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Las visitas a la Moncloa: una información oculta mientras la regulación de lobbies sigue paralizada

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Claves
  • Presidencia del Gobierno no identifica a las personas que visitan a los altos cargos que trabajan en la Moncloa alegando “protección de datos”
  • Los expertos consultados por Maldita.es consideran que debería ser una información pública y la ciudadanía debería conocer con quién se reúnen los dirigentes públicos
  • España no cuenta con una regulación de lobbies y en las Cortes la publicación sobre las reuniones de diputados y senadores es opcional

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Legislación

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, recibió, el 24 de abril de 2023, 19 visitas en la Moncloa. Ese día, su agenda pública estaba vacía. 

Agenda del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el 24 de abril de 2023. Fuente: La Moncloa.

Estas visitas forman parte de las 636 al presidente del Gobierno que han quedado registradas en el acceso al Complejo de la Moncloa para un periodo de seis meses, según la información obtenida por Maldita.es tras una solicitud de acceso a la información pública. En estas fechas, los altos cargos del Gobierno que trabajan en el complejo de La Moncloa (Madrid) atendieron 4.112 visitas, según los datos obtenidos vía Ley de Transparencia.

Maldita.es quiso conocer qué organismos y personas realizaron visitas a la sede de la Presidencia del Gobierno. Por ello, realizó una primera solicitud de acceso a la información pública para conocer la identidad de las personas que accedieron a La Moncloa y cuya información quedó registrada en los controles de acceso en los últimos seis meses y, además de conocer los visitantes frecuentes que acudieron a los edificios de la Presidencia del Gobierno. Ante la denegación de la información, realizamos una segunda solicitud preguntando únicamente el número de visitas para cada alto cargo. Estas visitas no tienen necesariamente que referirse a reuniones con grupos de interés, sino que incluyen cualquier entrada a la Moncloa para verse con altos cargos, desde el acceso de periodistas a visitas de familiares o de otros ciudadanos.

En el gráfico mostramos el número total de visitas diarias a altos cargos en Moncloa entre 1 de noviembre de 2022 y el 30 de abril de 2023. Además, destacamos los cinco altos cargos que más visitas han recibido. Son, además de Pedro Sánchez, Miguel Ángel Ballesteros Martín, director del Departamento de Seguridad Nacional del Gabinete de la Presidencia del Gobierno; Óscar López Águeda, director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno; Francesc Vallès Vives, secretario de Estado de Comunicación; y Manuel de la Rocha-Vázquez, secretario General de Asuntos Económicos y G-20.

El Gobierno no entrega los nombres de quienes visitan a altos cargos en Moncloa

En los datos entregados no figuran quiénes fueron las personas que acudieron a las reuniones. La Secretaría General de la Presidencia del Gobierno argumenta que “los datos se recogen para una finalidad específica, la seguridad del Complejo, estando prevista su cesión exclusivamente a fuerzas y cuerpos de seguridad”.

Añade también que la cesión de datos a terceros o su divulgación “no está legitimada” por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en su artículo 6.1 apartado e), que establece que “el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento”.

Respuesta de la Secretaría General de Presidencia para no conceder la información sobre visitas a La Moncloa.

Pero, ¿qué información recoge el Departamento de Seguridad de Moncloa? Según responde el Gobierno a Maldita.es, este organismo, conformado por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado recopila durante seis meses el nombre y apellidos de la persona que accede a la Moncloa, la matrícula del vehículo si procede, las fechas y horas de entrada y salida y el alto cargo con el que se reúne. Para las visitas a personas que no tengan la condición de alto cargo, la Moncloa recoge, además, el número de DNI y las empresas en las que trabajan, en el caso de que sean contratistas que vienen a realizar trabajos al complejo.

En un documento sobre el registro de actividades de tratamiento de la información del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, exigido en el artículo 30 del RGPD, se especifica que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en el apartado dedicado al control de acceso al recinto, recogen también datos de la etiqueta identificativa que se le da a la persona que acude a la visita, los motivos de su reunión, detalles del empleo, otras “categorías especiales de datos” e imágenes del visitante.

Según el tipo de información, las autoridades la custodian por un periodo de tiempo diferente. Las imágenes de videovigilancia se conservan durante diez días. La información de acceso al parking se suprime pasado un mes desde el acceso. Por último, los datos personales se conservan durante seis meses, periodo tras el cual la información es eliminada. Se hace una excepción con la información necesaria para facilitar la identificación de visitantes frecuentes, que se conserva con fines históricos.

