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Qué sabemos del supuesto documento de un juzgado de Madrid en el que aparece el nombre de Begoña Gómez y la afirmación de que está "imputada"

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➝ Circulan por redes sociales contenidos que aseguran que Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, está imputada o investigada junto al encabezado de un supuesto documento del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid
➝ El documento que se ha viralizado podría corresponder con la cabecera de unas diligencias previas de ese juzgado, pero los expertos consultados por Maldita.es aseguran que generalmente ese tipo de documentos incluye más información y utiliza otro formato
➝ Actualmente, la investigación se encuentra bajo secreto de sumario, por lo que hasta el momento se desconoce el estado procesal en el que se encuentra Begoña Gómez
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“Begoña Gómez ya está imputada”. Este mensaje y otros similares circulan por redes sociales junto a la imagen del encabezado de un documento supuestamente emitido por el Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid. Los contenidos aseguran que la esposa del presidente del Gobierno está siendo investigada por supuestos delitos de “corrupción en el sector privado y tráfico de influencias”, tras una querella interpuesta por Manos Limpias.

El documento que se ha viralizado podría corresponderse con la cabecera de unas diligencias previas de ese juzgado en concreto, según los expertos consultados por Maldita.es. También aseguran que generalmente este tipo de documento incluye más datos y tiene un formato diferente al que aparece en la imagen que acompaña los mensajes. 

Aunque se tratara de un documento de diligencias previas, eso no implica que la persona que se menciona haya sido “imputada”: la mera admisión a trámite de una denuncia o querella contra determinada persona no implica la condición de investigada. Actualmente, la investigación se encuentra bajo secreto de sumario, por lo que hasta el momento se desconoce el estado procesal en el que se encuentra Begoña Gómez. 

La imagen viral podría ser la cabecera de unas diligencias previas abiertas en un juzgado de instrucción de Madrid, según los expertos consultados por Maldita.es

En la imagen que se ha viralizado se puede leer, debajo de los detalles relacionados con el Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, que se ha iniciado un procedimiento de “diligencias previas” por supuestos delitos de “corrupción en el sector privado y tráfico de influencias” contra Begoña Gómez, que aparece en el apartado de “investigada”. En 2015, se sustituyó el término “imputado” por “investigado” para el fortalecimiento de las “garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica”, según explica el jurista y maldito Gabriel Rodríguez Saiz.

Fuente: Captura de pantalla de la imagen que se ha viralizado por redes sociales asegurando que Begoña Gómez está siendo investigada.

Emilio Villalain, juez y maldito que nos ha prestado sus superpoderes, asegura que este documento es “la cabecera de unas Diligencias Previas de ese juzgado”. Y sostiene que “por el momento, no se corresponde con ninguna persona imputada”.

También Juan Ortolá, abogado y maldito, coincide en que es un documento emitido en el “procedimiento de diligencias previas” y se corresponde con un “mero encabezado donde indica los datos del procedimiento”.

Generalmente, este tipo de documentos incluye más información y utiliza otro formato, según los expertos consultados por Maldita.es

María Eugenia Pérez, maldita que nos ha prestado sus superpoderes como abogada, advierte de que ese documento puede estar “totalmente falseado o construido”. “Es muy fácil, coges la resolución de otro procedimiento y cambias el nombre”, explica. No es la única experta consultada por Maldita.es que ha reparado en posibles errores en la captura de pantalla que se ha viralizado en redes sociales. 

José Gonzalo Sans, experto en derecho penal y maldito, asegura que este tipo de documentos generalmente incluyen más información. “Normalmente, ponen datos que echo en falta como quién es la acusación, su abogado y procurador y el abogado y procurador del investigado”, explica. En caso de que no se aporte alguno de estos datos se tiende a “dejar un hueco en blanco”, según el experto. 

Además, no suelen utilizar género: “Si lo hacen, emplean el masculino o ambos, como por ejemplo ‘Investigado/a’”, aclara. Destaca también que la frase “grupo secreto 26 de abril” no tiene “ningún sentido” para él, porque si hiciera referencia a los denunciantes lo indicaría del mismo modo que indica que Begoña Gómez es la “investigada”.

