“Según la DGT, desde 2025 no podrás obtener ni renovar el carné de conducir, si sufres alguna de estas 35 enfermedades. Disfrutad del socialismo”. En redes, circula una lista con varias patologías con mensajes que dicen que, de acuerdo con la Dirección General de Tráfico (DGT), padecerlas será un impedimento para obtener el carné de conducir o renovarlo en España. Sin embargo, esto es un bulo. Desde la DGT dicen a Maldita.es que el Reglamento de Conductores “ni se ha cambiado, ni hay plan de cambiarlo próximamente”.
Hay algunas de estas condiciones en listas que se incluyen en el Reglamento como “causa de denegación o de adaptaciones, restricciones de circulación y otras limitaciones”, como determinados problemas cardíacos o de visión. Otras, sin embargo, como la celiaquía o la depresión, no.
La DGT no ha actualizado el Reglamento de Conductores ni hay previsión de que lo haga próximamente
El Reglamento General de Conductores, aprobado en 1997 y actualizado en 2023, ya contempla qué condiciones médicas pueden ser causa de denegación o de restricciones para obtener o renovar el carné de conducir en España en función de una serie de requisitos.
Maldita.es consultó con la DGT sobre el contenido que circula en redes sociales y han afirmado que “es falso” y que “el reglamento [General de Conductores] no se ha cambiado ni hay plan de cambiarlo próximamente”.
La actualización más reciente es de 2023, y en ella no se sumaron la celiaquía, la colitis ulcerosa, la enfermedad de Crohn, el asma, la enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), la depresión, la ansiedad ni el cáncer como impedimento ni causa de limitación.
Celiaquía, ansiedad o cáncer no son un impedimento
Los contenidos que circulan mencionan “35 enfermedades” aunque no llegan a enlistarlas a todas. Sin embargo, de entre las que aparecen, hay varias que no suponen ningún impedimento para obtener o renovar el carné de conducir según lo contenido en el Reglamento General de Conductores.
“Los celíacos pueden estar tranquilos”, es la respuesta de la DGT a Maldita.es, y es que la celiaquía es una de las condiciones que aparece en los contenidos desinformadores. Sobre ello se pronunció también la Asociación de Celíacos de Madrid en su cuenta de X (antes Twitter).
Tampoco aparecen como impedimentos la colitis ulcerosa, la enfermedad de Crohn, el asma, la enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), la depresión, la ansiedad o el cáncer.
Algunas de las enfermedades de la lista sí figuran como impedimentos en el Reglamento
Los contenidos desinformadores dicen que se trata de una novedad de cara a 2025. Sin embargo, al revisar el Reglamento General de Conductores, vemos que varias de las condiciones enlistadas ya se contemplan como causa de denegación o de restricciones. Sin embargo, no todas ellas son definitivas, algunas varían según de qué condición sean y en qué medida afectan a la persona en concreto.
Por ejemplo, una persona a quien se le ha implantado un marcapasos. De acuerdo con el Reglamento, luego de “al menos dos semanas desde la implantación, y con informe favorable del cardiólogo, que verifique el buen estado del dispositivo y la curación de la herida, se podrá obtener o prorrogar el permiso con período de vigencia de 3 años”. Sin ese informe favorable, para la DGT esa persona “no se admite”.
Por lo tanto, es un bulo que haya un listado de 35 enfermedades que la DGT contará como impedimentos para obtener el carné de conducir a partir de 2025. Desde la DGT dicen a Maldita.es que el Reglamento General de Conductores no se ha modificado ni hay planes de hacerlo. Además, algunas de las condiciones enumeradas ya las contempla el Reglamento como restricciones, y otras, como la celiaquía, ni están ni serán añadidas.