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MALDITO BULO

No, el Gobierno de Pedro Sánchez no ha destinado 100.000 euros para destruir la documentación confidencial de un hospital de Valencia

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Nos habéis preguntado a través de nuestro chatbot de WhatsApp (+34 644 229 319) por un contenido de la web Moncloa.com que dice que el Gobierno de Pedro Sánchez ha destinado 100.000 euros para destruir "documentación confidencial" en el Consorcio Hospital General Universitario de Valencia (CHGUV). También, que la empresa adjudicataria hará "desaparecer informes que podrían ser útiles" sobre la gestión de la pandemia. Pero es un bulo que el Gobierno central haya destinado ese presupuesto para destruir documentación clínica del CHGUV. Además, no hay pruebas de que se vaya a eliminar información sobre la gestión de la pandemia en este hospital.

Es el propio CHGUV, como órgano contratante de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat Valenciana y no del Gobierno central, quien ha adjudicado un contrato para la retirada y destrucción de documentación confidencial del hospital y los centros de salud que dependen de este. El importe es de 37.592,28 euros con IVA incluido, por un periodo de dos años.

Según indican a Maldita.es desde la Conselleria, la documentación a destruir "es acorde a la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD)". También se refleja esto en la memoria justificativa del contrato, donde se aclara que la finalidad es que la empresa adjudicataria instale contenedores y se encargue de la retirada, transporte y destrucción de documentación sensible "para dar cumplimiento a la LOPD".

Además, la contratación de servicios para la destrucción de documentación es algo habitual y que ya se hacía antes de la pandemia de COVID-19, como podemos comprobar en la plataforma de contratación del sector público.

El Gobierno de Pedro Sánchez no ha destinado 100.000 euros para la destrucción de documentación confidencial en este hospital, el órgano de contratación es el propio CHGUV

"El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha destinado más de 100.000 euros para destruir 'documentación confidencial' de uno de los hospitales más importantes de Valencia", afirma la web Moncloa.com. También asegura que "el contrato finalmente parece que no será tan caro como el dinero que ha destinado" y que "rondará los 50.000 euros".

No es cierto. Si miramos el documento de formalización del contrato, podemos comprobar que el órgano de contratación es el propio CHGUV:

El CHGUV es un órgano de contratación de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat Valenciana, no del Gobierno central. Lo podemos comprobar en el apartado 'Perfil del Contratante' de la plataforma de contratación del sector público:

Desde la Conselleria afirman que ha sido el CHGUV quien ha tramitado la licitación. Además, recalcan que se ha adjudicado a la empresa ACTUACIONES EN PROTECCIÓN DE DATOS SL por un importe de  37.592,28 euros con IVA incluido, por un periodo de dos años.

Lo podemos comprobar también en el documento de formalización de contrato. Por lo tanto, tampoco es cierto que el contrato ronde los 50.000 euros como dice el contenido de Moncloa.com.

Además, los 100.000 euros que supuestamente se han destinado hacen referencia al valor estimado del contrato que fue de 108.900 euros, como podemos ver en los pliegos:

Según el artículo 101 de la ley de Contratos del Sector Público, el valor estimado del contrato tiene en cuenta también las eventuales prórrogas del mismo. En la memoria justificativa del contrato, podemos ver que el valor estimado del contrato fue de 108.900 euros sin IVA, teniendo en cuenta un presupuesto base de licitación de 49.500 euros, una prórroga de 24 meses y modificaciones.

Pero, aunque el presupuesto base era de 49.500 euros, finalmente el importe total del contrato han sido 37.592,28 euros con IVA, por un periodo de dos años.

El objetivo del contrato es retirar y destruir documentación confidencial del CHGUV y sus centros de salud de acuerdo a la ley de protección de datos

En el contenido que está circulando se asegura que con este contrato "se eliminará información sensible de la pandemia" y que la empresa hará desaparecer "informes que podrían ser útiles" sobre la gestión de la pandemia de COVID-19.