El abogado y maldito Juan Ortolá también declara que esta cabecera le resulta “extraña”. Aunque advierte de que actualmente ejerce en otra comunidad y pueden variar el programa de gestión de expedientes judiciales, asegura que la imagen que se ha viralizado “difiere bastante de lo habitual”. 

A Ortolá le llama la atención la parte del presunto delito, que según explica a Maldita.es, se indica conforme a una base de datos estandarizada: “El uso de la expresión ‘corrupción en el sector privado’ me resulta extraño. También que se incluyan los dos delitos”. Lo normal, en palabras del experto, es que pusiera “corrupción entre particulares” o “tráfico de influencias”.

Tampoco comprende, como señala Sans, la mención a ‘Grupo secreto 26 de abril’ “sin correspondencia con ningún campo”. Ni la inclusión del campo ‘investigado’: “Normalmente ese campo viene denominado ‘denunciado/querellado’”, explica. Y echa en falta los campos de abogado y procurador de ambas partes así como el de denunciante. Aunque, recuerda, estos campos pueden quedar en blanco si no se dispone de toda la información.

No obstante, estos documentos son “modelos en word” que, según explica el experto en derecho penal José Gonzalo Sans, “pueden variar los propios funcionarios que los escriben, o estar adaptados por el juzgado o incluso la comunidad autónoma”. A continuación se muestra la notificación de diligencias previas emitida por un juzgado de Madrid.

 

Maldita.es no ha podido verificar de forma independiente si la captura de pantalla que se ha viralizado corresponde a un documento oficial del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid. 

La admisión a trámite de una denuncia o querella contra una persona no implica que sea imputada

Según Juan Ortolá, la mera admisión a trámite de una denuncia o querella contra determinada persona no implica la condición de investigada. “Pueden realizarse diligencias procesales que tiendan a averiguar la verosimilitud de la denuncia sin llegar a imputar a nadie”, asegura. Según explica el abogado, en el procedimiento de diligencias previas (el que se sigue para la mayoría de los delitos) “no existe un momento formal concreto en el que se pueda decir que se investiga a una persona”.

Pasa a considerarse investigada cuando “un juez de instrucción dicta un auto incoando diligencias previas contra esa persona”, explica el fiscal penal José Gonzalo Sans. Antes de decidir si continúa el procedimiento penal, “lo normal es que, como mínimo, se le tome declaración como investigado y se practiquen algunas diligencias como tomar declaración a testigos o recabar informes policiales”, añade.

Sans también asegura que la jurisprudencia suele ser “muy restrictiva con lo de archivar prematuramente una denuncia sin practicar tales diligencias”. Y explica que, en la práctica, ante una denuncia o querella “suele ser más sencillo incoar el procedimiento y entonces acordar el sobreseimiento, que archivarla desde el principio”.

Emilio Villalain asegura que es “prematuro” decir que Begoña Gómez está imputada porque el juez instructor, que es quien toma la decisión, todavía no le ha llamado a declarar. Según el abogado experto en tribunales, no está excluido que “más tarde, o nunca, lo esté”. 

Gabriel Rodríguez Saiz, jurista, explica a Maldita.es que actualmente “solo se podría afirmar, que constó como parte investigada en dicho procedimiento, no que haya sido investigada per se”. Actualmente, la investigación se encuentra bajo secreto de sumario, por lo que hasta el momento se desconoce el estado procesal en el que se encuentra Begoña Gómez.

En caso de que este documento que circula por redes sociales fuera real, según explica el jurista Gabriel Rodríguez Saiz, la persona que lo haya difundido “podría ser sancionada de acuerdo a la ley de enjuiciamiento criminal”. La norma establece que cualquier persona que revele indebidamente el contenido del sumario será sancionado con una multa de 500 a 10.000 euros.

Fuente: Captura de pantalla del artículo 301 de la ley de enjuiciamiento criminal.

En este artículo han colaborado con sus superpoderes los malditos María Eugenia Pérez, abogada; Gabriel Rodríguez Saiz, jurista; Emilio Villalain, juez; José Gonzalo Sans, fiscal penal; y Juan Ortolá, abogado.

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