde podrían votar

Aunque desde Maldita.es no podemos verificar si existe intención de “conseguir votos” a través de esta ley, como afirman algunos de los contenidos difundidos, las personas que obtengan la nacionalidad española sí podrán ejercer su derecho al voto en elecciones generales, autonómicas y europeas, no en las municipales, aunque residan en el extranjero o no hayan visitado nunca España. En cambio, para participar en elecciones a nivel local, deberán residir en España*. 

Para poder votar desde el extranjero, estas personas deben estar inscritas en:

  • El Registro de Matrícula Consular, gestionado por las oficinas consulares de España en el extranjero.

  • Y en el Censo de Electores Residentes Ausentes (CERA), vigente para cada una de las elecciones convocadas. 

En cuanto a la circunscripción a la que se dirigen estos votos emitidos desde el extranjero, la Oficina del Censo Electoral (OCE) cuenta a Maldita.es que, si la persona que emite el voto nunca ha residido en España, este se dirige al municipio “de mayor arraigo, propio o de alguno de los ascendientes”. En caso de sí haber vivido en algún municipio español, el último que conste en los registros será el utilizado para determinar la circunscripción electoral, aunque los electores pueden solicitar, previa justificación, que se les adscriba a un municipio diferente. 

Por otro lado, el PSOE sí ha realizado actos en diferentes lugares de América Latina, como Uruguay o Argentina, sobre el derecho a voto de  personas nacionalizadas en “provincias pequeñas”, como publicó OK Diario. En el vídeo difundido se corresponde con una sesión interna de debate tras las elecciones generales de 2023, en las que el PP de Feijóo superó en escaños al PSOE. 

No hay relación entre la nacionalización por la “Ley de Nietos” y la regularización extraordinaria

La nacionalización de descendientes de españoles exiliados y la regularización extraordinaria de personas migrantes son dos procedimientos distintos sin relación:

  • Ley de Nietos”: busca conceder la nacionalidad española a aquellas personas que, estando fuera de España, cumplan con los requisitos.

  • Regularización: concede un permiso de residencia y trabajo a las personas migrantes en situación irregular con residencia efectiva en España previa al 1 de enero de 2026 y que puedan acreditar cinco meses en el país. 

Así, a diferencia de los descendientes de exiliados en el extranjero, las personas migrantes regularizadas no accederán de manera automática a la nacionalidad española por residencia. Para solicitarla, deberán residir, con carácter general, 10 años de manera legal y continuada en España, dos en el caso de personas procedentes de países de Iberoamérica, Andorra, Portugal, Filipinas, Guinea Ecuatorial o personas de origen sefardí. Además, tendrán que superar dos pruebas en el Instituto Cervantes.

Las “nuevas” cuentas de redes sociales del PSOE en Argentina o México para “captar votos” gracias a la la “Ley de Nietos”: tienen años de antigüedad 

En los últimos días, se están  difundiendo contenidos que acusan al PSOE de haber creado, en junio de 2026,  cuentas de Instagram para Argentina o México para “pedir el voto” en base a la “Ley de nietos”. Sin embargo, aunque estas cuentas existen, llevan activas desde hace años

En el caso de la cuenta de Instagram @psoe_argentina, su primera publicación es del 28 de septiembre de 2020, dos años antes de que se aprobase la “Ley de Nietos”. En el caso de la cuenta del PSOE para México, @psoemx, su primera publicación es del 13 de marzo de 2023. También existe, por ejemplo, PSOE República Dominicana, creada en 2024.

Además, otros partidos políticos, como el PP, tienen también cuentas en el extranjero. En Argentina, por ejemplo, la primera publicación en Instagram es del 18 de enero de 2019. También hay cuenta de PP Uruguay, abierta en 2017. 

Más allá de Instagram, estos partidos también tienen perfiles de Twitter (ahora X) para Argentina. El PSOE la creó en 2010 y el PP, en 2011.

¿Qué sabemos sobre la denuncia de la “Ley de Nietos” ante la Junta Electoral Central por “manipular el censo”?