No obstante, no hay ninguna prueba de ello. Desde la Conselleria afirman que la documentación a destruir "es acorde a la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD)". Recalcan que no se hace ninguna mención al COVID-19 ni en pliego del contrato ni en la memoria.

En la memoria justificativa del contrato se explica que tanto el CHGUV como los centros de salud que dependen de su departamento, generan "un importante volumen y cantidad de papel y documentación, así como como soportes informáticos" que deben ser "segregados, almacenados, transportados y eliminados, de la forma más segura y confidencial por el contenido de esa documentación", ateniéndose a la actual normativa de protección de datos.

El documento expone que en ciertos casos es obligatoria "la eliminación definitiva de la documentación que contiene información confidencial y la destrucción de datos en soporte papel", de acuerdo a la normativa vigente en materia de la LOPD.

El contrato especifica que el consorcio no dispone de medios especializados para la correcta destrucción de documentación confidencial. Por ello, establece que la empresa adjudicataria debe colocar contenedores y debe encargarse de la retirada, transporte y destrucción de la documentación "para dar cumplimiento a la LOPD".

Por lo tanto, no hay pruebas de que con este contrato la empresa hará desaparecer "informes que podrían ser útiles" sobre la gestión de la pandemia de COVID-19.

Lo que se va a destruir es documentación confidencial de acuerdo a la LOPD. Además, tal y como señala la Conselleria, en ningún punto de la memoria del contrato o del pliego se hace referencia a que se vaya a eliminar información sobre la pandemia de COVID-19.

La contratación de empresas para la destrucción de archivos es algo habitual y ya se hacía antes de la pandemia

La Conselleria asegura que en el contrato "no hay nada diferente a como se ha venido tratando la documentación confidencial de los pacientes en este hospital". Si buscamos en la plataforma de contratación del sector público, encontramos otro contrato adjudicado por el CHGUV, formalizado en 2018 (anterior a la pandemia), que tenía como objeto la "retirada, custodia, digitalización de Historias Clínicas, destrucción confidencial de Historias Clínicas digitalizadas y radiografía".

Además, la destrucción de archivos está contemplada en la clasificación CPV, que es el vocabulario común de contratos públicos, con el código 92512100-Servicios de destrucción de archivos. Si buscamos este código en la plataforma de contratación del sector público, nos salen 131 resultados de contratos:

Entre los resultados, podemos encontrar contratos anteriores a la pandemia de COVID-19 y que tenían la destrucción de documentación como objetivo. Como por ejemplo este licitado por el Consorci Hospital Clínic de Barcelona (HCB) para la "recogida y destrucción confidencial de archivos y documentos". O como este licitado por la Corporació de Salut del Maresme i la Selva para la "recogida, transporte y destrucción confidencial de documentación".

Miguel Vieito, abogado especializado en derecho sanitario que nos ha prestado sus superpoderes, afirma que los hospitales no tienen espacio ilimitado para guardar documentación clínica en soporte papel y que su destrucción "no es ni algo nuevo ni algo excepcional, es rutinario, habitual y totalmente normal".

Además, afirma que "no es algo que pueda hacer cualquiera simplemente tirando algo a la papelera, ni siquiera es suficiente con cualquier destructora de papel. Es por esto que es de lo más habitual contar con empresas o servicios de destrucción".

La documentación clínica debe conservarse "cuando existan razones epidemiológicas", según la ley de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica

La ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica establece en el artículo 17.1 que la documentación clínica de un paciente debe conservarse al menos cinco años desde del alta. "Transcurridos estos cinco años, la documentación puede destruirse", indica a Maldita.es Miguel Vieito.

No obstante, el artículo 17.2 de esa ley dice que la documentación clínica se conservará "cuando existan razones epidemiológicas". Según Vieito, que se destruya documentación sobre la pandemia de COVID-19 "iría en contra de la norma sanitaria en dos puntos al menos: destrucción de material antes de que se cumplan los cinco años desde el alta y destrucción de material con interés epidemiológico".  El abogado considera que sólo sería posible destruir información sobre la pandemia "si existe digitalización previa".


Primera fecha de publicación de este artículo: 26/11/2020

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