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Registro de reuniones en las Cortes Generales

El Congreso de los Diputados y el Senado cuentan desde octubre de 2020 con un Código de Conducta. En su artículo 6.2, establece que “los miembros de las Cámaras deberán hacer pública su agenda institucional en el correspondiente Portal de Transparencia, incluyendo en todo caso las reuniones mantenidas con los representantes de cualquier entidad que tenga la condición de grupo de interés”.

Artículo 6 del Código de Conducta de las Cortes Generales. Fuente: Congreso de los Diputados.

Según el Informe anual de la Oficina de Conflicto de Intereses de las Cortes Generales, correspondiente al año 2022, únicamente el 10% de los diputados y senadores han publicado su agenda como marca el Código de Conducta: son una minoría los/as diputados/as y senadores/as que incluyen en su agenda reuniones y actividades distintas de las puramente orgánicas de la Cámara a la que pertenecen que tengan relación con el ejercicio de sus funciones parlamentarias”. Por ello, las Cortes lo consideran “punto de mejora en el cumplimiento de las obligaciones del Código”.

Informe anual de la Oficina de Conflicto de Intereses de las Cortes Generales de 2022. Fuente: Congreso de los Diputados.

Los expertos consultados por ‘Maldita.es’ consideran que esos datos deben ser públicos

Para Manuel Pereiro, doctor en Derecho público de la Universidad de Valencia y especializado en transparencia, el Gobierno incurre en un “hiperdimensionamiento” del Reglamento General de Protección de Datos para no entregar la información sobre visitas a la Moncloa, que considera de “clarísimo interés público”. Pereiro argumenta que “es una decisión inaceptable en términos de la transparencia que se exige en el siglo XXI no conocer quiénes se reúnen con nuestros políticos y, si tienen acceso a una sede gubernamental, conocer con qué finalidad”.

El experto explica, además, que el nombre, apellidos y DNI de las personas que acceden a las dependencias del Gobierno tienen un rango de protección inferior a datos relativos a la salud, la ideología política o la orientación sexual, que están especialmente protegidos. “Aunque pueden ser difundidos si ha habido previo consentimiento o comunicación pública de los afectados”, puntualiza Pereiro.

Elisa de la Nuez, secretaria general de la fundación Hay Derecho, coincide en que los datos como nombre y apellidos “son meramente identificativos y de entrada su divulgación no debería ser un problema”. De la Nuez lamenta que no exista una obligación legal para que las Administraciones ofrezcan esa información y “quede a la discrecionalidad de cada ministerio” entregarla.

Joaquín Meseguer, experto en transparencia y secretario ejecutivo de la Red Académica de Gobierno Abierto Internacional en España (RAGA), explica a Maldita.es que “siempre que hay un tema de derecho de acceso y protección de datos, al final solamente se acude a la normativa de protección de datos y nos olvidamos de la normativa de transparencia, que es realmente la normativa que trata de conciliar ambos derechos”.

Meseguer detalla que la propia ley de protección de datos remite a la ley de transparencia en estos asuntos y coincide también en que conocer los datos meramente identificativos de las personas con las que se reúnen los altos cargos no sobrepasa ningún límite de la ley de transparencia, salvo si hay un perjuicio para alguno de los límites previstos en la ley, que deba prevalecer. “Aquí no parece evidente que los haya, tampoco por protección de datos”, añade.

Saber con quiénes se ha reunido un dirigente, no con quien se va a reunir, de alguna manera tiene una importancia menor en la medida en que el encuentro ya ha tenido lugar y no parece previsible que la información que se vaya a publicar pueda tener una afectación para la seguridad e integridad de las personas”, aclara.

Meseguer añade que el artículo 8 de la Ley de Protección de Datos establece que el tratamiento de datos es posible siempre que sea para cumplir una obligación legal o una misión de interés público. “Desde luego, cumplir con la normativa de transparencia y de acceso a información pública es una obligación legal y es además una misión de interés público”, comenta.

El secretario ejecutivo de RAGA recuerda que el Consejo de Transparencia tiene una recomendación desde 2017 para que se den a conocer las agendas de los altos cargos: “Es evidente que existe una importante demanda social de conocer cómo desempeñan sus funciones los miembros del Gobierno y los restantes altos cargos de la Administración General del Estado, cómo se adoptan las decisiones que afectan a los ciudadanos y, en definitiva, cómo funcionan los organismos y entidades públicos”, detalla el órgano encargado de velar por el cumplimiento de la transparencia en España.