El partido Iustitia Europa ha denunciado ante la Junta Electoral Central la nacionalización de personas extranjeras a través de la “Ley de Nietos” por considerarla “una manipulación del censo electoral”, como ha publicado Luis María Pardo, presidente del partido, en su cuenta de Twitter el 29 de junio de 2026. La denuncia exige que se conozcan los “criterios y el soporte documental que justifican que un residente en el extranjero [...] sea adscrito a una provincia concreta”. 

Desde la Junta Electoral Central no han facilitado a Maldita.es una copia de la denuncia, pero sí señalan que todavía “no hay fecha para la reunión en la que se abordará el tema”. También hemos contactado a Iustitia Europa para consultarles acerca de la denuncia, pero a fecha de publicación de este artículo, no hemos obtenido respuesta. 

¿Qué sabemos sobre que las personas nacionalizadas en virtud de la “Ley de Nietos” podrán recibir ayudas económicas de hasta 7.600 euros si están en situación de vulnerabilidad?

La supuesta ayuda de hasta 7.600 euros para personas nacionalizadas a través de la “Ley de Nietos” sale del borrador de un reglamento que el Gobierno publicó en octubre de 2025 y que pretende desarrollar la Ley 40/2006, del Estatuto de la ciudadanía española en el exterior. Sin embargo, a fecha de publicación de este artículo, este reglamento todavía no ha sido aprobado.

El texto tiene como objetivo mejorar las condiciones de vida de la ciudadanía española residente en el exterior” y “facilitar la integración social y laboral de quienes decidan retornar a España”. Esto incluye tanto a españoles nacionalizados en virtud de la “Ley de Nietos” como a aquellos españoles nacidos en España que hayan residido en el exterior. 

Entre las medidas contempladas en el texto, se incluye la concesión de prestaciones económicas tanto a españoles residiendo en el extranjero como a quienes deseen retornar a España para establecer aquí su “residencia con carácter definitivo”. 

Una de las prestaciones es la ayuda para el retorno de personas en situación de vulnerabilidad, esto es, quienes teniendo entre 18 y 64 años, sean españolas de origen y que, entre otros requisitos, tengan unos ingresos inferiores a 4.000 euros, la cuantía prevista. Esta cantidad podrá llegar hasta los 7.600 euros mencionados en los contenidos cuando la persona solicitante conviva con tres o más familiares a su cargo

¿Qué sabemos sobre el número de nacionalizaciones desde que Pedro Sánchez es presidente?

Circulan contenidos que señalan a Pedro Sánchez como el presidente que más nacionalizaciones ha realizado. El primer año del que hay registros disponibles en el INE es 2013; por lo que sólo podríamos compararlo con una parte del mandato de Mariano Rajoy (2011 - 2017).

Según datos del Instituto Nacional de Estadística, desde 2019, primer año completo de Pedro Sánchez como presidente, hasta 2025, último disponible, el Gobierno ha nacionalizado a 1.343.229 personas. La nacionalidad previa más repetida es la marroquí, representando el 21,5% del total de nacionalizaciones durante esos años. 

Previamente, entre 2013, primer año del que hay registros, y 2017, último año completo de Mariano Rajoy (PP) como presidente, se nacionalizó a 763.466 personas. Sin embargo, esta cifra está incompleta, ya que faltarían los dos primeros años de legislatura del mandatario popular (2011-2012). Esa información aparece recogida en la Estadística de Concesiones de Nacionalidad por Residencia, pero con la limitación de que solo incluye a las personas que accedieron a la nacionalidad por esa vía y que la referencia temporal es la de la concesión, no la de la adquisición efectiva de la nacionalidad, a diferencia de las estadísticas del INE. Teniendo en cuenta estas limitaciones, en total, entre 2011 y 2012, la cifra de nacionalizaciones por residencia fue de 230.156, que sumadas a las 763.466 de los años posteriores, hacen un total de 993.622

A nivel europeo, Alemania, España y Francia fueron, por este orden, los países que más nacionalizaciones concedieron en 2024, según Eurostat

*El 01/07/2026 se ha modificado este artículo precisando que el voto CERA ya no permite participar en elecciones municipales y que los nacionales españoles deben residir en España para poder votar a nivel local