Los crímenes de lesa humanidad o crímenes contra la humanidad son la comisión de múltiples actos contra una población civil por parte de un Estado o de una organización. Estos actos incluyen acciones de exterminio, esclavitud, deportación, apartheid, tortura o violación. Los crímenes de lesa humanidad están recogidos en el Estatuto de Roma (ratificado por España) y son juzgados por los tribunales nacionales, por tribunales internacionales o por la Corte Penal Internacional (CPI), tribunal del que ya te hemos hablado anteriormente en Maldita.es y que juzga otra serie de de delitos como los crímenes de genocidio o los crímenes de guerra.
¿Qué acciones se consideran crímenes de lesa humanidad?
Todas aquellas acciones que busquen atacar a una población civil de manera sistemática “de conformidad con la política de un Estado o de una organización”, según establece el Estatuto de Roma. En este documento de la Corte Penal Internacional se incluye un listado extensivo de todos los tipos de crímenes de lesa humanidad que pueden ser juzgados según el Estatuto de Roma:
Asesinato de una o varias personas.
Exterminio, incluida la imposición de condiciones de existencia destinada deliberadamente a causar la destrucción de parte de una población, como la prohibición de alimentos o medicinas.
Esclavitud, incluido el tráfico de personas y la esclavitud sexual.
Deportación o traslado forzoso sin motivos autorizados por el derecho internacional mediante la expulsión o la coacción.
Persecución, desaparición o encarcelación forzosa que viole el derecho internacional y que persiga la destrucción o el daño de la población o parte de ella.
Tortura.
Actos de violencia sexual, incluida la violación, como parte de un ataque generalizado contra una población civil.
Prostitución.
Embarazo y esterilización forzada.
Apartheid, establecido en el Estatuto de Roma como los actos inhumanos de carácter similar cometidos en el contexto de un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemáticas de un grupo racial sobre otro u otros y con la intención de mantener ese régimen.
La Corte Penal Internacional establece que estas acciones no tienen que ser cometidas necesariamente por fuerzas militares de un Estado u organización. La omisión deliberada de actuar para prevenirlo o el enaltecimiento de estas acciones también implicaría la posible comisión de crímenes de lesa humanidad.
Si los tribunales nacionales del Estado donde se produce el crimen no investigan ni juzgan a las personas implicadas, pero reconocen la jurisdicción de la Corte Penal Internacional, es este tribunal el responsable de juzgar aquellos crímenes de lesa humanidad. Esto se da cuando no se pueda realizar en el Estado en el que se haya cometido el delito.
En algunos casos, se crearon tribunales internacionales especiales al amparo de las Naciones Unidas que han juzgado crímenes contra la humanidad cometidos en Yugoslavia (1993), Ruanda (1994), Sierra Leona (2002), Camboya (2006) y Líbano (2007).
Tanto en los tribunales nacionales como en los internacionales, se juzga a los individuos y no a los Estados u otras organizaciones. En especial, se juzga a aquellas personas particulares que hayan cometido crímenes de genocidio u ordenado cometerlos, como líderes políticos o militares con responsabilidad.
En Maldita.es hemos realizado un repaso a los aspectos más importantes del derecho internacional humanitario que puedes leer aquí. Si quieres saber más, puedes consultar los artículos en los que hablamos sobre cuáles son los crímenes de genocidio, los crímenes de guerra, los crímenes de lesa humanidad, los derechos de la población civil y no combatiente en tiempos de guerra, el papel de la ONU en los conflictos, los derechos de los refugiados y en qué consisten los corredores humanitarios.