Precedentes en el Consejo de Transparencia

El Consejo de Transparencia resolvió en el mes de mayo 2022 una reclamación por una solicitud, también de Maldita.es, en la que se preguntaba por “el detalle de todas y cada una de las personas que han accedido al Complejo de la Moncloa desde el 1 de enero de 2021 hasta la actualidad”.* El Gobierno alegaba que en la Moncloa se desarrollan “actos, reuniones o audiencias con Jefes de Estado, autoridades nacionales e internacionales” con dispositivos de seguridad sobre los que “la revelación de sus datos personales podría poner en peligro la seguridad del Complejo y la de los propios visitantes, así como comprometer dispositivos futuros de las autoridades visitantes”. Otro de los argumentos del Ejecutivo es que en la Moncloa vive el presidente del Gobierno, lo que implica que “algunos de los visitantes puedan ser menores de edad”.

El Ministerio de la Presidencia concluía que “debe prevalecer el derecho a la intimidad y a la protección de datos de las personas que acceden al complejo”. El Consejo de Transparencia da la razón al Gobierno y desestima la reclamación porque “la justificación proporcionada por la Administración en este caso resulta apropiada”, puesto que los datos solicitados tienen fines exclusivamente de seguridad, sólo está prevista su cesión a fuerzas y cuerpos de seguridad y están protegidos bajo el Reglamento General de Protección de Datos.

Meseguer califica de “contradictorio” que el Consejo de Transparencia dé la razón al Estado en su argumento de que esos datos no deben facilitarse, cuando tienen una recomendación que favorece esa entrega.

Pereiro explica que se han dado precedentes similares en los que la Administración ha entregado información respecto al uso de infraestructuras públicas, como el uso del Falcon que Maldita.es desveló en 2020: “Debería indicarse el motivo de la visita para poder realmente establecer un control. Respecto a las razones de seguridad, se deberían apuntar mejor estos riesgos en caso de que existiesen, sobre todo teniendo en cuenta que esos encuentros o reuniones ya han sucedido y veo improbable que su conocimiento a posteriori supongan un peligro en ese sentido”.

Ley de lobbies, paralizada por las elecciones

España no cuenta todavía con una regulación obligatoria de lobbies, aunque se ha intentado. Desde 2013, cuando Mariano Rajoy propuso en el Debate sobre el Estado de la Nación una regulación de lobbies en el Congreso [pág. 14], o en 2021, cuando el PSOE propuso un cambio en el reglamento de las Cortes para regular la relación de los diputados con los grupos de interés, como contamos en Maldita.es. La última vez que se propuso fue el 8 de noviembre de 2022, aunque esta vez se amplió la regulación para el Gobierno. El Ministerio de Hacienda presentó el Anteproyecto de Ley Transparencia e Integridad en las Actividades de los Grupos de Interés con la que pretendía crear un registro de los lobbies que se reúnan con altos cargos y directivos del Gobierno.

Este registro sería de acceso gratuito y público, según aparece en el artículo 5 del anteproyecto, y deberá incluir “como mínimo”: un listado de las personas y organizaciones con su domicilio o sede, la información que deben suministrar estas organizaciones y personas, y las reuniones que mantengan junto a las comunicaciones, informes y otras contribuciones relacionadas con las materias tratadas con la Administración. Este registro, no se llevará a cabo en el corto plazo, puesto que el anteproyecto ha decaído en el Congreso por el adelanto electoral del 23 de julio.

Esta iniciativa estaba, además, recogida en el VI Plan de Gobierno Abierto para el periodo 2020 - 2024 en el eje dedicado a la integridad y con el que “se cubre, así, un vacío normativo en nuestro ordenamiento que ha sido puesto de relieve tanto por organismos internacionales como por la sociedad civil”. Uno de estos organismos internacionales, es la Comisión Europea, que en los Informes sobre el Estado de Derecho de la UE, ha mencionado en varias ocasiones la legislación sobre grupos de interés. Estos documentos, que elabora anualmente la Comisión Europea, son un análisis de la situación a nivel europeo con capítulos específicos para los Estados Miembros.

En el informe de 2023, destaca que España “ha realizado progresos significativos en proseguir los esfuerzos para presentar un proyecto de ley sobre la actividad de los grupos de interés, incluido el establecimiento de un registro público obligatorio de grupos de interés”, aunque lamenta que por la disolución de las Cortes, se tenga que aprobar en la próxima legislatura, algo que la Comisión insiste en que se haga [pág 4].

Informe sobre el Estado de Derecho de la UE relativo a España para el año 2023. Fuente: Comisión Europea.

En el informe de 2022, la Comisión destacó que “la actividad de los grupos de presión sigue sin estar regulada en España” pero “se está avanzando en la preparación de un proyecto de ley que contribuiría a reforzar la transparencia de los contactos entre los funcionarios de alto nivel y estos grupos”. “Un logro esencial de ese proyecto sería el establecimiento de un registro público obligatorio de los grupos de interés”, detalla el análisis de la Comisión Europea en su página 17.

La Fundación Civio ha publicado una serie de propuestas a los partidos políticos de cara a las elecciones del 23J en las que dedica un capítulo completo a la regulación de lobbies [página 5]. En él proponen que todos los altos cargos del Gobierno y los organismos independientes deban publicar sus agendas de trabajo completas, con excepciones por vulneración de derechos fundamentales o la seguridad nacional. En su opinión, la información debe incluir, “al menos, fecha y lugar, nombres de los participantes, a quién representan, tema y principales puntos tratados, sobre qué normas pretenden influir, acta y minutas y documentos entregados”, detalla Civio, que pide también que se cree un registro de lobbies “completamente público, acompañado de controles y sanciones por incumplimiento (por ejemplo, reunirse con un lobby no registrado) a cargo de un organismo independiente de verdad y con recursos suficientes para llevar a cabo esta tarea”. Todas estas recomendaciones las extienden también para los Diputados y Senadores [página 7].

Joaquín Meseguer considera que la regulación de lobbies con el Gobierno “es lo más importante” puesto que, aunque sea en el Parlamento donde se aprueban las leyes, “muchas veces lo hace sobre proyectos elaborados previamente por el Gobierno, y es ahí donde participan los grupos de interés”. Respecto al anteproyecto de ley, Meseguer destaca que es importante tener un registro obligatorio con, “como mínimo”, el nombre de la entidad que se reúne, de la persona concreta que va en representación de esa entidad, y la fecha.

Manuel Pereiro explica a Maldita.es que el anteproyecto de ley “habría supuesto un avance importante en la línea de otros países”. Aunque “se limitaba a exigir publicidad de las reuniones con entidades y sus representantes, pero no de cualquier persona con cualquier finalidad. ¿Y qué pasa cuando un particular asiste no en condición de representante sino como persona física con la intención de presionar en beneficio de determinados intereses propios de una entidad?”, se pregunta.

Francia y Reino Unido tienen un registro de grupos de interés

Fuera de España, países como Francia o Reino Unido cuentan con registros de lobbistas similares al que se ha propuesto en nuestro país. En Francia, la Autoridad de Transparencia de la Vida Pública (HATVP, por sus siglas en francés) tiene desde 2017 un directorio para que se inscriban todas aquellas personas y empresas que se reúnen con las autoridades francesas para influir en el proceso legislativo. En Reino Unido la situación es similar, aunque no aparece con quién se reúnen, una reivindicación que hace la propia oficina del registro británico.

En España existen algunos registros de grupos de presión a nivel autonómico, como Cataluña o la Comunidad Valenciana. También a nivel local la Diputación de Gipuzkoa o el Ayuntamiento de Madrid tienen un registro de lobbies. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) también cuenta con un registro de grupos de interés.

En el caso del Ayuntamiento de Madrid, Meseguer, que participó en su puesta en marcha cuando era subdirector general de Transparencia, explica que el registro está incluido en la Ordenanza de Transparencia desde 2017. Este registro no solamente obliga a la inscripción de los grupos de interés que se reúnen con representantes públicos, sino que también establece que en las agendas de los altos cargos y órganos directivos se deben especificar aquellos encuentros con lobbies dentro de su actividad diaria. “Estos registros tratan de visualizar aquellos encuentros que mantienen con grupos de interés para saber con quién se reúne el alto cargo y, en la medida de lo posible, saber cuál es el objeto de la reunión”, añade el ex subdirector general.

La secretaria general de Hay Derecho pone de ejemplo también la regulación “muy estricta” que tiene el Parlamento Europeo, junto a la Comisión Europea y el Consejo de la Unión Europea. “Cualquiera se tiene que registrar para hablar con cualquier parlamentario”, dice. Pero respecto a los registros que se aplican en España a nivel autonómico y municipal, explica que “uno de los problemas es la dispersión”, donde hay en algunos territorios con regulaciones y otros no. “Es muy poco operativo porque si eres un lobbista que quieres jugar conforme a las reglas de transparencia, te vas a encontrar, no solo con que unos los tengan y otros no, sino que la regulación es diferente en cada sitio”, y Elisa de la Nuez pide que esa regulación sea “coordinada y coherente”.

*Artículo actualizado para incluir la solicitud realizada por Maldita.es en 2021 y sobre la que se pronunció el Consejo de Transparencia en mayo de 2022.

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